El deporte extremo es una realidad imparable en nuestra sociedad y en nuestra época. Las personas quieren todos los días experimentar sensaciones más fuertes, que les dan placer, les gustan, las disfrutan y las comparten. Hacen parte de las actividades deportivas que se realizan en el mundo entero. Representan el desafío del ser humano en actividades que tienen riesgos distintos a todos los que se asumen en otras actividades ordinarias de la vida.
Durante muchos años fueron actividades que realizaban aventureros osados. Personajes que sin tecnología, sin legislaciones, sin reglas llegaban a niveles impensables en el intento de dominio de la naturaleza y de sentir la catarata de adrenalina y emociones que les despertaba, poniendo en riesgo su vida. Son famosos los escaladores del Himalaya, o los que se tiraban en tubos cerrados como barriles, preparados para resistir las fuerzas en las cataratas del Niágara. Su practica no reglamentada, dio muchas satisfacciones, pero dejó muchos muertos o lesionados de por vida.
Ante la realidad de su masificación, se organizaron en el mundo entero clubes y asociaciones, con expertos, que realizan cursos especiales para dirigir excursionistas. Todo un desafío humano, ante escenarios que ultrapasan el límite de lo normal. Colombia no es ajena a esa nueva realidad. Hay leyes que están establecidas para los mismos por Coldeportes, el nuevo Ministerio para el Deporte, que lo tiene bien reglamentado en manuales que ocupan muchas páginas.
Una persona puede practicar el deporte extremo que a bien tenga, sin pedir permiso a alguien, siguiendo el principio Constitucional establecido en el art. 16: “Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las impuestas por el orden jurídico y los derechos de los demás", “…basándose en la justa autonomía del hombre…”.
Todo cambia cuando es una actividad organizada para un grupo de personas, por unos particulares o por un club, que tienen que llenar unos requisitos legales que no pueden eludir, ni franquear, so pena de cometer delitos, violar la ley y poner en peligro la vida de los participantes. Por eso los líderes de esas actividades deben ser certificados, no caben aquí los que tienen experiencia no acreditada, ni tienen los permisos legales para hacer estas actividades, ofrecerlas y obtener lucro con ellas.
Son actividades de riesgo, que han sido ampliamente discutidas en las llamadas “Actividades de riesgo inaceptable” o “incremento de riesgo propio”, con las lógicas implicaciones de Responsabilidad Civil Extracontactual de los organizadores o guías. De ello se ha escrito suficiente literatura, en lo que se denomina “Asunción de riesgos en deportes extremos” (https://www.academia.edu/28607927/_Asunción_de_riesgos_en_deportes-extremos-).
El Derecho Romano había acuñado el aforismo “volenti non fit injuria”, que podría traducirse como que no hay lesión o daño, cuando hay consentimiento expreso del titular. Sin embargo esa “asunción del riesgo”, no evita la responsabilidad de terceros, bien sean otros participantes, intervinentes y organizadores de los eventos. Si el daño se produce por falta de diligencia exigible a la organización, la empresa o a los particulares que organizan y promocionan las actividades de riesgo, están obligados a responder civilmente por los riesgos asumidos para sí mismos o para terceros a los que dirigen. La ley establece que las personas o agrupaciones que planean y realizan deportes extremos, están obligadas a tener cubiertas las responsabilidades civiles que puedan surgir tras un accidente en la actividad, póliza que es obligatoria, para los que organizan, los que dirigen y para cada uno de los participantes.
Los guías no pueden ser simples aficionados. Hay decretos que establecen el “perfil profesional de técnico deportivo en media montaña, escalada, senderismo y otros deportes extremos”.
Pero si lo hacen violando las disposiciones y normas, no engañen a la gente. No utilicen una ARL, un Sisbén, una EPS o un Soat, para hacer aparecer los accidentes como algo distinto a lo que fueron. Así son una estafa, un fraude, que no es cubierto por las entidades de salud, con la excepción de que ustedes los hubieran engañado también.
Denle gracias a la vida por no estar muertos, si a pesar de sus engaños siguen vivos, porque aunque ustedes no lo crean, sus familias los necesitan, sus hijos los aman, sus parejas los quieren. No conviertan sus irresponsabilidades en un “negocio indigno”, con el que defraudan la justicia, engañan a la gente y se adentran en el terreno del “Fraude procesal”. Si ustedes y los que los asesoran o apoderan, tuvieran conciencia y fueran honestos, no desgastarían la Justicia Civil, ni se someterían al juicio de la penal. Gastarían ese tiempo agradeciendo estar vivos contra todo lo previsto.
Seguiremos con el tema (el descubrimiento del Síndrome de Juan Gago).
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