
Foto | Archivo | LA PATRIA
Los empleados de las loterías en Colombia pueden compararlas sin restricción, lo que abre espacio a una discusión de ética que parece no tener fin.
El pasado 9 de mayo de 2025, durante el sorteo del Día de la Madre, Luisa Jaramillo, esposa de Rubén Darío Callejas, quien entonces ocupaba el cargo de subgerente comercial de la Lotería de Medellín, resultó ganadora de un premio seco de 1.000 millones de pesos.
Callejas explicó que el billete fue comprado legalmente como regalo a través del Fondo de Empleados de la entidad. Frente a la polémica por la relación entre la ganadora y el funcionario, la Lotería de Medellín activó protocolos internos y contrató una auditoría interna como forense independiente.
Revisaron grabaciones de seguridad y procesos automáticos del sorteo, concluyendo que no se estableció manipulación o irregularidad en la compra ni en el resultado. De forma preventiva, Callejas renunció el 26 de mayo de 2025, buscando salvaguardar la transparencia del proceso.
Este caso revela que, aunque pueda generar suspicacias, no hay base legal para afirmar que exista ilegalidad. La normativa colombiana permite la compra de billetes por parte de los trabajadores y el procedimiento fue validado por expertos.
"Legalmente, en Colombia no existe razón para considerar ilegal la situación, ya que ni la Ley 643 ni la jurisprudencia prohíben la compra de lotería por parte de empleados o sus familiares", señaló una fuente de la Lotería de Manizales, quien solicitó no publicar su nombre.
Agregó el funcionario que es un producto que sale a la venta de todo el público y sería discriminatorio que algún sector de la población, como ellos, no pudiera comprarlo. "Sería discriminatorio no poder comprar lotería como cualquier ciudadano, para ello estas empresas cumplen la normativa para operar con seguridad y credibilidad para los compradores", precisó.
Vendedoras de la firma Susuerte aseguran que no existen restricciones para comprar cualquiera de los productos que expenden, "de hecho hay unos productos que si no los vendemos nos toca comprarlos y los jugamos", comentó una de las consultadas.
Precisó que en ocasiones sacan a la venta promociones, para las que previamente les envían comunicaciones internas en las que les advierten que ninguna de las empleadas puede participar, ni sus familias "son situaciones especiales y en casos específicos, pero lotería y demás productos sí los jugamos sin problemas", puntualizó.
Indagación de la Procuraduría y lo que dice la normativa en Colombia
La Procuraduría General de la Nación inició una indagación preliminar para evaluar si existieron faltas disciplinarias o legales. Hasta la fecha, no se ha dictado sanción ni fallo judicial definitivo.
La Ley 643 de 2001, que regula los juegos de suerte y azar en Colombia, define detalladamente cómo deben operar estas loterías, pero no establece prohibición expresa para que empleados o sus familiares adquieran billetes o fracciones de lotería.
La ley se centra en aspectos financieros, fiscales y operativos, como el aporte parafiscal de vendedores independientes, pero no limita la compra de billetes por empleados o distribuidores.
La jurisprudencia colombiana sobre loterías se ha centrado en definir la relación laboral o comercial de vendedores y distribuidores, así como en la transparencia del monopolio estatal, pero no ha abordado prohibiciones sobre compras de billetes por parte de empleados ni familiares directos.
En otros países con regulaciones más estrictas, sí se incluyen prohibiciones explícitas para evitar conflictos de interés. El proceso de Medellín ha sido verificado por auditorías y protocolos internos, sin evidencia de manipulación .