EMPLAZAMIENTOS
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO
ANSERMA-CALDAS
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión intestada e ilíquida del causante señor HERNANDO DE JESÚS ARBOLEDA PATIÑO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 7.501.859 expedida en Armenia, fallecido en el municipio de Anserma, departamento de Caldas, el día tres (03) de Febrero del dos mil veintidós (2022). Para fines indicados en el artículo 3o del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy treinta (30) de Marzo del dos mil veintidós (2022) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). CÉSAR JAIME RÍOS VALENCIA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.
3-IV-22-H122489
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Manizales Caldas
Juzgado Promiscuo Municipal de Victoria, Caldas
Código No. 17-867-40-89-001
EDICTO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE VICTORIA, CALDAS, EMPLAZA A: LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el predio objeto de prescripción, para que concurran al proceso que enseguida se identifica, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento: Proceso: DECLARATIVO - Verbal Especial. Radicado No.: 2021-00093-00. Demandante: RUBELIO ALFONSO VANEGAS VANEGAS. Demandados: ANA MELVA RUBIO BARRAGÁN y personas indeterminadas. El predio objeto del proceso se identifica así: Dirección: Un Lote de terreno denominado la Carmelita, (finca la Carmelita) ubicado en el municipio de Victoria, Caldas, vereda la Italia. Matrícula Inmobiliaria No. 106-828573 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas. Código Catastral No.: 178670001000000050014000000000. Se advierte a los emplazados que si transcurridos los quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, no comparecen a notificarse, se les designará curador ad lítem, con quien se surtirá la notificación. De conformidad con el artículo 108 del Código General del Proceso, se entrega copia de este edicto al interesado, para su publicación por una sola vez en un diario de amplia circulación nacional (El Tiempo o La Patria), el día domingo. De conformidad con el artículo 108 del Código General del Proceso (CGP), la anterior información se publicará en la página web de la Rama Judicial: www.ramajudicial.gov.co, en el enlace (link): ciudadanos y en el enlace: Consulta Personas Emplazadas y Registros Nacionales C.G.P. Se expide a los tres (3) días del mes de noviembre de dos mil veintiuno (2021). ALEJANDRA CARDONA JARAMILLO. Secretaria.
3-IV-22-H122487
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Manizales Caldas
Juzgado Promiscuo Municipal de Victoria, Caldas
Código No. 17-867-40-89-001
EDICTO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE VICTORIA, CALDAS, EMPLAZA A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el predio objeto de prescripción, para que concurran al proceso que enseguida se identifica, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento: Proceso: DECLARATIVO - Verbal Especial. Radicado No.: 2021-00092-00. Demandante: CONRADO CARDONA. Demandados: ANA MELVA RUBIO BARRAGÁN y personas indeterminadas. El predio objeto del proceso se identifica así: Dirección: Un Lote de terreno denominado la Carmelita, (finca la Carmelita) ubicado en el municipio de Victoria, Caldas, vereda la Italia. Matrícula Inmobiliaria No.: 106-828573 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas. Código Catastral No. 178670001000000050014000000000. Se advierte a los emplazados que si transcurridos los quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, no comparecen a notificarse, se les designará curador ad lítem, con quien se surtirá la notificación. De conformidad con el artículo 108 del Código General del Proceso, se entrega copia de este edicto al interesado, para su publicación por una sola vez en un diario de amplia circulación nacional (El Tiempo o La Patria), el día domingo. Se expide a los tres (3) días del mes de noviembre de dos mil veintiuno (2021). ALEJANDRA CARDONA JARAMILLO. Secretaria.
3-IV-22-H122488
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE ARMENIA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico de Amplia Circulación Nacional y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de liquidación de herencia intestada de ANALID HINCAPIÉ LONDOÑO, quien en vida se identificaba con la cédula 24.478.174, quien falleció el pasado 07/02/2022 en Armenia, Quindío, siendo este su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día 29 de marzo del 2022, mediante Acta número 0033, para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veintidós (2022), siendo las 7:30 a.m. y se ordena su respectiva publicación. LA NOTARIA (E), RUTH ALEXANDRA VALBUENA CAICEDO. NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE ARMENIA.
3-IV-22-H122490
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MONTENEGRO QUINDÍO LUZ AMPARO GUZMÁN PERDOMO Por el presente edicto CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en un diario de circulación nacional y la radiodifusión en una emisora local en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante JOSÉ FIDEL BARRAGÁN MARÍN quien se identificaba en vida can la cédula de ciudadanía número 2.524.360 y falleciera el 30 de Mayo del año 2019, en Armenia Quindío, siendo Montenegro Quindío el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría según acta número CINCO (05) del Veinticinco (25) de Marzo del año 2022 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: La suscrita Notaria Única del Círculo deja constancia que el presente edicto se fijó el día Veintiocho (28) de Marzo de 2022 siendo las 07:00 A.M. LUZ AMPARO GUZMÁN PERDOMO. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
3-IV-22-H122491
EDICTO EMPLAZATORIO
LA NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE ARMENIA CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la señora MARÍA CENIDE GRAJALES, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 41.903.628, fallecido el día 16 de ABRIL de 2021, en Armenia, Quindío, teniendo como último domicilio la ciudad de Armenia. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número 046 de fecha 17 de MARZO del año 2022, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local, y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el término de diez (10) días, justo el plazo para que terceros actúen como interesados. La suscrita Notaria Tercera Encargada deja constancia Que el presente edicto es fijado hoy 17 de marzo del año 2022, a las 7.30 A.M. MAYRA ALEJANDRA VALENCIA GALLEGO. NOTARIA TERCERA (E) DE ARMENIA.
3-IV-22-H122492
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALENT0 QUINDÍO EMPLAZA A todas las personas que se crean con el derecho a intervenir en la SUCESIÓN INTESTADA de los causantes: LISÍMACO ANTONIO QUINTERO MARÍN, C.C. 1.311.194 de Marulanda y FLOR MARÍA HINCAPIÉ DE QUINTERO, CC. 25.119.805 de Salento. Fallecidos, en su orden, en Salento Quindío, el día 25/08/2015 y Armenia Quindío, el día 25/01/2021 Siendo este municipio el asiento principal de sus negocios. Para que lo hagan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en un diario de amplia circulación nacional y una emisora de difusión local, en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988. La solicitud de sucesión intestada fue admitida mediante ACTA No. 002 a los ocho (8) días del mes de marzo del dos mil veintidós (2022). Este EDICTO, se fija por el término de diez (10) días en lugar visible de la Notaría. El suscrito Notario deja constancia que el presente EDICTO se fija hoy ocho (8) de marzo del dos mil veintidós (2022), a las ocho (8:00) de la mañana. JAIRO ALFONSO GÓMEZ CABEZAS. NOTARIO ÚNICO DE SALENTO.
3-IV-22-H122493
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE ARMENIA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico de Amplia Circulación Nacional y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de liquidación de sucesión del señor JOSÉ LUCIANO ALMANZA MUÑOZ, quien se identificaba con cédula de ciudanía 4.608.582, quien falleció el pasado 05 de marzo de 2016 en Armenia/Quindío, siendo Armenia su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día 30 de marzo de 2022, mediante Acta número 35, para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el 31 de marzo del año 2022, siendo las 07:30 a.m. y se ordena su respectiva publicación. LA NOTARIA E, RUTH ALEXANDRA VALBUENA CAICEDO. NOTARIO SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE ARMENIA.
3-IV-22-H122494
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO TERCERO DE FAMILIA
EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MANIZALES EMPLAZA A todos aquellos interesados que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA del señor HERNANDO MURILLO BUSTAMANTE, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Nro. 2.893.192, respectivamente, radicado 17001-31-10-003-2021-00258-00, juicio declarado abierto y radicado en este juzgado por auto de 12 de octubre de 2021. Para los efectos del artículo 490 del CGP, el presente edicto deberá ser publicado por una vez en el Diario La Patria de Manizales o El Espectador, un día domingo, y en la radiodifusora local Red de los Andes cualquier día entre las 06:00 am y las 11:00 pm. CAROLINA GUTIÉRREZ GIRALDO. Secretaria.
3-IV-22-H122497
LA SUSCRITA NOTARIA QUINTA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada del causante JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ GIRALDO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 10.228.927, quien tuvo su último domicilio en la ciudad de Manizales, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 016 del treinta (30) de marzo de dos mil veintidós (2022). Se ordenaron las publicaciones de ley. Para constancia firmo en Manizales, a los treinta (30) días del mes de Marzo de dos mil veintidós (2022). ESTEFANÍA HOYOS DÍAZ. NOTARIA QUINTA ENCARGADA DE MANIZALES.
3-IV-22-H122499
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Sucesión INTESTADA de la causante GLORIA INÉS APONTE DE GARCÍA, identificada en vida con la cédula de ciudadanía No. 20.319.952 expedida en Bogotá, fallecida en Riosucio Caldas, el 08 de septiembre de 2007, lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante Acta No. DIECIOCHO (18) del día 31 de marzo del año dos mil veintidós (2022), para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría y se ordena su respectiva publicación. El Notario, Dr. GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 31 de marzo del 2022 - 8:00 a.m. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN:
3-IV-22-H122496
REMATES
Rama Judicial del Poder Público
Oficina de apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Manizales
REPÚBLICA DE COLOMBIA
AVISO DE REMATE
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400300320170041200. PROCESO: Ejecutivo Singular. DEMANDANTE: REINTEGRA SAS. NIT/CÉDULA: 900355863-8. DEMANDADOS: LINA MARÍA - ZAPATA VALENCIA. NIT/CÉDULA: 1053766255. FECHA DEL REMATE: 28 abril de 2022. HORA: 9:00 A.M. LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE:
https://nam02.safelinks.protection.outlook.com/ap/t-59584e83/?url=https%3A%2F%2Fteams.microsoft.com%2 Fl%2Fmeetup-join%2F19%253ameeting_YzViYmIyNmQtYjlkZS00NjY1LWI1NDEtZmVmOTdkZjU3NGI2%2540 thread.v2%2F0%3Fcontext%3D%257b%2522Tid%2522%253a%2522622cba98-80f8-41f3-8df5-8eb99901598 b%2522%252c%2522Oid%2522%253a%25227c1d7fb9-9356-4e68-8edb-b68f18771f08%2522%257d&data=0 4%7C01%7Cofejcmma%40cendoj.ramajudicial.gov.co%7C0aa38b8df6944d90a5c508da069ce0f0%7C622cba 9880f841f38df58eb99901598b%7C0%7C0%7C637829568131454483%7CUnknown%7CTWFpbGZsb3d8eyJ WIjoiMC4wLjAwMDAiLCJQIjoiV2luMzIiLCJBTiI6Ik1haWwiLCJXVCI6Mn0%3D%7C3000&sdata=zEbwjZXJCUR fXqHKkLVI8yKGKvwu27QSq473ZJuAFEo%3D&reserved=0. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚUO DEL BIEN: 28.740.000. PLACA(S): UEV 455. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: Automóvil marca KIA SEDAN, Línea CERATO PROEX, color Plata y cuyas demás especificaciones se encuentran detalladas en la diligencia de secuestro y certificado de tradición. SECUESTRE: CÉSAR AUGUSTO CASTILLO CORREA. tillo4444@gmail.com Celular: 3167207719. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales Nro. 170012041800. Los interesados podrán formular sus posturas dentro de los 5 días anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia. En ambos casos, deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, j02ejecmma@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto las palabras OFERTA REMATE seguidas del radicado del proceso. Ejemplo. OFERTA REMATE x-20xx-1xx, dicho archivo deberá ser guardado con contraseña (ver instructivo para asignar clave a documento, el cual deberá consultarse en la página de la Rama judicial en el siguiente link: https://www.ramajudicial.gov.co/documents/12166575/46229732/Instructivo+Archivo+Protegido+Word.pdf/652 eed62-67a6-4ff3-9abd-3da0a7095dbd adjuntando el email que lleve su postura, los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien. Igualmente, y a su elección, considerando las circunstancias que para esa fecha se presenten en torno al acceso a las sedes judiciales, podrán formular también sus ofertas de manera física en sobre sellado, tal como se estipula en el Artículo 14 del Acuerdo PCSJA20-11632 del 30 de septiembre de 2020, con el fin de garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso. Junto con la postura deben enviar los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). De optarse por esta segunda vía opcional, las ofertas se recibieron en el Palacio de Justicia Fanny González Franco. Para ese efecto, en la portería el oferente deberá anunciar su llegada a la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Manizales, para que un servidor judicial de esta dependencia baje hasta allá y le reciba el sobre sellado. Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. EL DÍA DOMINGO. Se les recuerda que el link de ingreso a la Diligencia de Remate virtual lo encontrará en la parte inicial del aviso de remate identificado con LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE, para lo cual, se utilizará el aplicativo MICROSOFT TEAMS al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.). Solo cuando haya transcurrido una hora desde el inicio de la diligencia, se procederá a compartir con los asistentes a la reunión virtual, la visualización de la pantalla del computador del Juzgado para hacer apertura de manera pública y transparente, por primera vez, de los correos electrónicos contentivos de las respectivas ofertas, y/o de los sobres cerrados que hubieren sido allegados físicamente para así establecer las ofertas que reúnan los requisitos de ley y adjudicarse el bien al mejor postor. Cordialmente, NANCY DAHIANA RINCÓN ARREDONDO. Profesional Universitario Grado 17 (Secretaria). Oficina de Ejecución Civil Municipal.
3-IV-22-H122495
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES ANUNCIA Que dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo diligencia de remate de los siguientes bienes que se encuentra debidamente embargados, secuestrados y avaluados: PROCESO: EJECUTIVO MIXTO. DEMANDANTES: BANCO DAVIVIENDA. DEMANDADOS: DANIEL ALONSO MORENO C.C. 71.054.351. FECHA Y HORA: veintiséis (26) de abril de dos mil veintidós a las tres de la tarde (3:00 p.m.). BIENES: Bienes inmuebles distinguidos con los FMI que a continuación se enuncian ubicados en Villamaría-Caldas 100- 82562 DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN LOTE DE TERRENO CON CASA DE HABITACIÓN. LOS LINDEROS SE HALLAN EN LA ESCRITURA 186 DEL 07-10-47 NOTARÍA VILLAMARÍA (DECRETO 1711 ART. 11 DE 1984). COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL 1) SIN DIRECCIÓN. 100-82563 DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN LOTE DE TERRENO LOS LINDEROS SE HALLAN EN LA ESCRITURA # 83 DEL 04-08-43 NOTARÍA VILLAMARÍA (DECRETO 1711 ART. 11/84). COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL 1) SIN DIRECCIÓN SIN DIRECCIÓN LA FORTUNA Y BELÉN. 100-86296. DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN LOTE DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 0-5000 2159 DEL 21-07-62 NOTARÍA 1A MANIZALES (DECRETO 1711 ART. 11/84). COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL. 1) SIN DIRECCIÓN. 100-86295 DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN LOTE DE TERRENO, LOS LINDEROS SE HALLAN EN LA ESCRITURA # 172 DEL 05-08-55 NOTARÍA VILLAMARÍA (DECRETO 1711 ART. 11/84). COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL 1) SIN DIRECCIÓN SIN DIRECCIÓN BELLAVISTA. 100-81724 DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN LOTE DE TERRENO, LOS LINDEROS SE HALLAN EN LA ESCRITURA 237 DEL 24-10-58 NOTARÍA VILLAMARÍA (DECRETO 1711 ART. 11/84). COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL 1) SIN DIRECCIÓN SIN DIRECCIÓN VEREDA CASTILLO. 100-82530 DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN LOTE DE TERRENO, LOS LINDEROS SE HALLAN EN LA SENTENCIA DEL 12-08-57 JUZGADO 2, CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES (DECRETO 1711 ART. 11/84). COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL 1) SIN DIRECCIÓN. 100-82531 DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN LOTE DE TERRENO, LOS LINDEROS SE HALLAN EN LA SENTENCIA DEL 12-08-57 JUZGADO 2, CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES (DECRETO 1711 ART. 11/84). COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL 1) SIN DIRECCIÓN. 100-82532 DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN LOTE DE TERRENO QUE FORMA PARTE DE LA FINCA LA CAMELIA, LOS LINDEROS SE HALLAN EN LA SENTENCIA DEL 12-08-57 JUZGADO DEL CIRCUITO MANIZALES. COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL 1) SIN DIRECCIÓN. 100-82534 DESCRIPCIÓN: CABIDA Y LINDEROS: UN PEQUEÑO LOTE. LOS LINDEROS SE HALLAN EN LA SENTENCIA DEL 12-08-57 JUZGADO 2, CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES (DECRETO 1711 ART. 11/84). COMPLEMENTACIÓN: DIRECCIÓN DEL INMUEBLE Tipo de predio: RURAL 1) SIN DIRECCIÓN. AVALÚOS: 100-82562 ($233.316.020) DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECISÉIS MIL VEINTE PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. 100-82563 ($19.936.244) DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. 100-86296 ($2.905.810) DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS DIEZ PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. 100-86295 ($14.658.089) CATORCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y NUEVE PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. 100-81724 ($15.403.242) QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. 100-82530 ($4.320.620) CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. 100-82531 ($14.437.242) CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. 100-82532 ($26.505.517) VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS DIECISIETE PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. 100-82534 ($20.347.763) VEINTE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES PESOS MCTE y como base de la licitación, se entenderá el 70% del citado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. RADICADO: 170013103005-2013-00119-00. DURACIÓN: UNA (01) HORA. POSTURA: LA QUE CUBRA EL SETENTA POR CIENTO (70%) DEL AVALÚO ENUNCIADO EN PRECEDENCIA. POSTOR HÁBIL: QUIEN PREVIAMENTE CONSIGNE EL CUARENTA POR CIENTO (40%) DEL RESPECTIVO AVALÚO A ÓRDENES DE ESTE JUZGADO. SECUESTRE DINAMIZAR dinamizar2020@gmail.com Calle 20 No. 22-27 oficina 402. Edificio Cumanday. Manizales, Caldas. Contacto 310 888 3338 – 314-5828608 - 891 5191. CONTACTO CON EL DESPACHO: CCTO05MA@CENDOJ.RAMAJUDICIAL.GOV.CO. CELULAR: 324-509-50-46. LINK DILIGENCIA: https://call.lifesizecloud.com/13932540. CUENTA BANCO AGRARIO: 170012031005. “Como base de la licitación, se entenderá el 70% de cada uno de los citados avalúos como lo establece expresamente el art. 448 ídem y será postor hábil quien previamente consigne a órdenes de este Judicial el cuarenta por ciento (40%) del valor del respectivo avalúo, como bien lo dispone el art. 451 ejusdem. De conformidad con lo indicado en el artículo 451 del CGP, se le advertirá a los interesados en el remate que deberán hacer su postura dentro de los cinco (5) días anteriores a la almoneda o el día de la audiencia de remate, en sobre cerrado, que deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto por del 40% del avalúo del respectivo bien. Las posturas con el lleno de los requisitos se recibirán en archivo PDF con contraseña, que será enviado dentro del término antes mencionado ÚNICAMENTE al correo electrónico Institucional del Juzgado esto es, a la dirección electrónica ccto05ma@cendoj.ramajudicial.gov.co. Conforme a lo dispuesto en el artículo 450 del CGP, se expedirá aviso en el cual se anuncia la subasta y se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación de esta ciudad bien sea en la Patria o en la República, el listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha prevista para el remate. De igual manera el aviso se publicará en la página de la rama judicial. Los avisos indicarán el canal tecnológico por medio del cual se realizará la diligencia. Con la constancia de las publicaciones del aviso, deberá allegarse certificados de tradición actualizados del bien inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, a través del aplicativo implementado para recepcionar memoriales por el Centro de Servicios Judiciales. La diligencia se realizará por la plataforma lifesize y en tal virtud se enviará invitación a todos los postores para que asistan virtualmente a la hora indicada, quienes deberán suministrar al juzgado, al igual que las partes del proceso el respectivo correo electrónico. La recepción de las ofertas en sobre sellado, para los que deseen hacerlo de manera física, se realizará en las instalaciones del Juzgado, lo anterior acogiendo lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA20-11634 que sobre audiencias de remate en su artículo 14 dispuso: “Artículo 14. Audiencias de Remate. Para la realización de la audiencia de remate, el funcionario judicial a cargo de la diligencia coordinará con la dirección seccional correspondiente, la recepción física de los sobres sellados para garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso, hasta tanto se habiliten los mecanismos electrónicos, la diligencia se adelantará por medios técnicos de comunicación simultánea.” DANIELA PÉREZ SILVA. SECRETARIA. Firmado Por: Daniela Pérez Silva Secretaria Juzgado De Circuito Civil 05 Manizales – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: 2d6b7e223328b6829be6a074b64e2896ed08c50972f6776def88951d8368f182. Documento generado en 24/03/2022 01:58:58 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica.
3-IV-22-H122498
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