EMPLAZAMIENTOS
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada del causante LUIS FERNANDO JARAMILLO CIFUENTES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No 10.246.242, quien tuvo su último domicilio en la ciudad de Manizales, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 006 del cuatro (04) de marzo de dos mil diecinueve (2019). Se ordenaron las publicaciones de ley. Para constancia firmo en Manizales, a los seis (06) días del mes de marzo de dos mil diecinueve (2019). JAIRO VILLEGAS ARANGO. NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: MARZO 06 DE 2019. HORA 8:00 A.M. FECHA Y HORA DE DES FIJACIÓN: MARZO 19 DE 2019. HORA: 6:30 P.M.
8-III-19-C85657
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
Manizales Caldas
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
La Secretaria del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Manizales Caldas AVISA Que mediante Sentencia debidamente notificada y ejecutoriada, emitida el 07 de febrero de 2019, en el proceso de INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL promovido en favor de la señora MARÍA ESPERANZA ARANGO ARISTIZÁBAL, se realizaron los siguientes ordenamientos: ...FALLA PRIMERO: DECRETA LA INTERDICIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA de la señora MARÍA ESPERANZA ARANGO ARISTIZÁBAL, mayor de edad y vecina de Manizales, Caldas identificada con cédula de ciudadanía Nro. 24.320.020 privándolo en consecuencia de la administración de sus bienes, nacida el 06 de abril de 1953 y registrado su nacimiento en la Notaría Cuarta del círculo de Manizales en el tomo 78 serial 275. //SEGUNDO: NOMBRAR como guardador principal de la señora MARÍA ESPERANZA ARANGO ARISTIZÁBAL a su hermano el señor JOSÉ IVÁN ARANGO ARISTIZÁBAL, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.215.215 y como guardadores suplentes al señor WILLIAM ARANGO ARISTIZÁBAL identificado con cédula de ciudadanía 10.237.716 y a la señora OLGA LUCÍA ARANGO DE LLANO identificada con cédula de ciudadanía 24.305.250 quienes serán los encargadas de seguir cuidando de la persona con discapacidad mental, quienes se posesionara para que cumpla sus funciones, igualmente se le advierte de sus deberes y obligaciones de conformidad con lo preceptuado en la ley 1306 de 2009 artículo 6° último inciso, artículo 52, 88 91 al 94, 103, 104 y 107. //TERCERO: se ordena la confección de inventario de bienes de la discapacitada mental la señora MARÍA ESPERANZA ARANGO ARISTIZÁBAL, para lo cual se designa el perito avaluador tomado de la lista de auxiliares de la justicia al señor MARIO RAMOS, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 10.238.611 a quien se le indicara sobre sus funciones para que las cumpla oportunamente en el término de ocho días a efectos de que realice el avalúo de los bienes de la discapacitada mental//CUARTO: ORDENAR LA INSCRIPCIÓN de este fallo en el registro civil de nacimiento de la discapacitada mental la señora MARÍA ESPERANZA ARANGO ARISTIZÁBAL en el tomo 78 serial 275 de la Notaría Cuarta del círculo de Manizales y en el libro de varios del estado civil de las personas. //QUINTO: NOTIFICARSE al público por aviso la presente decisión en el diario La Patria, como dispone el numeral 8° del artículo 42 de la Ley 1306 de junio 5 de 2009, de la discapacidad mental absoluta de la señora MARÍA ESPERANZA ARANGO ARISTIZÁBAL. BEATRIZ ELENA AGUIRRE ROTAVISTA. Secretaria.
8-III-19-C85660
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA del causante MANUEL DE JESÚS RUANO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.312.504, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día jueves, siete (07) de Marzo de dos mil diecinueve (2019), mediante Acta número Sesenta y tres (63). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día jueves, siete (07) de Marzo de dos mil diecinueve (2019), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-III-19-A87230
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES CALDAS. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante MARÍA AURA JARAMILLO HENAO Y/O MARÍA AURA JARAMILLO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.856.474, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de MANIZALES, fallecida en la ciudad de Manizales, el 29 DE FEBRERO DE 2000. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 19 DEL 4 DE MARZO DEL 2019, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, OTILIA RIVERA GONZÁLEZ. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES CALDAS. El presente Edicto se fija hoy SEIS (6) DE MARZO DEL DOS MIL DIECINUEVE (2019) A LAS 08:00 A.M. HORAS. OTILIA RIVERA GONZÁLEZ. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO MANIZALES CALDAS.
8-III-19-A87232
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante ROBERTO HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, poseedor de la cédula de ciudadanía número 10.222.903 de Manizales, cuyo último domicilio fue el municipio de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue la ciudad de MANIZALES, fallecido en el Municipio de VILLAMARÍA - CALDAS, el día 20 de Enero de 2017. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 20 DEL 06 DE MARZO DEL AÑO 2019, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, OTILIA RIVERA GONZÁLEZ. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES CALDAS.
8-III-19-A87233
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO TITULAR DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión intestada de la causante GLORIA LILIANA MUÑOZ GÓMEZ, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 24.326.553 DE MANIZALES CALDAS, quien tuviera como domicilio y asiento principal de sus negocios, el Municipio de Manizales departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 604 del día 06 de Marzo de 2019 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 07 de Marzo de 2019.- Manizales, 06 DE MARZO DE 2019.- EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.
8-III-19-A87231
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de los causantes JUAN DE DIOS CHINCHILLA GARCÉS y NELLY PORTILLA DE CHINCHILLA, con cédulas de ciudadanía números 2.014.476 y 27.922.878, quienes fallecieron en las localidades de Lebrija (Santander) y Bogotá D.C., los días veinticuatro (24) de mayo de mil novecientos ochenta y uno (1981) y veinte (20) de febrero de dos mil seis (2006) en su orden, siendo éstos el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, fue la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número veinticinco (025) del día cinco (05) de marzo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy cinco (05) de marzo el año dos mil diez y nueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).
8-III-19-A87234
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada del causante CARLOS ALFONSO PEÑARANDA PALENCIA, con cédula de ciudadanía número 5.129.929, quien falleció en la ciudad de Valledupar (Cesar), el día treinta (30) de diciembre de dos mil (2000), siendo éste el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, fue la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.-Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número veintiséis (026) del día cinco (05) de marzo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy cinco (05) de marzo el año dos mil diez y nueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).
8-III-19-A87235
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante GRACIELA DUQUE DE TOBAR (o TOVAR), con cédula de ciudadanía número 24.784.051, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día veintitrés (23) de diciembre de dos mil diez y ocho (2018), siendo éste el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, fue la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número veinticuatro (024) del día cinco (05) de marzo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy cinco (05) de marzo el año dos mil diez y nueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).
8-III-19-A87236
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE HERVEO TOLIMA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, el trámite Notarial de liquidación de herencia del causante: …............ OTONIEL QUINTERO ARISTIZÁBAL. Fallecido en Herveo, el día (21) de Noviembre de (2018), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 5.924.344 expedida en Herveo, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Herveo, aceptado el trámite Notarial mediante Acta No. 04 de Marzo (06) de (2019). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se fija en lugar visible de la Notaría a mi cargo por el mismo término de 10 días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988. Se fija este Edicto hoy (06) de Marzo de (2019), siendo las 8:00 A.M. Óscar Augusto Aristizábal Buriticá. Notario Único.
8-III-19-H72040
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE HERVEO TOLIMA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, el trámite Notarial de liquidación de herencia del causante: …............ JUAN BAUTISTA CLAVIJO GIRALDO. Fallecido de paso por Madrid Cundinamarca, el día (28) de Agosto de (2010), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 2.315.663 expedida en Herveo, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Herveo, aceptado el trámite Notarial mediante Acta No. 05 de Marzo (06) de (2019). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se fija en lugar visible de la Notaría a mi cargo por el mismo término de 10 días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988. Se fija este Edicto hoy (06) de Marzo de (2019), siendo las 8:00 A.M. Óscar Augusto Aristizábal Buriticá. Notario Único.
8-III-19-H72041
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