EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que quieran oponerse a la constitución del patrimonio de familia inembargable por ser lesivo de sus derechos como acreedores de los constituyentes, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente Edicto; en el trámite Notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE, sobre el siguiente inmueble: APARTAMENTO No. 203, NIVEL +2.80, QUE HACE PARTE DEL EDIFICIO "PRAGA" - PROPIEDAD HORIZONTAL, UBICADO EN LA CARRERA 21 No. 65-24, DEL MUNICIPIO DE MANIZALES - DEPARTAMENTO DE CALDAS. Inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 100-131890 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales y con la ficha catastral número 0101000001570905900000801, y cuyos linderos se encuentra determinados en la escritura pública 6.511 del 06 de diciembre de 1996 otorgada en la Notaría Cuarta del Círculo de Manizales, trámite iniciado por la señora SILVIA MARÍA ZULUAGA LÓPEZ, mayor de edad, vecina de Manizales, identificada con la cédula de ciudadanía número 30.283.922 expedida en Manizales, de estado civil SOLTERA SIN UNIÓN MARITAL DE HECHO. Para los fines indicados en el artículo 5º del Decreto 2817 de 2006 se fija el presente Edicto por el término de quince (15) días hábiles en un lugar visible de la Notaría a los CINCO (05) días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. JAIRO VILLEGAS ARANGO. NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA HOY MARTES, VEINTISÉIS (26) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019), SIENDO LAS SEIS Y TREINTA DE LA TARDE (06:30 P.M.).
8-XI-19-A89007
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Liquidación Sucesoral doble e intestado de los causantes SERAFÍN DÍAZ GUEVARA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.548.253 de Riosucio Caldas y MARÍA GABRIELA TAPASCO BUENO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 25.059.611 de Riosucio Caldas, ambos fallecidos el 23 de Noviembre de 2018, en Riosucio Caldas, lugar de su domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número VEINTIUNO (21) del 01 de noviembre de 2019, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3º del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Notario, ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 01 de noviembre de 2019 - 8:00 a.m. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN:
8-XI-19-H72758
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que quieran oponerse a la constitución del patrimonio de familia inembargable por ser lesivo de sus derechos como acreedores de los constituyentes, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente Edicto; en el trámite Notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE, sobre el siguiente inmueble: UN LOTE DE TERRENO DETERMINADO CON EL NÚMERO 259 DE LA MANZANA L, UBICADO EN LA URBANIZACIÓN ARANJUEZ, DEL MUNICIPIO DE MANIZALES - DEPARTAMENTO DE CALDAS. Inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 100-47566 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Manizales y con la ficha catastral número 0102000000180017000000000, y cuyos linderos se encuentran determinados en la escritura pública número 1.613 del 08 de Septiembre de 2006, otorgada en la Notaría Tercera del Círculo de Manizales, trámite iniciado por la señora CLAUDIA PATRICIA GARCÍA FRANCO, mayor de edad, vecina de Manizales, de estado civil CASADA CON SOCIEDAD CONYUGAL VIGENTE, identificada con la cédula de ciudadanía número 30.310.741 expedida en Manizales. Para los fines indicados en el artículo 5° del Decreto 2817 de 2006 se fija el presente Edicto por el término de quince (15) días hábiles en un lugar visible de la Notaría a los SIETE (07) días del mes de NOVIEMBRE del año DOS MIL DIECINUEVE (2019) siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) Y se ordena su respectiva publicación. JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-XI-19-A89015
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión intestada de la causante ROSALBA ROBAYO WALTEROS, identificada con la cédula de ciudadanía número 30.274.073 de Manizales; quien falleció en el municipio de Manizales, el día cinco (05) de septiembre de dos mil trece (2013); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento setenta y siete (177) del día siete (07) de noviembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy siete (07) de octubre del año dos mil diecinueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 AM.).- CARMEN TRUJILLO MOLINA. NOTARIA PRIMERA ENCARGADA MANIZALES (CALDAS).-
8-XI-19-A89016
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral doble e intestada de los causantes ÁLVARO RUEDA GALVIS y DORA MANRIQUE LAVERDE, poseedores de las cédulas de ciudadanía números 2.886.737 y 20.209.391, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue la ciudad de MANIZALES, fallecidos el primero en el Municipio de Barichara (Norte de Santander), el día 25 de Diciembre de 2001 y la segunda en el Municipio de Chía (Cundinamarca), el día 24 de Febrero de 2017. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 141 DEL 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, OTILIA RIVERA GONZÁLEZ. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-XI-19-A89017
EDICTO N° ESU 0121
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s) DEISY CARVAJAL BOHÓRQUEZ CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 30.389.976. Fallecido(s) el 09/01/2019, en la ciudad de CHAPARRAL TOLIMA, y su último domicilio LA DORADA CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 28 DE OCTUBRE DE 2019, por la Doctora YEIMI ALEXA LONDOÑO BURGOS, identificada con la cédula de ciudadanía número 1053806698 y la Tarjeta profesional número 278672 en calidad de apoderada de los señores GUSTAVO FORERO CARVAJAL IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.054.567.538, Y JESÚS DAVID FORERO CARVAJAL IDENTIFICADO CON TARJETA DE IDENTIDAD No. 1.073.320.928, CALIDAD DE HEREDEROS Y SUBROGATARIO Se inició el trámite mediante el ACTA N° 0051 del 1 DE NOVIEMBRE DE 2019, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 2 DE NOVIEMBRE DE 2019 a las 8:00 a.m y se desfijará el día 15 DE NOVIEMBRE DE 2019 a las 6.00PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 1 DE NOVIEMBRE DE 2019 a las 6:00 P.M. EL NOTARIO MIRIAM ESTELLA BUITRAGO MARÍN. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA - NOTARIA ENCARGADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 15 de NOVIEMBRE DE 2019 a las 6:00PM. EL NOTARIO.
8-XI-19-A89018
EDICTO N° ESU 0124
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s) GERMÁN CARDONA RAMÍREZ CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 10.175.455. Fallecido(s) el 08/12/2018, en la ciudad de LA DORADA CALDAS, y su último domicilio LA DORADA CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 30 DE OCTUBRE DE 2019, por el Doctor ORLANDO VARGAS MORENO, abogado titulado identificado con la cédula de ciudadanía número 4.595.191 de Victoria y la tarjeta profesional Nro. 35924 del C.S de la J, quin obra en calidad de apoderado de NORMA BEATRIZ GIRALDO CÁRDENAS IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.720.250, Y ÓSCAR IVÁN CARDONA RAMÍREZ IDENTIFICADO CON TARJETA DE IDENTIDAD No. 1.002.581.613, EN CALIDAD DE CÓNYUGE SOBREVIVIENTE Y HEREDERO Se inició el trámite mediante el ACTA No 0052 del 2 DE NOVIEMBRE DE 2019, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 5 DE NOVIEMBRE DE 2019 a las 8:00 a.m y se desfijará el día 16 DE NOVIEMBRE DE 2019 a las 12.M. Este edicto se elaboró el día 2 DE NOVIEMBRE DE 2019. EL NOTARIO MIRIAM ESTELLA BUITRAGO MARÍN. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA - NOTARIA ENCARGADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 16 DE NOVIEMBRE DE 2019 a las 12.M . EL NOTARIO.
8-XI-19-A89019
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE HERVEO TOLIMA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, el trámite Notarial de liquidación de herencia del causante …........ LUIS EDUARDO OCAMPO CALDERÓN fallecido de paso por Ibagué, el día (10) de Junio de (2019), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 5.909.905 de Fresno, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Herveo, aceptado el trámite Notarial mediante Acta No. 28 de Octubre (29) de (2019). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se fija en lugar visible de la Notaría a mi cargo por el mismo término de 10 días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988. //////////////////////////////////////////////////. Se fija este Edicto hoy (29) del mes de Octubre de (2019), siendo las 8:00 AM. //////. Óscar Augusto Aristizábal Buriticá. Notario Único.
8-XI-19-A89020
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015