MARTHA LUCÍA GÓMEZ
LA PATRIA | MANIZALES
Los registradores delegados para Caldas, Gladys Estela Hurtado Pérez y Enrique Rafael Ortega Almanza, subieron ayer al atril del Concejo de Manizales para hablar de los pormenores del proceso electoral.
A los concejales, la mayoría de los que estarán de nuevo como candidatos para esta corporación o para otros cargos de elección popular el 27 de octubre, les recomendaron ceñirse a las normas para evitar posteriores contratiempos.
Indicaron que el proceso electoral se encuentra en etapa de inscripción de candidatos en las sedes de la Registraduría. Se inició ayer como dice la ley, cuatro meses antes de la elección, e irá hasta el 27 de julio a las 6:00 de la tarde. Luego sigue un tiempo para hacer modificaciones, que son 5 días hábiles -del 29 de julio al 2 de agosto-.
Atención al ciudadano
Paralelo a la inscripción de candidatos para las 27 alcaldías, Gobernación de Caldas, 27 concejos municipales, Asamblea Departamental y Juntas Administradoras Locales (JAL), la Registraduría Nacional del Estado Civil sigue en inscripción de cédulas de ciudadanos.
La realizan de lunes a viernes en horario de 6:00 a.m. a 5:00 p.m. en las registradurías municipales, especial de Manizales -centro comercial Mall Plaza- y auxiliar de Manizales -Casa de la Justicia del barrio Bosques del Norte-, y en puntos de atención en Mall Plaza y centro comercial Fundadores de lunes a sábado, entre 11:00 a.m. y 8:00 p.m.
Entre el 8 y el 14 de julio, la inscripción de cédulas se podrá hacer en puestos de votación, lo que la Registraduría denomina inscripción concentrada, de 10:00 a.m. a 5:00 p.m.
En cualquier modalidad, el ciudadano debe llevar la cédula y residir o trabajar en el municipio en el que está haciendo la inscripción. Si no cumple este último requisito podría incurrir en el delito electoral de trasteo de votos o trashumancia electoral.
Sobre los jurados
La registradora Hurtado Pérez explicó que la designación de ciudadanos como jurados de votación se inicia solicitando a la Cámara de Comercio las empresas que tiene el departamento, acogen las que tengan más empleados; solicitan también nombres de partidos, movimientos políticos y Grupos Significativos de Ciudadanos (GSC) que inscribirán candidatos y van a colegios para tener listas de estudiantes mayores de 18 años e ingresarlos a la base de datos.
Cargan esta información a la plataforma de la Registraduría, y luego, en un sorteo con registradores municipales, en reunión de Comités de Seguimiento Electoral, designan quiénes van a actuar como jurados el día de las elecciones. Estas personas son notificadas por escrito y deben ir a una jornada de capacitación.
El registrador Ortega Almanza aclaró que todos estos procesos de inscripción de cédulas de ciudadanos y de candidatos se hacen en equipos vigilados, y que cualquier delito electoral queda a cargo de entidades como Consejo Nacional Electoral, Fiscalía. “El deber nuestro es inscribir a todo ciudadano que lo solicite y cumpla los requisitos. Además, ningún jurado de votación es escogido a dedo”.
Por todo esto, concluyeron ayer, es que los partidos políticos y los GSC deben estar pendientes y capacitar a los testigos electorales, que son los que vigilan el proceso.
La Secretaría Municipal de Medioambiente difundió ayer en la sesión del Concejo el contenido de los decretos que regularán la publicidad exterior visual de contenido electoral.
* Tiempos para establecerla. La propaganda política a través de medios de comunicación se inicia 60 días antes de la elección (27 de agosto), y la que se ubica en espacio público se puede fijar tres meses antes (a partir del 27 de julio). Deberá ser retirada tres días calendario contados a partir del día siguiente de las elecciones, o sea del 28 al 30 de octubre.
* Publicidad en fachadas de sedes políticas: Las que estén a seis metros lineales y equidistantes a la puerta de entrada de los puestos de votación, deben ser retiradas el 23 de octubre.
* Número de vallas y pasacalles por candidato: Máximo de vallas fijas 14, y máximo de vallas móviles 5.
* Pasacalles: Se prohíbe la instalación de pasacalles fijos, móviles o manuales dentro del perímetro urbano de Manizales; solo se autorizarán 2 por partido político en cada vereda, pero no podrán ubicarse sobre postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, torres eléctricas, puentes y en cualquier infraestructura propiedad del Municipio de Manizales.
* Publicidad en fachadas: Solo se podrán instalar dos pendones por cada frente del inmueble, siempre y cuando no sea en la fachada de la sede política.
* Requisitos para instalación de carteles y afiches: Solo se podrán instalar en ventanas de propiedad privada. Queda prohibida su instalación en las fachadas.
* Banderines y pendones: Se podrán instalar en la parte inferior de la propiedad privada, cuyas medidas no superen los tres metros de alto y 1,5 de ancho.
* Sanciones y multas: Se aplica el Código Nacional de Policía (Ley 1801 del 2016) por comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público; fijando en el espacio público propaganda, avisos o pasacalles, pancartas, pendones, vallas o banderolas sin el debido permiso y cumplimiento de la norma vigente. Las multas pueden ir de 1,5 ($1 millón 242 mil 174) a 40 salarios mínimos legales vigentes ($33 millones 124 mil 640), dependiendo del tipo de infracción que se cometa. Se aplicarán las sanciones al candidato que fije la publicidad exterior visual o al partido político y también al propietario donde se fije la publicidad.
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