EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PENSILVANIA - CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes JOSÉ ROBERTO ARIAS DUQUE, quien se identificaba con C.C. 1.335.826 y ROSA AMELIA GÓMEZ ALZATE, quien se identificaba con C.C. 24.877.076 cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Pensilvania, Caldas, quienes fallecieron en su orden el primero el fallecido el día trece (13) del mes de enero del año dos mil dos (2002) y ROSA AMELIA GÓMEZ DE ARIAS, fallecida el día nueve (09) del mes de abril del año mil novecientos ochenta (1980) el primero en la ciudad de Cali y la segunda en el municipio de Pensilvania, Caldas; fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta 007 de fecha treinta y uno (31) de julio de 2012 y se ordena la publicación de este edicto en periódico de amplia difusión, y en emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy, 02 de Agosto de 2012, siendo las 8:00 A.M. EL NOTARIO, Jaime Horacio Aristizábal Hoyos. NOTARIO.
6-VIII-A73295
REPÚBLICA DE COLOMBIA
EDICTO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA, CALDAS, EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la SUCESIÓN INTESTADA del causante LUIS EDUARDO DUQUE RIVERA, fallecido el día 05 de diciembre de 2009 en el municipio de Norcasia (Caldas), lugar de su último domicilio. Proceso declarado abierto en este Despacho por auto del 11 de julio del año 2012. Para efectos del artículo 589 del C. P. Civil, se fija el presente EDICTO en un lugar visible de la secretaría del Despacho por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregan a la interesada para su publicación en el diario "LA PATRIA" de Manizales y en una Radiodifusora local. Se fija hoy veintisiete (27) de julio de dos mil doce (2012) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ALBERTO RÍOS CULMAN. SECRETARIO.
6-VIII-H57717
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión del causante JOSÉ ABEL NOREÑA HERNÁNDEZ, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 1.235.747 DE ARANZAZU CALDAS, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1891 del día 02 de agosto de 2012 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 03 de Agosto de 2012. Manizales, 02 de agosto de 2012. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO.
6-VIII-C76841
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de la causante REBECA CASTRO CASAS, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 24.250.020 DE MANIZALES CALDAS, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1892 del día 02 de agosto de 2012 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 03 de Agosto de 2012. Manizales, 02 de agosto de 2012. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO.
6-VIII-C76842
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE NEIRA - CALDAS POR EL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el Diario LA PATRIA, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral intestada e ilíquida de los causantes señores ALICIA OCAMPO DE BAENA fallecida en Manizales, el 19 de Diciembre de 2007, identificada con Cédula de Ciudadanía número 24.456.446 de Armenia y LUIS FELIPE BAENA CÁRDENAS, fallecido en Neira, el 27 de Mayo de 2000, identificado con Cédula de Ciudadanía número 1.214.611 de Manizales, vecinos que fueron de esta ciudad, asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número 015 de fecha 19 de Julio de 2012, se ordena la publicación de este edicto en el periódico LA PATRIA, en la emisora JUVENTUD STEREO, del Municipio de Neira y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. Se fija el presente edicto hoy VEINTIUNO (21) de JULIO de dos mil doce (2012), siendo las 08:00 horas de la mañana. EL NOTARIO MARIO RESTREPO HOYOS.
6-VIII-H57720
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de la causante MARTHA LUCÍA OCAMPO ECHEVERRI, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 24.291.965 DE MANIZALES CALDAS, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1857 del día 31 de julio de 2012 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 01 de Agosto de 2012. Manizales, 31 de julio de 2012. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO.
6-VIII-A73298
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Sucesión Intestada de la causante BEATRIZ BOTERO DE VELÁSQUEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 25.093.765, quien falleciera en el Municipio de Salamina Caldas el día 24 de Junio de 2007, cuyo asiento principal era el Municipio de La Merced Caldas, donde dejaran los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 27 del 26 de Julio de 2012, se ordena publica el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy Veintisiete (27) días del mes de Julio del año dos mil Doce (2012) a las 8.00 A.M. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
6-VIII-A73303
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Sucesión Intestada del causante JESÚS MARÍA MURILLO ZULUAGA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.555.314, quien falleciera en el Municipio de Manizales Caldas el día 23 de Junio de 1995, cuyo asiento principal era el Municipio de Salamina Caldas, donde dejara los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 29 del 31 de Julio de 2012, se ordena publica el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy Primero (01) días del mes de Agosto del año dos mil Doce (2012) a las 8.00 A.M. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
6-VIII-A73304
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Sucesión Doble e Intestada de los causantes REINALDO VALENCIA Y LEONOR GIL DE VALENCIA, quienes se identificaban con la cédula de ciudadanía números 1.386.402 y 25.091.228, quienes falleciera en el Municipio de Manizales Caldas los días 26 de Enero de 2008 y 11 de Diciembre de 2000, cuyo asiento principal era el Municipio de Salamina Caldas, donde dejara los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 30 del 02 de Agosto de 2012, se ordena publica el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy Tres (03) días del mes de Agosto del año dos mil Doce (2012) a las 8.00 A.M. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
6-VIII-A73305
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE EUGENIO LONDOÑO LONDOÑO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 7.500.801 expedida en Armenia Quindío. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Viernes 03 de Agosto de 2012, mediante acta número CUATROCIENTOS CUATRO (404). Para los fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Viernes 03 de Agosto de 2012 siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO (T) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
6-VIII-A73301
EDICTO:
EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el siguiente bien inmueble: Un lote de terreno urbano ubicado en la ciudad de Manizales, barrio Las Américas, en la Carrera 14 Nro. 15-28, alinderado así: ###Un solar con casa de habitación de 10 metros de centro más o menos y que linda por el frente con la carrera 14 por un costado con propiedad de Jesús Betancur hoy Miguel Vásquez por el otro costado con predio de Jesús María Castro y por el centro con propiedad de Roberto Vélez####. Los linderos se encuentran en el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-5909; para que los hagan valer dentro del proceso VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VIVIENDA URBANA DE INTERÉS SOCIAL promovido por SILVIA LIBREROS TIQUE contra MARÍA CLEMENTINA ARISTIZÁBAL DE GONZÁLEZ, GRACIELA ARISTIZÁBAL DE BENAVIDES, CELMIRA ARISTIZÁBAL DE SALAZAR y PERSONAS INDETERMINADAS, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Se les previene que se les designará Curador Ad Lítem si no comparecen en oportunidad. Para los fines legales indicados en el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente Edicto Emplazatorio en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días y copias del mismo se suministran a la parte interesada para su publicación reglamentaria. Fijación: Jueves doce (12) de Julio de dos mil doce (2012), a las 8 a.m. MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA. Secretaria. Desfijación: ------. MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA. Secretaria.
6-VIII-A73302
REMATES
Proceso: Licencia Venta Bien de Menor
Radicado Nacional: 170013110003-2012-0142-00
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS Carrera 23 21-48 Palacio de Justicia ANUNCIA Que dentro del proceso que se relaciona a continuación se llevará a cabo la diligencia de REMATE de una cuota parte de propiedad del menor MIGUEL JARAMILLO MOLANO, de conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 34 DE LA LEY 1395 DE 2010, la cual reformó el artículo 527 del Código de Procedimiento Civil. PROCESO: LICENCIA PARA VENTA DE BIENES DE MENOR. SOLICITANTE: GUIDO JARAMILLO MUÑOZ Y SANDRA MOLANO DELGADO. BIEN A REMATAR: La cuota parte equivalente a un porcentaje del 19.24% del bien, cuota parte de propiedad del menor MIGUEL JARAMILLO MOLANO, y vinculada a un lote de terreno con casa de habitación, ubicado en Manizales, identificado con el número 32, que hace parte del Conjunto Cerrado Rincón de la Palma Etapa I, construido sobre un lote de terreno identificado con LOTE B, situado en la ciudad de Manizales, en la Urbanización Bosques de Niza, con una cabida aproximada de 10.341.04 metros cuadrados aproximadamente, determinado por los siguientes linderos: ### Partiendo del mojón m-84 A hacia el Nororiente y lindando por el Noroccidente en 66.68 metros más o menos con el lote de cesión C4 alinderado mediante la Escritura Pública número 1943 de Octubre 06 de 1995 de la Notaría Quinta de Manizales, hasta encontrar el mojón m-85; allí se gira hacia el Oriente y lindando por el Norte con el lote de cesión c-5 alinderado en la Escritura Pública número 1943, antes mencionada, se sigue en extensión de 118.77 metros hasta el mojón m-86, allí se gira hacia el Sur y lindando por el Oriente con lote de propiedad de Inversiones Jaramillo Robledo y Cía S.C., hoy J. y Robledo y Cía S.C.A., se sigue en extensión de 82.26 metros hasta el mojón m-70; allí se gira hacia el Occidente y lindando por el Sur con la calle 68A, se sigue el paramento Norte de la calle 68A en extensión de 88.37 metros hasta el mojón m-71; allí se gira hacia el Suroccidente y lindando con el cruce de la calle 68A y la carrera 9 A, se sigue el paramento Noroccidental de dicho cruce en línea curva de radio 13.00 metros en extensión de 20.42 metros hasta el mojón m-72; de este punto se gira hacia el Norte lindando con el Lote A alinderado en la Escritura número 820 del 29 de junio de 2001 de la Notaría Primera de Manizales, en 38.40 metros aproximadamente hasta encontrar el mojón m-84B, en este punto se gira hacia el Occidente en 68.20 metros más o menos lindando por el Sur en este trayecto con el Lote A alinderado en la Escritura antes mencionada, hasta encontrar el mojón m-84ª, punto de partida###. Los linderos particulares de la casa número 32 son los siguientes: Con un área de 54.63 metros cuadrados y los siguientes linderos: ### POR EL NORTE, en 6.07 metros con área común del Conjunto Cerrado Rincón de la Palma Etapa I, POR EL SUR, en 6.07 metros con lote No. 29 del Conjunto Cerrado Rincón de la Palma Etapa I, POR EL ORIENTE, En 9.00 metros con el Lote No. 33 del Conjunto Cerrado Rincón de la Palma Etapa I y POR EL OCCIDENTE, en 9.00 metros con el lote No. 31 del Conjunto Cerrado Rincón de la Palma Etapa I###. Sobre este lote se encuentra construida una casa tipo F, la cual tiene un área construida de 79.32 metros cuadrados y una posible ampliación de 9.28 metros cuadrados con lo cual quedaría un área total de 88.60 metros cuadrados. Comparte pared medianera posterior con la casa del lote No. 29 del CONJUNTO CERRADO RINCÓN DE LA PALMA ETAPA I###. Inmueble identificado con la ficha catastral No. 17001010102910385803 y matrícula inmobiliaria 100-157208 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales. AVALÚO DEL 19.24% DEL BIEN: TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS ($34.888.277,oo). FECHA DE REMATE: AGOSTO VIENTITRÉS (23) DE 2012. HORA: DOS Y TREINTA DE LA TARDE (2:30 P.M.). BASE DEL REMATE: Un 19.24% de la cuota parte a rematar. POSTOR HÁBIL: Quien consigne previamente el 40% del avalúo de la cuota parte correspondiente al 19.24% sobre el bien inmueble identificado con el Folio de Matrícula 100-157208 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, así: TRECE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ PESOS CON OCHENTA CENTAVOS ($13.955.310,80). Nuevamente se advierte a las partes y a los interesados, que la diligencia de remate y adjudicación será llevada a cabo de conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 34 DE LA LEY 1305 DE 2010, que reformó el artículo 527 del Código de Procedimiento Civil. PEDRO ALEJANDRO JIMÉNEZ MORALES. Secretario.
6-VIII-A73287
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