EMPLAZAMIENTOS

 

NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO

ANSERMA - CALDAS

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión intestada e ilíquida de la causante señora ANA ROSA HURTADO DE LONDOÑO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.388.315 expedida en Anserma, fallecida en el municipio de Anserma, departamento de Caldas, el cinco (05) de Diciembre de dos mil veinte (2020). Para fines indicados en el artículo 3o del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy siete (07) de Junio del año dos mil veintitrés (2023) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8.00 A.M.). CÉSAR JAIME RÍOS VALENCIA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.

18-VI-23-H125695

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE ARMENIA QUINDÍO EMPLAZA A quienes se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez días siguientes a la publicación del EDICTO en el periódico, en el trámite de liquidación de herencia intestada de MIRYAM ARISTIZÁBAL ARISTIZÁBAL, C.C. 41.885.619. fallecida en Armenia, Q., el 09 de junio del 2022, teniendo como último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Armenia Q. Se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y una radiodifusora local, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Edicto se fija hoy seis (06) de junio del año dos mil veintitrés (2023) a las 7:30 A M.

EL NOTARIO, JOSÉ RAMIRO GARCÍA LADINO. NOTARIO QUINTO.

Se desfijará el día veintidós (22) de junio del 2023 a las 6:00 P.M. EL NOTARIO.

18-VI-23-H125697

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (2) DEL CÍRCULO DE ARMENIA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico de Amplia Circulación Nacional y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de liquidación de herencia intestada de LUIS FERNANDO ÁLVAREZ GONZÁLEZ, quien en vida se identificaba con la cédula 7.524.118 quien falleció el 25/06/2022 en Armenia Quindío este su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día 05 de junio del 2023, mediante Acta número 00064, para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el seis (06) de junio del año dos mil veintitrés (2023), siendo las 7:30 a.m. y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO, LUIS FERNANDO CASTELLANOS NIETO. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE ARMENIA.

18-VI-23-H125698

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (2) DEL CÍRCULO DE ARMENIA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico de Amplia Circulación Nacional y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de liquidación de herencia intestada de MARIELA ÁLVAREZ GONZÁLEZ, quien en vida se identificaba con la cédula número 24.466.511 quien falleció el 20/01/2023 en Armenia, Quindío, siendo este su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día 08 de mayo del 2023, mediante Acta número 00047, para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el diez (10) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), siendo las 7:30 a.m. y se ordena su respectiva publicación.

EL NOTARIO, LUIS FERNANDO CASTELLANOS NIETO. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE ARMENIA.

1-VI-23-H125699

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE ARMENIA QUINDÍO EMPLAZA A quienes se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez días siguientes a la publicación del EDICTO en el periódico, en el trámite de liquidación de herencia intestada de ANTONIO JOSÉ SUÁREZ LIZARAZO, C.C. 2.930.734, fallecido en Armenia, Q., el 14 de mayo del 2023, teniendo como último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Armenia Q. Se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y una radiodifusora local, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Edicto se fija hoy quince (15) de junio del año dos mil veintitrés (2023) a las 7:30 A.M. EL NOTARIO, JOSÉ RAMIRO GARCÍA LADINO. NOTARIO QUINTO. Se desfijará el día treinta (30) de junio del 2023 a las 6:00 PM. EL NOTARIO.

18-VI-23-H125700

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE ARMENIA QUINDÍO EMPLAZA A quienes se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez días siguientes a la publicación del EDICTO en el periódico, en el trámite de liquidación de herencia intestada de LUISA BALLÉN MONTOYA. C.C. 24.488.524, fallecida en Armenia, Q, el 26 de noviembre del 2014, teniendo como último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Armenia Q. Se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y una radiodifusora local, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Edicto se fija hoy quince (15) de junio del año dos mil veintitrés (2023) a las 7:30 A.M. EL NOTARIO, JOSÉ RAMIRO GARCÍA LADINO. NOTARIO QUINTO. Se desfijará el día treinta (30) de junio del 2023 a las 6:00 P.M. EL NOTARIO.

18-VI-23-H125701

 

EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito Notario Primero del Círculo Notarial de Armenia, JAVIER OCAMPO CANO, por el presente edicto CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en un diario de circulación nacional y una radiodifusión de una emisora local, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante, señor WILLIAM OROZCO ARIAS, fallecido el 14 de Mayo de 2023 en Pereira / Risaralda, siendo la ciudad de Armenia / Quindío su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.248.936 expedida en Armenia / Quindío, debidamente registrada la Defunción en la Notaría Cuarta del Círculo de Armenia / Quindío, bajo el indicativo serial No. 10863463. Aceptado el trámite en esta notaría, según acta número CERO VEINTISÉIS (026) del 08 de JUNIO de 2023, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: El suscrito Notario deja constancia que el presente edicto fue fijado a los NUEVE (09) días del mes de JUNIO del año Dos Mil Veintitrés (2023), siendo las 8:00 a.m. horas. JAVIER OCAMPO CANO. Notario Primero del Círculo.

18-VI-23-H125702

 

NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO

ANSERMA - CALDAS

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión intestada e ilíquida de la causante señora GRACIELA RESTREPO OSPINA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.381.872 expedida en Anserma, fallecida en el municipio de Manizales, departamento de Caldas, el día trece (13) de Septiembre de mil novecientos noventa y siete (1997). Para fines indicados en el artículo 3o del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy veinte (20) de Mayo del dos mil veintitrés (2023) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). CÉSAR JAIME RÍOS VALENCIA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.

18-VI-23-H125705

 

EDICTO

EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA CALDAS CITA Y EMPLAZA Al señor GABRIEL PALOMO ACUÑA, persona mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 15.889.140; residía en la calle 45 carrera 4 B No. 44 A - 12, barrio Las Ferias, La Dorada, Caldas; para que comparezca al proceso de "PRESUNCIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO", adelantado a través de apoderado judicial por la señora JENIFFER PALOMO CALDERÓN, identificada con cédula de ciudadanía número 1.105.782.894, cuya demanda fue admitida mediante providencia No. 480 del treinta (30) de mayo de dos mil veintitrés (2023). EXTRACTO DE LA DEMANDA “PRIMERO: la señora MARTHA INÉS CALDERÓN ORTIZ y el señor GABRIEL PALOMO ACUÑA, iniciaron una convivencia como pareja en unión marital de hecho construyendo una comunidad de vida de carácter singular y permanente, conviviendo desde el mes de febrero del año 1986 hasta el día Doce (12) de junio de 1990, fecha de su desaparición, fijando su domicilio en la calle 45 Carrera 48 No 44 A- 12 del Barrio Las Ferias, del Municipio de la Dorada - Caldas. SEGUNDO: De la anterior unión nació la menor JENIFFER PALOMO CALDERÓN el día dieciséis (16) de marzo del año 1988, en la ciudad de Honda-Tolima, y fue registrada en la Notaría única de Honda - Tolima, bajo el serial 12591816 y registro de nacimiento 8:10316-53716. TERCERO: El señor GABRIEL PALOMO ACUÑA, se ausentó de su residencia desde hace más de veintidós (22) años desde el día Doce (12) de junio de 1990, sin que desde ese momento se tenga conocimiento de su paradero, ese día se comenta que salió a conseguir el sustento diario de la familia y nunca regresó.

CUARTO: Mi representada JENIFFER PALOMO CALDERÓN, hija de hoy desaparecido señor GABRIEL PALOMO ACUÑA e inició para el año 2009 las diligencias tendientes a dar con su localización, realizando entre otras las siguientes * Con fecha dieciséis (16) de Junio del año 2009, se dirige a la Fiscalía General de la Nación a colocar y llenar el formato nacional para la búsqueda de personas desaparecidas, proceso que se le asignó el número 0173330 de la ciudad de Honda-Tolima. * con fecha catorce (14) de Julio del año 2009, se dirigió a la Personería Municipal del Municipio de Honda-Tolima, para informar el hecho victimizante y desaparición de su padre señor GABRIEL PALOMO ACUÑA. QUINTO: Su compañera y familiares desearon en su momento informar a las autoridades competentes de dicha desaparición pero gente que conocía al señor GABRIEL PALOMO ACUÑA, le informaron que dejaran ese problema ahí, porque se estaban metiendo con las Autodefensas Unidas de Colombia en el sector, por lo cual y por miedo a retaliaciones nunca informaron de la desaparición. SEXTO: Hasta momento de instaurada esta demanda, ha sido imposible dar con su paradero y durante estos casi veintitrés (23) años él tampoco se ha reportado, ni ha dado muestra alguna de supervivencia. SÉPTIMO: La señora MARTHA INÉS CALDERÓN ORTIZ compañera en su momento del señor GABRIEL PALOMO, vivió en la dirección calle 45 Carrera 4 B No 44 A - 12 del Barrio Las Ferias, del Municipio de la Dorada - Caldas un año después del desaparecimento de su compañero, después se trasladó para el Municipio de Honda donde vive actualmente e inició una nueva relación desde el año 2008 con otra persona y con la cual se encuentra conviviendo. OCTAVO: MI mandante tiene interés legítimo en la declaración de muerte presunta del señor GABRIEL PALOMO ACUÑA, y no existe ascendencia puesto que los padres del señor ya se encuentran fallecidos, en descendencia se encuentra la señora JENIFFER PALOMO CALDERÓN como su única hija. Se previene a quienes tengan noticias o datos sobre el paradero del desaparecido señor GABRIEL PALOMO ACUÑA, que a la mayor brevedad posible las comuniquen a este Juzgado. Se le hace saber al desaparecido que si vencido el término del emplazamiento no comparece, el Juzgado le designará un Curador Ad - Lítem, para que lo represente y con quien se adelantará el proceso hasta su terminación. Publicación que deberá sujetarse a lo dispuesto en el art - 584 del Código General del Proceso y deberá realizarse con sujeción a lo dispuesto en el numeral 2 del art. 97 del Código Civil, del cual se entregan copias a la parte interesada para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional que se edite en la capital de La República, en un periódico de amplia circulación en el último domicilio conocido del desaparecido y en una radiodifusora con sintonía en ese lugar, publicaciones que deberán hacerse por lo menos tres (3) veces, advirtiéndose que entre cada dos publicaciones debe transcurrir por lo menos cuatro (4) meses. Radicación del proceso 17380-31-84-001-2023-00198-00. CLAUDIA PATRICIA HUNDA BERMÚDEZ. Secretaria.

18-VI-23-H125707

 

EDICTO No. ESU 0116

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s) TEODOMIRO AYALA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 5.929.376. MARGARITA RODRÍGUEZ DE AYALA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 25.227.058. Fallecido(s) el 24-05-2019 - 25-11-2022, en la ciudad de LA DORADA, CALDAS, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 13 DE JUNIO DE 2023, por HEBERT ALBERTO AYALA RODRÍGUEZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.175.845, NELSON AYALA RODRÍGUEZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.177.692, HÉCTOR AYALA RODRÍGUEZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.172.986, EDGAR AYALA RODRÍGUEZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.168.410, MYRIAM AYALA RODRÍGUEZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.708.975, Y MARÍA DEL CARMEN AYALA RODRÍGUEZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.344.235, EN CALIDAD DE HEREDEROS. Se inició el trámite mediante el ACTA No. 0063 del 15 DE JUNIO DE 2023, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 16 DE JUNIO DE 2023 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 28 DE JUNIO DE 2023 a las 6 PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 15 DE JUNIO DE 2023. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 28 DE JUNIO DE 2023 a las 6 PM (M/PM). EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA.

18-VI-23-H125708

 

EDICTO EMPLAZATORIO

EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO TITULAR DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión INTESTADA de la causante MARÍA SOLEY PAVA HURTADO, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 30.276.726 DE MANIZALES CALDAS, fallecida en MANIZALES CALDAS, el día 01 de Mayo de 2021; cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue la ciudad de Manizales departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.752 del día 16 de Junio de 2023 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días, contados a partir del VEINTE (20) DE JUNIO DE DOS VEINTITRÉS (2023). Manizales, 16 DE JUNIO DE 2023. EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.

18-VI-23-H125709

 

EDICTO

LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MARQUETALIA CALDAS CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite de liquidación sucesión Notarial del CAUSANTE: JORGE ERNESTO LINARES VELANDIA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.595.428, quien falleciera el 05/05/2022 en Victoria-Cds, siendo Marquetalia el último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número DIEZ (#010) de fecha 16/junio/ 2023. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4º del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día 20/ junio / dos mil veintitrés (2023) a las ocho de la mañana (8: A.M.). ALICIA HURTADO GARCÍA. Notaria Única del Círculo.

18-VI-23-H125704

 

NOTARÍA ÚNICA DEL CIRCULO

ANSERMA CALDAS

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la SUCESIÓN INTESTADA E ILÍQUIDA de la causante señora CARMEN ROSA AGUDELO DE LÓPEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.382.014 expedida en Anserma, fallecida en la ciudad de Medellín, departamento de Antioquia, el doce (12) de Enero de dos mil tres (2003). Para fines indicados en el artículo 3o del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy dieciséis (16) de Junio del año dos mil veintitrés (2023) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A. M). CÉSAR JAIME RÍOS VALENCIA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.

18-VI-23-H125703

 

EDICTO

LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MARQUETALIA CALDAS CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite de liquidación sucesión Notarial del CAUSANTE: CARLOS EVELIO ROJAS ARIZA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.073.290, fallecido el 29 de enero 2023 en Bogotá, siendo Marquetalia-Cds el último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número OCHO (#008) de fecha 25/ mayo/ 2023. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4º del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día 30 / mayo / dos mil veintitrés (2023) a las ocho de la mañana (8: A.M.). ALICIA HURTADO GARCÍA. Notaria Única del Círculo.

18-VI-23-H125711

 

REMATES

 

AVISO DE REMATE

EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE SALAMINA CALDAS, HACE SABER: Que en el proceso EJECUTIVO instaurado por LUZ MARY DÍAZ RÍOS, contra DIANA PATRICIA SOTO TAPIAS -donde obran procesos y demandadas acumuladas-, con radicado N° 176534089002-2022-00010-00, se señaló el día once (11) de julio de dos mil veintitrés (2023) a las nueve (9:00 am), como fecha y hora para realizar la DILIGENCIA DE REMATE del inmueble embargado, secuestrado y avaluado, de propiedad de la demandada, identificado con folio de matrícula inmobiliaria N° 118-3628, registrado en la Oficina de Instrumentos Públicos de Salamina Caldas, ubicado en la carrera 5 # 7-05 y/o carrera 5 # 5-10 cruce calle 7 de este mismo municipio. El inmueble descrito fue avaluado en la suma de ciento treinta y nueve millones de pesos ($139.000.000) será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo, es decir, la suma de noventa y siete millones trescientos mil pesos ($97.300.000) y para admitir al postor, éste deberá consignar previamente el cuarenta por ciento (40%) del mismo avalúo, a saber, la cantidad de cincuenta y cinco millones seiscientos mil pesos (55.600.000), dinero que debe ser consignado en el Banco Agrario de Colombia, a órdenes de este despacho en la cuenta No. 17 653 20 42 002 y a favor de la presente actuación ejecutiva, por concepto de "remates". La audiencia se realizará por medios virtuales, a través del siguiente enlace en la plataforma de Microsoft Teams: https://acortar.link/0DHNcj. Para información acerca del remate, los interesados pueden solicitar el expediente al correo electrónico j02prmpalsalamina@cendoj.ramajudicial.gov.co. Así mismo, ADVIÉRTASE que las posturas deberán remitirse al mismo correo electrónico, acompañadas de copia de la consignación del 40% del valor del avalúo que los habilita para hacer postura, en archivo protegido con contraseña, la cual deberá proporcionarse a la jueza a la hora de cierre de la licitación, ello de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo para la implementación del "Modulo de Subasta Judicial" establecido por el Consejo Superior de la Judicatura (Circular No. PCSJC21-26 DE 2021). Igualmente, y conforme lo dispone el artículo 451 del CGP, los interesados podrán hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate. Las ofertas serán reservadas y Permanecerán bajo custodia de la jueza y no será necesaria la presencia en la subasta, de quien hubiere hecho oferta dentro de ese plazo. Dentro de la primera hora de la licitación, exhortará a los presentes para que presenten sus ofertas en sobre cerrado si asistieren de manera presencial, o para que remitan sus ofertas al correo electrónico institucional j02prmpalsalamina@cendoj.ramajudicial.gov.co, con las indicaciones referidas. El auxiliar de la justicia-secuestre encargado del inmueble es DINAMIZAR ADMINISTRACIÓN SAS, secuestre de Manizales, quien puede ser ubicado en la calle 20 Nro. 22-27 oficina 402 teléfono 6068915191, correo electrónico dinamizar2020@gmail.com. Se expide en Salamina Caldas, hoy siete (7) de junio de dos mil veintitrés (2023). ALBA LUCÍA CARDONA GÓMEZ. Secretaria.

18-VI-23-H125668

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

AVISO DE REMATE

JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400301220180084300. PROCESO: Ejecutivo Singular. DEMANDANTE: FINESA S.A. NIT/CÉDULA: 805012610-5. DEMANDADOS: JOSÉ ALEXÁNDER – HURTADO SALGADO Y ADRIANA PAOLA LONDOÑO QUINTERO. NIT/CÉDULA: 16227702 - 42123274. FECHA DEL REMATE: 11 julio de 2023. HORA: 9:00 a.m. LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_NmZiMjhlNDktMjI4Ni00NzIyLWExMzctZWM2ZmEwMzQ3NmJj%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5-8eb99901598b%22% 2c%22Oid%22%3a%227c1d7fb9-9356-4e68-8edb-b68f18771f08%22%7d. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO DEL BIEN: $15.910.000. PLACA(S): KIK201. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: Clase: Automóvil. Marca: Kía. Línea: Cerato. Modelo: 2012. Color: Plata. Motor: G4FCBH330585. Serie: KNAFW511AC5414255. Servicio: Particular. SECUESTRE: JUAN CARLOS CASTILLO ARBELÁEZ, Correo Electrónico:

abcjuridicas@gmail.com. Celular: 3208575462. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales Nro. 170012041800. Los interesados podrán formular sus posturas dentro de los 5 días anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia. En ambos casos, deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, j02ejecmma@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto las palabras OFERTA REMATE seguidas del radicado del proceso. Ejemplo. OFERTA REMATE x-20xx-1xx, dicho archivo deberá ser guardado con contraseña (ver instructivo para asignar clave a documento, el cual deberá consultarse en la página de la Rama judicial en el siguiente link:

https://www.ramajudicial.gov.co/documents/12166575/46229732/Instructivo+Archivo+Protegido+Word.pdf/652eed62-67a6-4ff3-9abd-3da0a7095dbd adjuntando el email que lleve su postura, los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien.

Igualmente, y a su elección, considerando las circunstancias que para esa fecha se presenten en torno al acceso a las sedes judiciales, podrán formular también sus ofertas de manera física en sobre sellado, tal como se estipula en el Artículo 14 del Acuerdo PCSJA20-11632 del 30 de septiembre de 2020, con el fin de garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso. Junto con la postura deben enviar los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). De optarse por esta segunda vía opcional, las ofertas se recibirán en el Palacio de Justicia Fanny González Franco. Para ese efecto, en la portería el oferente deberá anunciar su llegada a la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Manizales, para que un servidor judicial de esta dependencia baje hasta allá y le reciba el sobre sellado. Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. EL DÍA DOMINGO. Se les recuerda que el link de ingreso a la Diligencia de Remate virtual lo encontrará en la parte inicial del aviso de remate identificado con LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE, para lo cual, se utilizará el aplicativo MICROSOFT TEAMS al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.). Solo cuando haya transcurrido una hora desde el inicio de la diligencia, se procederá a compartir con los asistentes a la reunión virtual, la visualización de la pantalla del computador del Juzgado para hacer apertura de manera pública y transparente, por primera vez, de los correos electrónicos contentivos de las respectivas ofertas, y/o de los sobres cerrados que hubieren sido allegados físicamente para así establecer las ofertas que reúnan los requisitos de ley y adjudicarse el bien al mejor postor. Se advierte a los interesados a participar en la presente diligencia que, deberán previo al remate realizar la verificación del estado financiero del bien que se va a rematar, esto es, gravámenes prendarios e hipotecarios, pago de impuestos, servicios públicos, las cuotas de administración, gastos de parqueo o depósitos y demás situaciones financieras que comprometan al bien. Cordialmente, NANCY DAHIANA RINCÓN ARREDONDO. Profesional Universitario Grado 17 (Secretaria). Oficina de Ejecución Civil Municipal.

18-VI-23-H125714

 

AVISO DE REMATE

EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES ANUNCIA: Que dentro del proceso que a continuación se cita se llevará a cabo la diligencia de remate del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado: RADICADO: 2021-00009-00. PROCESO: DIVISORIO AD VALOREM. DEMANDANTE: LEONORA CASTAÑO MEJÍA. DEMANDADOS: JHON JAIRO MEJÍA GONZÁLEZ, AMPARO MEJÍA GONZÁLEZ, CONSUELO MEJÍA GONZÁLEZ, JESÚS NELSON MEJÍA GONZÁLEZ, ANDRÉS MEJÍA GALLEGO, MARÍA FERNANDA MEJÍA GALLEGO, MÓNICA ANDREA MEJÍA GALLEGO, Y CLAUDIA DEL PILAR RODRÍGUEZ MEJÍA, DIANA CAROLINA RODRÍGUEZ MEJÍA Y MARCELA RODRÍGUEZ MEJÍA, las tres últimas en su condición de herederas determinadas de JULIO RAMÓN RODRÍGUEZ y demás herederos indeterminados de JULIO RAMÓN RODRIGUEZ. FECHA Y HORA: MARTES VENTICINCO (25) DE JULIO DEL DOS MIL VEINTITRÉS (2023), a las DOS DE LA TARDE (2:00 P. M.). DURACIÓN MÍNIMA: UNA (1) HORA. AVALÚO: $400.968.000. BASE DEL REMATE: 70 % DEL AVALÚO. POSTOR HÁBIL: Quien consigne el 40% del avalúo del bien sacado a licitación. LINK DE LA DILIGENCIA: https://call.lifezecloud.com/18347174. Las posturas para el remate se recibirán únicamente en el correo electrónico ccto04ma@cendoj.ramajudicial.gov.co, y deben ser remitidas en documento cifrado con contraseña, a fin de garantizar que su contenido solo pueda conocerse en el momento de la diligencia. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL BIEN: “Un solar con casa de habitación, ubicado en la Carrera 23 A Calles 53 y 54 No. 23-53 Barrio la Arboleda de la Ciudad de Manizales, constante de 5.25 metros de frente por 23.00 metros de centro o fondo todo poco más o menos y que linda: ### Frente, calle pública, por un costado, también con calle, pública (calle 53), por otro costado con propiedad de esta sucesión o sea en el inmueble que se adjudicará en el siguiente numeral y por el fondo con propiedad que es o fue del señor Pantaleón González. ###”. Inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 100-24291 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales y con ficha catastral No. 0103000000820014000000000”. SECUESTRE: César Augusto Castillo Correa Cra. 19 No. 54-04 Manizales - Teléfono 3167207719. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012031004. Los interesados podrán formular sus posturas dentro de los 5 días anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia. En ambos casos, deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, ccto04ma@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto las palabras OFERTA REMATE seguidas del radicado del proceso. Ejemplo. OFERTA REMATE x-20xx-xxx, dicho archivo deberá ser guardado con contraseña (ver instructivo para asignar clave a documento, el cual deberá consultarse en la página de la Rama judicial en el siguiente link:

https://www.ramajudicial.gov.co/documents/36362202/46722884/instructivo+para+poner+clave+a+un+documento.pdf/1affef6c-70c3-4905-8417-4d4c720633d8. GLORIA PATRICIA ESCOBAR RAMÍREZ. Secretaria. Firmado Por: Gloria Patricia Escobar Ramírez. Secretario Juzgado De Circuito Civil 004. Manizales – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: ddc8ccfbac29e49b90c765cf01396b2c81011a27606f4214d680da1aa4266779. Documento generado en 02/06/2023 03:54:37 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica

18-VI-23-H125696

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

AVISO DE REMATE

EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES ANUNCIA Que dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo diligencia de remate del siguiente bien que se encuentran debidamente embargado, secuestrado y avaluado: PROCESO: EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL. DEMANDANTES: WILLIAM BEDOYA RAMÍREZ. DEMANDADOS: CARLOS ALBERTO SALAZAR OSPINA. FECHA Y HORA: once (11) de julio de dos mil veintitrés a las tres de la tarde (3:00 PM). BIEN: DISTINGUIDO CON FMI 100-147883 CALLE 10 No. 24-137 edificio la Castellana local # 201. AVALÚO SEISCIENTOS VEINTE MILLONES CIENTOS NUEVE MIL PESOS ($620.109.000). RADICADO: 170013103005-2020-00127-00. DURACIÓN: UNA (01) HORA. POSTURA: LA QUE CUBRA EL SETENTA POR CIENTO (70%) DEL AVALÚO ENUNCIADO EN PRECEDENCIA. POSTOR HÁBIL: QUIEN PREVIAMENTE CONSIGNE EL CUARENTA POR CIENTO (40%) DEL AVALÚO A ÓRDENES DE ESTE JUZGADO. SECUESTRE: César Augusto Castillo Correa tomado de la lista de auxiliares, quien será notificado de esta designación a los teléfonos 316-720-7719 o al correo electrónico tillo4444@gmail.com. LINK DILIGENCIA: https://call.lifesizecloud.com/18320933. CUENTA BANCO AGRARIO: 170012031005. Como base de la licitación, se entenderá el 70% del precitado avalúo como lo establece expresamente el art. 448 ídem y será postor hábil quien previamente consigne a órdenes de este Judicial el cuarenta por ciento (40%) del valor del respectivo avalúo, como bien lo dispone el art. 451 ejusdem. De conformidad con lo indicado en el artículo 451 del CGP, se le advertirá a los interesados en el remate que deberán hacer su postura dentro de los cinco (5) días anteriores a la almoneda o el día de la audiencia de remate, en sobre cerrado, que deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto por del 40% del avalúo del respectivo bien. Las posturas con el lleno de los requisitos se recibirán en archivo PDF con contraseña, que será enviado dentro del término antes mencionado ÚNICAMENTE al correo electrónico Institucional del Juzgado esto es, a la dirección electrónica ccto05ma@cendoj.ramajudicial.gov.co. Conforme a lo dispuesto en el artículo 450 del CGP, se expedirá aviso en el cual se anuncia la subasta y se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación de esta ciudad bien sea en la Patria o en la República, el listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha prevista para el remate. De igual manera el aviso se publicará en la página de la rama judicial. Los avisos indicarán el canal tecnológico por medio del cual se realizará la diligencia. Con la constancia de las publicaciones del aviso, deberá allegarse certificados de tradición actualizados del bien inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, a través del aplicativo implementado para recepcionar memoriales por el Centro de Servicios Judiciales. La diligencia se realizará por la plataforma lifesize y en tal virtud se enviará invitación a todos los postores para que asistan virtualmente a la hora indicada, quienes deberán suministrar al juzgado, al igual que las partes del proceso el respectivo correo electrónico. La recepción de las ofertas en sobre sellado, para los que deseen hacerlo de manera física, se realizará en las instalaciones del Juzgado, lo anterior acogiendo lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA20-11634 que sobre audiencias de remate en su artículo 14 dispuso: “Artículo 14. Audiencias de Remate. Para la realización de la audiencia de remate, el funcionario judicial a cargo de la diligencia coordinará con la dirección seccional correspondiente, la recepción física de los sobres sellados para garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso, hasta tanto se habiliten los mecanismos electrónicos, la diligencia se adelantará por medios técnicos de comunicación simultánea.” DANIELA PÉREZ SILVA. SECRETARIA. Firmado Por: Daniela Pérez Silva. Secretaria Juzgado De Circuito Civil 05 Manizales – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: 29ece5b3a7b9538d626777b7d593b46b3e1e9f093f216149ea58d1639845053f. Documento generado en 31/05/2023 02:58:05 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica

18-VI-23-H125706

 

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RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL

Manizales, nueve (09) de junio de dos mil veintitrés (2023)

PROCESO: EJECUTIVO.

DEMANDANTE: ROGELIO GIRALDO CASTRILLÓN.

DEMANDADO: RUBY GUTIÉRREZ CUARTAS. CARLOS ELKIN MONTOYA PALOMINO.

RADICADO: 05-2020-00347.

I. OBJETO DE DECISIÓN Le corresponde a este despacho determinar si es procedente fijar fecha y hora para diligencia de remate del bien inmueble con M.I. 100-115016, de propiedad de los demandados. I. CONSIDERACIONES Como quiera que el avalúo comercial presentado por la parte demandada fue APROBADO a Través de providencia adiada 08 de mayo de 2023. Así las cosas y considerando que el bien inmueble objeto de la medida cautelar decretada en este trámite se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, y que para el momento no existen recursos pendientes de resolver, ni solicitudes de nulidad o de desembargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso, se fijará como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del 100% de dicho bien inmueble identificado con M.I. 100-115016, avaluado por DOSCIENTOS SEIS MILLONES CINCUENTA MIL PESOS ($206.050.000) el MARTES VEINTICINCO (25) DE JULIO DE DOS MIL VEINTITRÉS (2023) A PARTIR DE LAS TRES DE LA TARDE (3:00 P.M.). Se tendrá como base de postura el 70% del valor avaluado del bien embargado, siendo postor admisible quien previamente deposite el importe del 40% de dicho avalúo, como lo reza el artículo 451 del C.G.P. Adicionalmente, se precisa que en virtud de lo previsto en la ley 2213 de 2022 y el artículo 452 del Código General del Proceso, la subasta se surtirá de manera virtual utilizando el aplicativo “MICROSOFT TEAMS” al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.) haciendo uso del siguiente link que corresponde a la diligencia de remate que aquí se trata: https://n9.cl/y1ukz. Los interesados podrán formular sus posturas dentro de los CINCO 5 DÍAS anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia (3 a 4 p.m.). En ambos casos, deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, j01ejecmma@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto las palabras “OFERTA REMATE” seguidas del radicado del proceso. Ejemplo. “OFERTA REMATE x-20xx-1xx”, adjuntando al email que lleve su postura, los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien. Igualmente, y a su elección, considerando las circunstancias que para esa fecha se presenten en torno al acceso a las sedes judiciales, podrán formular también sus ofertas de manera física en sobre sellado, tal como se estipula en el Artículo 14 del Acuerdo PCSJA20-11632 del 30 de septiembre de 2020, con el fin de garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso. Junto con la oferta deben enviar los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien objeto de remate, de conformidad con el artículo 451 de la misma normatividad en cita. De optarse por esta segunda vía opcional, las ofertas se recibirán en el Palacio de Justicia “Fanny González Franco” directamente en la Oficina 307 (Tercer Piso), Juzgado Primero de Ejecución Civil Municipal de Manizales, para que un servidor judicial de esta dependencia reciba el sobre sellado. Solo cuando haya transcurrido una hora desde el inicio de la diligencia (4:00 P.M), se procederá a compartir con los asistentes a la reunión virtual, la visualización de la pantalla del computador del Juzgado con el fin de dar apertura de manera pública y transparente, por primera vez, los correos electrónicos contentivos de las respectivas ofertas, y/o de los sobres cerrados que hubieren sido allegados físicamente, para así establecer las ofertas que reúnan los requisitos de ley y adjudicarse el bien al mejor postor. Se ordenará que por la OECM se libre el cartel indicativo del remate conforme lo exige el artículo 450 Código General del Proceso, pero adicionando la información que aquí se establece sobre el trámite de la diligencia. El aviso de remate deberá ser publicado por una vez, con antelación no inferior a DIEZ (10) DÍAS a la fecha señalada para la subasta, en uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad o en una radiodifusora local, de conformidad con el artículo 450 del Código General del Proceso. Desde ya, se advierte a la parte demandante que deberá allegar el certificado de tradición y libertad actualizado del bien inmueble a rematar, expedido dentro de los TREINTA (30) DÍAS anteriores a la fecha prevista para la subasta. Tanto la constancia de la publicación del cartel del remate como el certificado de tradición del inmueble, deberán remitirse antes de la apertura de la licitación al correo electrónico j01ejecmma@cendoj.ramajudicial.gov.co estableciendo como asunto las palabras “DOCUMENTOS REMATE” seguidas del radicado del proceso. Ej. “DOCUMENTOS REMATE x-20xx-00xx”, SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE. Las dudas o comentarios relativos a la práctica de la subasta, serán atendidas en la correspondiente videoconferencia o en el teléfono del Juzgado, 8879620 Ext. 11370, exclusivamente dentro del horario laboral de 7:30 AM A 12:00 AM y de 1:30 PM A 5:00 P.M. Los demás aspectos relacionados con el remate, pago del precio y su aprobación, se continuarán sometiendo a los lineamientos establecidos en los artículos 453 y siguientes del Código General del Proceso. En razón de lo expuesto, el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS, II. RESUELVE PRIMERO: FIJAR como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del 100% del bien inmueble identificado con M.I. 100-115016, avaluado por DOSCIENTOS SEIS MILLONES CINCUENTA MIL PESOS ($206.050.000) el MARTES VEINTICINCO (25) DE JULIO DE DOS MIL VEINTITRÉS (2023) A PARTIR DE LAS TRES DE LA TARDE (3:00 P.M.). Se tendrá como base de postura el 70% del valor avaluado del bien embargado, siendo postor admisible quien previamente deposite el importe del 40% de dicho avalúo, como lo reza el artículo 451 del C.G.P. Adicionalmente, se precisa que en virtud de lo previsto en la ley 2213 de 2022 y el artículo 452 del Código General del Proceso, la subasta se surtirá de manera virtual utilizando el aplicativo “MICROSOFT TEAMS” al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.) haciendo uso del siguiente link que corresponde a la diligencia de remate que aquí se trata: https://n9.cl/y1ukz. Los interesados podrán formular sus posturas dentro de los CINCO 5 DÍAS anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia (3 a 4 p.m.) En ambos casos, deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, j01ejecmma@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto las palabras “OFERTA REMATE” seguidas del radicado del proceso. Ejemplo. “OFERTA REMATE x-20xx-1xx”, adjuntando al email que lleve su postura, los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien. Igualmente, y a su elección, considerando las circunstancias que para esa fecha se presenten en torno al acceso a las sedes judiciales, podrán formular también sus ofertas de manera física en sobre sellado, tal como se estipula en el Artículo 14 del Acuerdo PCSJA20-11632 del 30 de septiembre de 2020, con el fin de garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso. Junto con la oferta deben enviar los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien objeto de remate, de conformidad con el artículo 451 de la misma normatividad en cita. De optarse por esta segunda vía opcional, las ofertas se recibirán en el Palacio de Justicia “Fanny González Franco” directamente en la Oficina 307 (Tercer Piso), Juzgado Primero de Ejecución Civil Municipal de Manizales, para que un servidor judicial de esta dependencia reciba el sobre sellado. Solo cuando haya transcurrido una hora desde el inicio de la diligencia (4:00 P.M), se procederá a compartir con los asistentes a la reunión virtual, la visualización de la pantalla del computador del Juzgado con el fin de dar apertura de manera pública y transparente, por primera vez, los correos electrónicos contentivos de las respectivas ofertas, y/o de los sobres cerrados que hubieren sido allegados físicamente, para así establecer las ofertas que reúnan los requisitos de ley y adjudicarse el bien al mejor postor. SEGUNDO: LÍBRAR por la OECM el cartel indicativo del remate conforme lo exige el artículo 450 Código General del Proceso, pero adicionando la información que aquí se establece sobre el trámite de la diligencia. El aviso de remate deberá ser publicado por una vez, con antelación no inferior a DIEZ (10) DÍAS a la fecha señalada para la subasta, en uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad o en una radiodifusora local, de conformidad con el artículo 450 del Código General del Proceso. Desde ya, se advierte a la parte demandante que deberá allegar el certificado de tradición y libertad actualizado del bien inmueble a rematar, expedido dentro de los TREINTA (30) DÍAS anteriores a la fecha prevista para la subasta. Tanto la constancia de la publicación del cartel del remate como el certificado de tradición del inmueble, deberán remitirse antes de la apertura de la licitación al correo electrónico j01ejecmma@cendoj.ramajudicial.gov.co estableciendo como asunto las palabras “DOCUMENTOS REMATE” seguidas del radicado del proceso. Ej. “DOCUMENTOS REMATE x-20xx-00xx”, SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE. Las dudas o comentarios relativos a la práctica de la subasta, serán atendidas en la correspondiente videoconferencia o en el teléfono del Juzgado, 8879620 Ext. 11370, exclusivamente dentro del horario laboral de 7:30 AM A 12:00 AM y de 1:30 PM A 5:00 P.M. Los demás aspectos relacionados con el remate, pago del precio y su aprobación, se continuarán sometiendo a los lineamientos establecidos en los artículos 453 y siguientes del Código General del Proceso. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO RENDÓN TAMAYO. JUEZ. JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL. MANIZALES – CALDAS. NOTIFICACIÓN POR ESTADO La providencia anterior se notifica en el Estado No. 101 del 13 de junio de 2023.

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