LAURA SÁNCHEZ
LA PATRIA | MANIZALES
Hay un nombramiento en la Universidad de Caldas que molesta a su comunidad educativa. La decanatura de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales tiene nuevo líder, el profesor Gabriel Gallego. Sin embargo, se anuncian acciones legales para exigir procesos más democráticos.
Por la puja de la decanatura estaban Carolina Valencia y Gallego. Ambos docentes debían superar puntajes suficientes en tres momentos estipulados por el EstatutLo Electoral de la Universidad: la consulta virtual, formación académica y la experiencia, y evaluación de la armonización de las propuestas programáticas, una función que recae en el rector, Alejandro Ceballos.
Cada momento tiene un porcentaje de evaluación:
*La consulta: 50%
*Formación académica y experiencia: 25%
*Armonización de la propuesta programática: 25%
Nudo
Para entender qué pasó en el proceso de designación de la decanatura hay que exponer los resultados de ambos candidatos en cada momento señalado.
En el primero, la docente Valencia obtuvo 50 puntos (969 votos de docentes, estudiantes y egresados) y Gallego, 34 puntos (524).
En el segundo ítem de calificación de la formación académica y la experiencia, la docente Valencia alcanzó 22 puntos y Gallego, 25.
El último proceso, que se conoció el martes en la noche, es el de la armonización de la propuesta programática basada en el Plan de Acción Institucional y el Plan de Acción de la Facultad que fue evaluada por el rector. La tensión se concentró aquí. A la profesora Valencia le reconocieron 5 puntos y a Gallego 24 de 25 posibles.
Un resultado que puso a Gallego encima de la puja con 83 puntos y a Valencia con 77. Dando como ganador de la decanatura, según la resolución número 1146 de la Rectoría.
Desconexión universitaria
Apenas se conoció la decisión, estudiantes y egresados de la Facultad comenzaron a expresar su desconcierto por el proceso, que de nuevo para ellos, desconoce la democracia universitaria.
Aseguran que han luchado para que se les reconozca la participación en las elecciones de los cuerpos colegiados y cargos académicos/administrativos, que en esta ocasión a través de la consulta corresponde al 50% de la evaluación final para el cargo de decano. Expresan que la decisión del rector, si bien se contempla dentro de la normativa, es desacertada y desconectada de la Universidad y de los estamentos.
La docente Valencia comenzó su posición al respecto: "Esto es la muestra de lo que pasa diariamente en el país". Explica que durante el proceso se conformó una veeduría ciudadana con el propósito de tener vigilancia especial.
"El jueves recibí una citación para entrevista previa a la valoración de la propuesta programática y eso no está en los Estatutos. Le escribí al rector, le dije que no estaba de acuerdo porque vulnera la normatividad constitucional, legal y estatutaria. Le di seis argumentos".
La Personería de Manizales contactó a la Defensoría del Pueblo y desde la Rectoría reversaron la decisión de la entrevista. "Después en un comunicado el rector dice que quiso ser transparente y democrático, pero que yo no lo permití. Me acusa de destruir la democracia y publica el correo que le envié. Le pedí una rectificación y hasta ahora no he recibido nada".
Sobre su calificación de la propuesta expresa: "Me puso 5 puntos como si mi propuesta no valiera nada. Mi propuesta explícitamente se armoniza. Es una situación irresponsable, vulneratoria de la democracia. La consulta valía 50% y se termina imponiendo la decisión del rector que era del 25%. Interpondré una tutela por la rectificación pública y haré una acción de nulidad electoral en contra del proceso".
Camilo Andrés Franco, estudiante de Derecho e integrante de la veeduría ciudadana, expresa que la resolución no tiene justificación ni argumentos suficientes para valorar con 5 puntos la propuesta de Valencia. "Es arbitrario lo que decidió Ceballos, quiso dar la decanatura a dedo. Lo fáctico son las propuestas que pueden leer. Mandaremos un derecho de petición para saber los argumentos, pues es solo una valoración cuantitativa y buscaremos las formas de que sea un faro democrático y constitucional", concluye el estudiante.
La profesora Carolina Valencia, quien fue candidata a la decanatura.
Desde la Rectoría
Respuestas del rector, Alejandro Ceballos.
¿Cuáles fueron los argumentos que usó para valorar las propuestas programáticas de los candidatos Valencia y Gallego, pues la resolución expone los criterios usados, pero no los argumentos para esas calificaciones?
La Resolución sí expone los parámetros técnicos utilizados, y por supuesto los argumentos para la calificación que se otorgó, el acto administrativo está debidamente motivado y argumentado. Los argumentos utilizados para la valoración de las propuestas programáticas de ambos candidatos son los establecidos en el art. 30 del Estatuto General y los arts. 70 y 71 del Estatuto Electoral, lo cual, consiste en evaluar la armonización de las propuestas programáticas con el Plan de Acción Institucional y el Plan de Acción de la Facultad. El PAI (Plan de Acción Institucional) está conformado por 4 ejes estratégicos y 131 metas, que se ven reflejadas en su contenido con el PAF (Plan de Acción de la Facultad), sobre estos elementos objetivos es que se adelanta la evaluación. Para esto, se siguió la metodología explicada en la Resolución de Rectoría 1146 del 2021.
El Comité de Veeduría ciudadana del proceso reclama por la transparencia del proceso ¿La Universidad fue garante en el respeto del Estatuto Electoral?
En todas las fases del proceso de elección se han respetado las disposiciones del Estatuto Electoral. En la parte concerniente al 75% el Comité Central de Elecciones actuó con apego a lo estatutariamente previsto, frente al 25% que le corresponde al rector, se observaron todos los lineamientos de evaluación de las propuestas que, en todo caso, la norma exige que deben estar articuladas con el PAI (Plan de Acción Institucional) y el PAF (Plan de Acción de la Facultad). La evaluación de las propuestas en un primer momento se quiso realizar de forma pública, es decir, con la sustentación de las propuestas por parte de los candidatos con amplia difusión a la comunidad universitaria y al público en general, pero dadas las quejas presentadas por uno de los candidatos a los entes de control, decidí hacerlo de forma escrita, utilizando la metodología explicada en la primera pregunta, realizando la publicación final de los resultados en la página web de la Universidad y en las redes sociales de la Institución.
¿Por qué se cambió la fecha de posesión del nuevo decano Gallego?
Aquí es necesario dar claridad, que el rector de la Universidad de Caldas no pertenece al Comité Central de Elecciones, máxima autoridad electoral de la Institución, por lo tanto, no fue mi decisión el cambio de fechas en el cronograma. Como puede observarse en la resolución emitida por el Comité Central de Elecciones, dicho órgano decidió prorrogar las etapas (por un día), dado que, en la etapa de recursos la Secretaría General, Secretaria Técnica del Comité Central de Elecciones, estaba de permiso personal, por lo que los miembros de dicho comité solicitaron que ella acompañara esa etapa y no un encargado. Si se revisa el cronograma, claramente se aprecia que lo único que se corrió fue un día. Las etapas eleccionarias se dan en los días hábiles fijados en el cronograma.
La docente Valencia asegura que no fue elegida porque reclamó por la vulneración del proceso del estatuto electoral y porque es opositora a este gobierno universitario. ¿Qué opina al respecto?
Es completamente errada la apreciación de la profesora Carolina Valencia, lo cual lamento profundamente, pues es mi deber como servidor público y representante legal de la institución hacer cumplir las disposiciones normativas nacionales e internas, esta decisión no fue adoptada bajo parámetros subjetivos, sino con apego a criterios técnicos.
Es necesario dar claridad que las elecciones de decano de la Universidad de Caldas no son elecciones directas, son elecciones que se componen de varios porcentajes para un resultado final; inclusive la evaluación de las propuestas programáticas no son discrecionales, reitero, dicha evaluación se realiza bajo el parámetro de la armonización de las propuestas programáticas con el PAI y el PAF.
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