EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN SUCESORAL INTESTADA Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DEL CAUSANTE JOSÉ ORLANDO ARISTIZÁBAL GIRALDO, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 10.158.603, CUYO ÚLTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 059 del DOS (02) de DICIEMBRE DEL AÑO 2019. SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988 ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DOS (02) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019, SIENDO LAS 8.00. A.M. JAIME ALONSO RAMÍREZ ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
4-XII-19-A89226
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN SUCESORAL INTESTADA E ILÍQUIDA DEL CAUSANTE FRANCISCO JAVIER ARBOLEDA OSPINA C.C. # 4.442.722 CUYO ÚLTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 057 DEL 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019.- SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DEL AÑO
2019, SIENDO LAS 8.00. A.M. JAIME ALONSO RAMÍREZ ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
4-XII-19-A89227
EL JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL SOBRE LA EXISTENCIA DEL SIGUIENTE PROCESO:
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS radicada con el número 17001-33-33-2019-00564-00, promovida por la señora Estefanía Santana Díaz y otros en contra del municipio de Villamaría y la Empresa de Servicios Públicos Aquamaná ESP, por la vulneración de los siguientes derechos e intereses colectivos: (i) moral administrativa y la defensa del patrimonio público, (ii) la realización de las construcciones, edificaciones y desarrollo urbanos respetando las disposiciones jurídicas, (iii) salubridad pública; cuyas pretensiones son las siguientes: "PRIMERO: La Comunidad del barrio Villaesperanza en Villamaría, en nombre de las 175 familias solicitamos al municipio de Villamaría hacer las gestiones necesarias para la pavimentación de las vías que hacemos referencia en sus andenes e imbornales, en las siguientes direcciones, pues no queremos más promesas, así: La carrera 3 entre calle 3m y calle 1/ La carrera 2a entre calle 3 y calle 1/ La carrera 2 entre calle 3 y calle 1/ La carrera 1 entre calle 3 y calle 1/ Así mismo/ En la calle 3 entre carrera 3 y 1/ En la calle 2 entre la carrera 3 y 1. ... TERCERO: A la empresa Aquamaná EPS, para que hagan las acciones necesarias para adecuar la red de alcantarillados, según los diseños y levantamiento de los planos que desde hace meses está en estudio en el comité, que tengan aprobados para el barrio, pues es bien sabido que por la calle 3a, las aguas negras salen por encima de la vía por el problema de alcantarillado que se ha presentado y no ha tenido solución y si afecta un ambiente sano y la calidad de vida". El presente aviso se fija por el término de un día en un lugar visible de la secretaría el 5 de diciembre de 2019. Lo anterior para los fines previstos en el artículo 21 de la ley 472 de 1998. PAULA ANDREA HURTADO DUQUE. Secretaria.
4-XII-19-A89229
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que quieran oponerse a la constitución del patrimonio de familia inembargable por ser lesivo de sus derechos como acreedores de los constituyentes, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente Edicto; en el trámite Notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE, sobre el siguiente inmueble: UNA CASA DE HABITACIÓN CON SU CORRESPONDIENTE SOLAR UBICADO EN EL CAMINO QUE CONDUCE AL PORVENIR O AL GUAMO DEL MUNICIPIO DEL MUNICIPIO DE MANIZALES - DEPARTAMENTO DE CALDAS. Inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 100-86614 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales y con las fichas catastrales matrices números: 0103000001130011000000000 y cuyos linderos se encuentran determinados en la escritura pública 2752 del 20 de abril de 2019 otorgada en la Notaría Segunda del Círculo de Manizales, trámite iniciado por la señora AURA ANDREA PATIÑO GRISALES, mayor de edad, vecina de Manizales, identificada con la cédula de ciudadanía número 30.400.742 expedida en Manizales, de estado civil CASADA CON SOCIEDAD CONYUGAL VIGENTE y el señor APARICIO MEJÍA RENDÓN, mayor de edad, vecino de Manizales, identificado con cédula de ciudadanía numero 75.091.846 expedida en Manizales, de estado civil CASADO CON SOCIEDAD CONYUGAL VIGENTE. Para los fines indicados en el artículo 5° del Decreto 2817 de 2006 se fija el presente Edicto por el término de quince (15) días hábiles en un lugar visible de la Notaría a los TRES (03) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019) siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) Y se ordena su respectiva publicación. JORGE MANRIQUE ANDRADE (T). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
4-XII-19-A89230
EDICTO
EL (LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intestada de los causantes OCTAVIO VALLEJO VALLEJO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 1.194.319 expedida en Manizales y MARÍA GUTIÉRREZ DE VALLEJO Y/O MARUJA GUTIÉRREZ DE VALLEJO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.254.401 expedida en Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes, 02 de Diciembre de 2019, mediante Acta número QUINIENTOS DOS (502). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría, el día Martes, 03 de Diciembre de 2019 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO (T) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
4-XII-19-A89231
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE e INTESTADA de los causantes MARCO ANTONIO CASAS BELTRÁN, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 2.316.637 expedida en Herveo y AURA ISABEL BEDOYA DE CASAS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.264.553 expedida en Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día martes, Dos (02) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), mediante Acta número CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE (489). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día martes, dos (02) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. LA NOTARIA (E) JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
4-XII-19-A89232
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral doble intestada de los causantes ESMARAGDO GIRALDO GALLÓN, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 4.302.815 y OFELIA GUTIÉRREZ DE GIRALDO, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 24.259.463, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) (s) en Manizales, los días 26 DE MARZO DE 2009 Y 18 DE FEBRERO DE 2012, respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 154 DEL 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, MARÍA LILIANA SALAZAR CASTAÑO. NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO MANIZALES.
4-XII-19-A89233
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión intestada de la causante MARÍA DUNIA CASTRILLÓN DE OSORIO, identificada con la cédula de ciudadanía número 25.107.332 de La Merced; quien falleció en el municipio de Manizales, el día diez (10) de agosto de dos mil diecinueve (2019); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento noventa y tres (193) del día tres (03) de diciembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy tres (03) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- CARMEN TRUJILLO MOLINA. NOTARIA PRIMERA ENCARGADA MANIZALES (CALDAS).-
4-XII-19-A89234
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