Foto I Archivo I LA PATRIA  A Rodrigo Giraldo, exdirector del Sena, lo absolvieron en el caso por supuestas falsedad ideológica en documento público, interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

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A Rodrigo Giraldo, exdirector del Sena, lo absolvieron en el caso por supuestas falsedad ideológica en documento público, interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

Resuelve. Primero: "Absolver al señor Rodrigo Giraldo, de los cargos que la Fiscalía le endilgó como presunto responsable de los delitos de Interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales". La decisión a favor de Giraldo, quien fue director del Sena Caldas en el 2016, es del Juzgado Segundo Penal del Circuito de La Dorada.

 

El fallo, emitido el viernes, también absuelve a los funcionarios del sena Isaías Arias Betancur, Sandra Milena Martínez, y a Nidia Patricia García García, de un supermercado.

la investigación era por los mismos señalamientos. César Augusto López fue el abogado del exsubdirector.

Giraldo manifestó a LA PATRIA: "la absolución da claridad sobre mi actuar como funcionario público, mi honestidad y transparencia en todo lo que realicé. Si bien es cierto, se dieron estas situaciones por un cúmulo de trabajo y demás, en ningún momento hubo dolo ni hubo alguna situación que reprochara a este funcionario, ya que mi actuar fue correcto y diáfano".

 

El caso con el Sena Caldas en La Dorada

El escrito de acusación hacía referencia a un contrato para la compra de materiales de formación para los aprendices de gastronomía, con el propósito de realizar muestras culinarias.

La contratación se adelantó entre el Centro de Formación Pecuario y Agroempresarial del Sena, con sede en La Dorada, y el Supermercado Mercaplaza, por $10 millones, para la temporada en la que supuestamente no había aprendices.

Un informe de la Contraloría General de la República indicó que se suscribió el 15 de diciembre del 2016, con un plazo máximo de 10 días, contados desde el 20 de ese mes.

Sin embargo, dos meses y medio después, el ente de control verificó el desarrollo del acuerdo y encontró que ese día el contratista solo le había entregado a la sede del Sena 12 botellas de vino, por un costo cercano a los $200 mil.

Adicional a eso, el interventor elaboró un acta en la que indicó que se recibió todo lo contratado.

El Juzgado añade: "El manto de duda que a criterio de este funcionario (juez) se ha creado respecto a la estructuración del dolo en la conducta enrostrada da al traste con la pretensión condenatoria inicialmente deprecada por la Fiscalía, ente que al finalizar la vista pública optó por solicitar un fallo de carácter absolutorio, al considerar que no logró derrumbar la presunción de inocencia de los encartados".

Añade que por consiguiente, en virtud de lo que hasta este momento se ha indicado, reafirma el Juzgado que no existe certeza sobre la tipicidad de la conducta desde su componente subjetivo.

"... y a la luz de lo contemplado en el artículo 381 del Código Procesal Penal, es menester la absolución de los ya mencionados frente a cargos que les enrostró la Fiscalía", conceptuó el juez.

Giraldo, exdirector del Sena, expresó que la Fiscalía no logró demostrar ninguna situación dolosa en su actuar. Que por el contrario, se dejaron claros os preceptos, que protegen la contratación estatal, la planeación objetiva, todo lo que tiene que ver con la parte precontractual y contractual.

"… y toda la protección que nosotros le dimos a la institución, a través de las pólizas y de las garantías que debe cumplir cualquier contratista. Y que mi vida pública siempre ha sido diáfana. Para que no haya duda, este fallo, queremos celebrarlo, pues tuvimos una tristeza y un agobio muy fuerte durante estos siete años del proceso", finalizó el Giraldo.