EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de la causante NIDIA HENAO VALENCIA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía 24.312.298 siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día jueves primero (01) de agosto de dos mil diecinueve (2019), mediante Acta número TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO (381). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Viernes, dos (02) de Agosto de dos mil diecinueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO (T), JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
5-VIII-19-A88141
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE E INTESTADA de los causantes ORLINDA RIVERA DE SÁNCHEZ y/o MARÍA ORLINDA RIVERA VILLADA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía 24.291.359 expedida en Manizales y EFRAÍN DE JESÚS SÁNCHEZ OSORIO y/o EFRAÍN SÁNCHEZ OSORIO quien se identificaba con la cédula de ciudadanía 4.328.558 expedida en Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día jueves primero (01) de agosto de dos mil diecinueve (2019), mediante Acta número TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE (379). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Jueves, dos (02) de Agosto de dos mil diecinueve (2019), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL (LA) NOTARIA (E), JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
05-VIII-19-A88143
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MARMATO, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas naturales y/o jurídicas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación de éste Edicto, en el periódico y en la emisora correspondiente, en el trámite Notarial del Liquidación de Herencia de la causante ELVIA ROSA OLIVEROS MORENO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 24.741.674 siendo el Municipio de Marmato, Caldas. su último domicilio y asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Aceptado el trámite en ésta Notaría mediante el Acta número 010 de 31 del mes de Julio del año 2019, para los fines indicados en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría y se ordena su respectiva publicación. PABLO EDUARDO CARDONA VÉLEZ. Notario Único.
5-VIII-19-A88144
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MARMATO, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas naturales y/o jurídicas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación de éste Edicto, en el periódico y en la emisora correspondiente, en el trámite Notarial del Liquidación de Herencia de la causante NORA MARÍA ORTIZ BECERRA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 24.742.076 siendo el Municipio de Marmato, Caldas. su último domicilio y asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Aceptado el trámite en ésta Notaría mediante el Acta número 010 de 31 del mes de Julio del año 2019, para los fines indicados en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría y se ordena su respectiva publicación. PABLO EDUARDO CARDONA VÉLEZ. Notario Único.
5-VIII-19-A88145
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA del causante JOSÉ JESÚS OSPINA FLÓREZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.310.560 expedida en Marulanda, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día jueves, primero (1°) de Agosto de dos mil diecinueve (2019), mediante Acta número TRESCIENTOS OCHENTA (380). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Viernes, dos (02) de Agosto de dos mil diecinueve (2019), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
05-VIII-19- A88146
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