EMPLAZAMIENTOS

EDICTO No. ESU 0056 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del causante JOSÉ JESÚS RENDÓN OLAYA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 4.572.205. Fallecido el día OCHO (08) NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE (2017), en el CORREGIMIENTO DE SAN DIEGO, MUNICIPIO DE SAMANÁ (CALDAS), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 15 DE ABRIL DE 2024, por la señora MARÍA DINELLY RENDÓN CARDONA IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.712.899, EN CALIDAD DE HEREDERA LEGÍTIMA Y CESIONARIA DE DERECHOS GANANCIALES Y HERENCIALES. Se inició el trámite mediante el ACTA No. AAS 0031 del 15 DE ABRIL DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 16 DE ABRIL DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 26 DE ABRIL DE 2024 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 15 DE ABRIL DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 26 DE ABRIL DE 2024 a las 6:00 PM. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS).
18-IV-24-H127916

EDICTO No. ESU 0058 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA 
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del causante CLEMENTE LINARES CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.162.154. Fallecido el PRIMERO (01) DE JUNIO DEL DOS MIL CATORCE (2014), en el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 15 DE ABRIL DE 2024, por el Doctor ÓSCAR DE JESÚS CORTÉS CORTÉS, abogado titulado y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 37016 del Consejo Superior de la Judicatura y de la CÉDULA DE CIUDADANÍA número 10.211.704, quien obrando como apoderado de BLANCA LIBIA ORDÓÑEZ MEJÍA IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.340.632, en su calidad de CÓNYUGE SUPÉRSTITE, EDER GIOVANNY LINARES ORDÓÑEZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 10.189.573, Y ANGIE KATHERINE LINARES ORDÓÑEZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.053.866.023, en su calidad de HEREDEROS LEGÍTIMOS. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0033 del 15 DE ABRIL DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 16 DE ABRIL DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 26 DE ABRIL DE 2024 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 15 DE ABRIL DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO.  NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 26 DE ABRIL DE 2024 a las 6:00 PM.
18-IV-24-H127917

EDICTO No. ESU 0059 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del causante NÉSTOR JAVIER GUAVITA MORENO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 79.756.855. Fallecido el día OCHO (08) DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTITRÉS (2023), en el MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA (ATLÁNTICO), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 15 DE ABRIL DE 2024, por el Doctor DIEGO ALFONSO ROMERO MÉNDEZ, abogado titulado y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No. 164607 del Consejo Superior de la Judicatura y de la CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 14.325.742, quien obrando como apoderado de JUAN ESTEBAN GUAVITA LONDOÑO IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.007.524.229, EN CALIDAD DE HEREDERO LEGÍTIMO. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0034 del 15 DE ABRIL DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 16 DE ABRIL DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 26 DE ABRIL DE 2024 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 15 DE ABRIL DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 26 DE ABRIL DE 2024 a las 6:00 PM.
18-IV-24-H127918

EDICTO 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA E ILÍQUIDA DEL CAUSANTE EL SEÑOR FABIO ANTONIO ESCUDERO CÁRDENAS, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 10.218.213, CUYO ÚLTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 021 del DIECISIETE (17) DE ABRIL DEL AÑO 2024. SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3o DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DIECISIETE (17) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL 2024, SIENDO LAS 8.00 A.M. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
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EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial DE LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA del causante ÓMAR ANTONIO CASTAÑEDA CALLE, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 4.550.325, fallecido el 14 de julio de 2022 en el Municipio de Manizales. Aceptado el trámite en esta Notaría el día SEIS (06) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (2023), mediante Acta número SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE (697) para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, cuyo proceso no culminó por vencimiento de términos (Art. 6º Dcto 902 de 1988) iniciándose nuevamente mediante acta número ACTA NÚMERO TRESCIENTOS DIECISÉIS (316) DEL DÍA MARTES DIECISÉIS (16) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO 2024, para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIÉRCOLES DIECISIETE, (17) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
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EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE
MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DEL CAUSANTE ROBERTO MEJÍA RENGIFO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 14.214.351, fallecido el día 21 de enero de 2020, en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día LUNES, QUINCE (15) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), mediante ACTA NÚMERO TRESCIENTOS NUEVE (309) para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIÉRCOLES, DIECISIETE (17) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A),
CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
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EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión Intestada del causante FERNANDO NELSON ARCILA AGUIRRE, fallecido en el Municipio de Manizales, el día 22 de septiembre de 2022, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 19.346.677, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número CINCUENTA Y SEIS (056) del día once (11) de Abril del año (2024), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija a los Diecisiete (17) días del mes de Abril del año dos mil Veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: MAYO (02) DEL AÑO 2024. HORA: 6:00 PM. 
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EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión Intestada de la causante FLOR MARÍA JIMÉNEZ RAMÍREZ, fallecida en el Municipio de Manizales, 29 de noviembre de 2023, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 30.272.349, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número CINCUENTA Y SIETE (057) del día once (11) de Abril del año (2024), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija a los Diecisiete (17) días del mes de Abril del año dos mil Veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: MAYO (02) DEL AÑO 2024. HORA: 6:00 PM. 
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EDICTO EMPLAZATORIO 
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de los causantes JORGE IVÁN RAMÍREZ MONTOYA quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 4.324.536 DE MANIZALES fallecido en Manizales Caldas, el día 06 de Diciembre de 2014 y LAURA OCAMPO DE RAMÍREZ quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 24.308.625 MANIZALES CALDAS, fallecida en Manizales Caldas, el día 08 de Abril de 2016, cónyuges entre sí, quienes tuvieran como domicilio principal, el Municipio de Manizales departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.517 del día 17 de ABRIL DE 2024 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del DIECIOCHO (18) DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). Manizales, 17 DE ABRIL DE 2024.  EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.  
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO 
JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL 
CHINCHINÁ-CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO
LA JUEZ TERCERA PROMISCUO MUNICIPAL DE CHINCHINÁ, CALDAS, CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS. CITA Y EMPLAZA A RICHAR ESTEBAN IBÁÑEZ VÉLEZ, cédula No. 1.093.223.373, nacido el 13 de febrero de 1993 en Chinchiná, Caldas, 30 años de edad, 1,74 de estatura, cuya dirección de residencia se desconoce. Es requerido por la Fiscalía Segunda Local de Chinchiná, para hacerlo comparecer al proceso por la conducta punible de lesiones personales dolosas. Caso radicado al No. 17-174-60-00041-2022-50468-04. Se fija en lugar visible de la secretaría del despacho por cinco (5) días hábiles. Su no comparecencia durante este término le acarreará la declaratoria de persona ausente (artículo 127 Ley 906 de 2004). FIJADO: 21 DE NOVIEMBRE DE 2023. HORA 8:00 AM. DESFIJADO: 27 DE NOVIEMBRE 2023. HORA 5:00 P.M. Firmado Por: Inés Elvira Jaramillo Hoyos. Juez Municipal. Juzgado Municipal Juzgado 003 Promiscuo Municipal Chinchiná – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: ffafaaa9fdb6635f47cae924c57d3e6766e4a85274dfc04dfa9df17e7da5568a. Documento generado en 20/11/2023 01:59:23 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 
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