Copa Aladino Salas de Juegos en Aranjuez

Foto I Cortesía I LA PATRIA

El próximo fin de semana, por fin, se jugarán las semifinales en la categoría de mayores.

La Copa Aladino Salas de Juegos - Reyes Magos - de Aranjuez puede continuar. Terminó el litigio legal entre Café Redes y Dinoshop por la supuesta inscripción irregular de un jugador para las semifinales.

Desde entonces se inició un partido legal entre ambos. Primero en la Comisión Disciplinaria de la Liga y luego en la justicia ordinaria porque hubo tutela de por medio.

En el proceso, tras la tutela interpuesta por Javier Díaz Orozco, de Dinoshop, contra la Junta de Acción Comunal del barrio Aranjuez, el Comité Disciplinario de la Liga Caldense, la Comisión de Apelación de la Liga Caldense y La Liga Caldense de Fútbol.

El pasado jueves hubo fallo.

En ese orden, las semifinales se jugarán el 22 de este mes con los siguientes partidos: La Ponceña - Café Redes, y Aranjuez Bajo Zero.

Este es el texto, tomado del documento emitido por el Juzgado Quinto Civil del Circuito.

 

Hechos

El accionante relató que inscribió al equipo que representa y conformado por 23 jugadores, al torneo de fútbol Reyes Magos 35+, versión 2024-2025, organizado por la junta de acción comunal del barrio Aranjuez, por un costo de dos millones de pesos. No obstante, estando en la fase de cuartos de final, el equipo Café Redes realizó una inscripción irregular de un jugador, en reemplazo de otro que sufrió una lesión y el inscrito marcó el gol que determinó la victoria del equipo, por lo cual interpuso demanda ante la comisión disciplinaria de la Liga Caldense de Fútbol. Solicitó, además, la actualización del reglamento, la cual fue resuelta mediante resolución No. 013-2025, del 13 de marzo del 2025, sancionando el equipo Café Redes por la inscripción irregular del jugador con la perdida del puntaje obtenido con el equipo Bajo Zero el 09 de marzo del 2025.

Ante la decisión, el delegado del equipo Café Redes interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación, que fue resuelto confirmando la decisión y concediendo la apelación ante la comisión de apelaciones, quienes dejaron sin efecto mediante resolución No. 001 del 28 de marzo del 2025, la resolución No. 01-2025, con lo cual se afectó la participación del equipo que representa en el torneo.

 

Pretensiones

Solicitó que se tutelaran los derechos fundamentales al deporte y la recreación y en consecuencia, permitir la participación del equipo al que pertenece en la semifinal del torneo de Reyes Magos 35+ 2024-2025, tomar medidas para evitar las irregularidades en la inscripción de jugadores y la actualización del reglamento de la liga caldense. Como medida previa solicito suspender el torneo.

 

Decisión en primera instancia

La juez de primera instancia decidió denegar por improcedente la acción de tutela por ausencia de vulneración e incumplimiento del requisito subsidiariedad.

 

Trámite de primera instancia

Mediante auto del 03 de abril de 2025, el Juzgado de instancia admitió la acción de tutela, dispuso la vinculación del equipo de fútbol Café Redes, Secretaría de Cultura de Caldas, Secretaría de Deporte de Caldas, Secretaría de Cultura y Civismo de Manizales y la Secretaría de Deporte de Manizales, así como denegar la medida previa.

Por auto del 09 de abril del 2025 se dispuso la vinculación del Ministerio del Deporte y de la Federación Colombiana de Fútbol.

 

Decisión en primera instancia

La juez de primera instancia decidió denegar por improcedente la acción de tutela por ausencia de vulneración e incumplimiento del requisito subsidiariedad.

 

Impugnación

El accionante solicitó declarar incierta la inscripción del jugador del equipo Café Redes y la realización de un partido entre las partes para definir el semifinalista del torneo.

Por auto del 22 de abril del 2025 se dispuso por el juzgado de primera instancia no dar tramite a la solicitud. Inconforme con el fallo de tutela, el accionante procedió a impugnarlo.

Manifestó que la Junta de Acción Comunal es un ente público, la Liga Caldense de Fútbol está desactualizada con relación a la normatividad superior y la inscripción del jugador del equipo Café Redes fue irregular.

 

El fallo

Primero: Confirmar con adición la sentencia proferida el 11 de abril de 2025 por el juzgado tercero civil municipal de Manizales, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Javier Díaz Orozco contra la Junta de Acción Comunal del barrio Aranjuez, el Comité Disciplinario de la Liga Caldense, la Comisión de Apelación de la Liga Caldense y la Liga Caldense de Fútbol.

Segundo: Adicionar la sentencia proferida el 11 de abril de 2025 por el juzgado tercero civil municipal de Manizales en el sentido de "declarar falta de legitimación en la causa del señor Javier Díaz Orozco para actuar en representación del equipo de futbol Dinoshop Meridiano Campohass Maquitran J.M Ceballos D” Gorra".

Tercero: Notificar de inmediato y por el medio más expedito esta decisión a las partes y al Juzgado de origen.

Cuarto: Remitir el expediente a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.


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