EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PALESTINA, EMPLAZA:
A todas las personas que se crean con derecho para intervenir, EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESORAL DEL SEÑOR MIGUEL ANTONIO VALENCIA GIL quien se identificó con la cédula de ciudadanía número nueve millones ochocientos cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y cuatro (9.845.784) expedida en Palestina, Caldas. Podrán hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, el señor MIGUEL ANTONIO VALENCIA GIL, tenía el asiento principal de sus negocios y residencia en el Municipio de Palestina, Caldas, sus fallecimientos se produjo en la ciudad de Pereira, Risaralda, el día 18 de julio de 2021. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta No. 014 de fecha 07 de octubre de 2021, se ordena la publicación de este EDICTO en el periódico CORRESPONDIENTE, y en la radiodifusora LOCAL, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del decreto 902, de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días.
JAIME GIRALDO HERNÁNDEZ
NOTARIO
20-X-21-H121362
EDICTO N° ESU 0151
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del causante
VIDAL LASSO CÉDULA DE CIUDADANÍA N°. 1.298.197
Fallecido el 19/04/2020, en la ciudad de LA DORADA, CALDAS, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios.
Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto.
Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 13 DE OCTUBRE DE 2021, por EL DOCTOR OMAR RICARDO SUAREZ ACOSTA QUIEN ACTÚA COMO APODERADO ESPECIAL DE LA SEÑORA MARIA EMILIA GARCIA HERNANDEZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 41.348.950, EN CALIDAD DE CESIONARIA Y CÓNYUGE
Se inició el trámite mediante el ACTA No 0092 del 15 DE OCTUBRE DE 2021, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija el día 16 DE OCTUBRE DE 2021 a las 8:00 a.m y se desfijará el día 28 DE OCTUBRE DE 2021 a las 6:00 (PM)
Este EDICTO se elaboró el día 15 DE OCTUBRE DE 2021
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA - NOTARIO TITULAR
EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 28 DE OCTUBRE DE 2021 a las 6:00 PM)
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA - NOTARIO TITULAR
20-X-21-H121363
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA de los causantes MARÍA PASTORA ALZATE DE PUERTA Y OCTAVIO PUERTA SANTA, quienes en vida se identificaban con la cédula de ciudadanía número 24.363.163 Y 1.221.757, y fallecieron el día veintitrés (23) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1999) y veintiséis de junio de dos mil uno (2001), tal como se acredita con el Registro Civil de defunción inscrito en la Registraduría Municipal del Estado Civil de Aguadas (Caldas), bajo el indicativo serial 23899985 y 3499786, con fecha de inscripción del 29 de enero de 1999 y 27 de junio de 2001, respectivamente, (siendo el lugar de Aguadas su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejó sus bienes relictos.
Aceptado el trámite en esta Notaría el día quince (15) de octubre del año dos mil veintiuno (2021) mediante Acta número CINCUENTA (50). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el dieciséis (16) de octubre del año dos mil veintiuno (2021) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el término este edicto de desfijara el día treinta (30) de octubre de dos mil veintiuno (2021) siendo las 12:00 m
LA NOTARÍA
PAULA ANDREA RENDÓN RINCÓN
NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS
20-X-21-H121364
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA SUCESIÓN INTESTADA de la causante OLIVA DUQUE DE LOAIZA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.358.347 y falleció en Aguadas, Caldas, el día veintiuno (21) de mayo de dos mil veintiuno (2021), debidamente registrado en la Registraduría Municipal del Estado Civil de Aguadas, Caldas, con fecha de inscripción del 24 de mayo de 2021, (siendo el lugar de Aguadas su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejaron sus bienes relictos)
Aceptado el trámite en esta Notaría el día dieciséis (16) del año dos mil veintiuno (2021) mediante Acta número CINCUENTA Y UNO (51). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el diecinueve (19) de octubre del año dos mil veintiuno (2021) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el término este edicto de desfijara el día dos (02) de noviembre de dos mil veintiuno (2021) siendo las 6:00 pm
LA NOTARÍA
PAULA ANDREA RENDÓN RINCÓN
NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS
20-X-21-H121365
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE NEIRA — CALDAS
POR EL PRESENTE EDICTO
CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el Diario LA PATRIA, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral doble, intestada e ilíquida de los señores AUGUSTO BUITRAGO POSADA, fallecido en Manizales, el 17 de Diciembre de 2014, quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía número 10.210.703 de Manizales, y BLANCA OLIVA OROZCO DE BUITRAGO, fallecida en Manizales, el 20 de Abril de 2020, quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía número 24.273.209 de Manizales, siendo su último domicilio el Municipio de Neira y asiento principal de sus negocios la Ciudad de Manizales, Caldas.
Aceptado el trámite en ésta Notaría, según acta número 041 de fecha 12 de Octubre de 2021, se ordena la publicación de éste edicto en el periódico LA PATRIA, en la emisora LA ENAMORADA 93.1, del Municipio de Neira y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días.
Se fija el presente edicto hoy trece (13) de Octubre del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 08:00 horas de la mañana.
EL NOTARIO
MARIO RESTREPO HOYOS
20-X-21-H121366
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE NEIRA - CALDAS
POR EL PRESENTE EDICTO
CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el Diario LA PATRIA, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral intestada e ilíquida del señor EPIFANIO GIRALDO BERMUDEZ, fallecido en Neira, el 24 de Agosto de 2021, quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía número 15.988.215 de Manzanares, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la Ciudad de Neira, Caldas.
Aceptado el trámite en ésta Notaría, según acta número 040 de fecha 12 de Octubre de 2021, se ordena la publicación de éste edicto en el periódico LA PATRIA, en la emisora LA ENAMORADA 93.1, del Municipio de Neira y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días.
Se fija el presente edicto hoy trece (13) de Octubre del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 08:00 horas de la mañana.
EL NOTARIO
MARIO RESTREPO HOYOS
20-X-21-H121367
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES - CALDAS
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la SUCESIÓN INTESTADA DE CAROLA DELGADO OSPINA QUIEN SE IDENTIFICABA EN VIDA CON LAS CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 24,278,885 DE MANIZALES, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 2842 del día 19 de OCTUBRE de 2021 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 20 de OCTUBRE de 2021
Manizales, 19 de octubre de 2021
EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ
NOTARIO CUARTO TITULAR
20-X-21-H121368
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada del los causantes HIGINIO RESTREPO VÉLEZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.328.612, quien falleció en el Municipio de Chinchiná, el día 01 de Noviembre del año 2019, con último domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Manizales, y MARIA DEL ROSARIO OROZCO DE RESTREPO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.616.068, quien falleció en el Municipio de Manizales, el día 18 de Enero del año 2010, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 99 del DIECINUEVE (19) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021). Se ordenaron las publicaciones de ley.
Para constancia firmo en Manizales, a los DIECINUEVE (19) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021).
ISABEL CRISTINA RIOS VALENCIA
NOTARIA TERCERA ENCARGADA DE MANIZALES
FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: octubre (19) del año 2021, Hora 8:00 a.m.
FECHA Y HORA DE DES FIJACIÓN: Noviembre (02) del año 2021, Hora 06:00
20-X-21-H121369
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada del (la) causante JORGE ULISES RODRIGUEZ GALVEZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.228.962, quien falleció en el Municipio de Manizales, el día 08/01/2012, con último domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Manizales, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 98 del QUINCE (15) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021). Se ordenaron las publicaciones de ley.
Para constancia firmo en Manizales, a los QUINCE (15) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021).
ISABEL CRISTINA RIOS VALENCIA
NOTARIA TERCERA ENCARGADA DE MANIZALES
FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: octubre (19) del año 2021, Horá 8:00 a.m.,
FECHA Y HORA DE DES FIJACIÓN: Noviembre (02) del año 2021, Hora 06:00 p.m.
20-X-21-H121370
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: JOSÉ OTONIEL QUINTERO MARIN (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 4.565.656 expedida en Samaná, fallecido día 31 de enero de 2012, en el municipio de Samaná, inscrito bajo el indicativo Serial 1770620 de fecha 31 de enero de 2012, de la Notaría Única del Círculo de Samaná, siendo el municipio de Samaná el lugar su último domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 040 del Dieciséis (16) de octubre de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STERE0, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días.
El presente Edicto se fija hoy 20 de octubre de 2021, a las 7:30 a.m.
El Notario,
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
El presente Edicto se desfija hoy __ de __ de 2021 a las 6:00 p.m.
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
20-X-21-H121371
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: REINALDO ARANGO LONDOÑO (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 4.570.751 expedida en Samaná, fallecido día 12 de mayo de 2020, en la ciudad de Bogotá, D.C., inscrito bajo el Indicativo Serial 10074090 de fecha 14 de mayo de 2020, de la Notaría Veintiuna de Bogotá, D.C., documento protocolizado dentro de la mencionada escritura, siendo el municipio de Samaná el asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No.041 del Dieciséis (16) de octubre de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días.
El presente Edicto se fija hoy 20 de octubre de 2021, a las 7:30 a.m.
El Notario,
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
El presente Edicto se desfija hoy __ de__ de 2021 a las 6:00 p.m.
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
20-X-21-H121372
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: MARÍA DE LOS ÁNGELES CARDONA DE PAMPLONA (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 25.123.843 expedida en Samaná, fallecido día 30 de noviembre de 2020, en el municipio de Samaná, inscrito bajo el indicativo Serial 4967169 de fecha 01 de diciembre de 2020, de la Notaría Única del Círculo de Samaná, documento protocolizado dentro de la mencionada escritura, siendo el municipio de Samaná el asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 042 del Dieciséis (16) de octubre de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días.
El presente Edicto se fija hoy 20 de octubre de 2021, a las 7:30 a.m.
El Notario,
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
El presente Edicto se desfija hoy __de __ de 2021 a las 6:00 p.m.
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
20-X-21-H121373
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015