Foto I Luis Fernando Trejos I LA PATRIA  El colegio San Pío X funciona en el barrio La Enea de Manizales. Un fallo lo declara libre de responsabilidad en el fallecimineto de un menor, caso ocurrido en el 2022.

Foto I Luis Fernando Trejos I LA PATRIA 
El colegio San Pío X funciona en el barrio La Enea de Manizales. Un fallo lo declara libre de responsabilidad en el falleciminento de un menor, caso ocurrido en el 2022.

LA PATRIA I Manizales

La comunidad educativa del colegio San Pío X del barrio La Enea, de Manizales, convocó a una reunión este jueves (25 de julio).

En su aula máxima transmitió una noticia fundamental para la Institución Educativa: la exoneración de responsabilidad en la muerte de un estudiante. 

El 14 de marzo del 2022 falleció el alumno. La madre del joven denunció que su hijo murió como consecuencia, supuestamente, de un fuerte golpe con una puerta que le propinaron dentro del establecimiento de enseñanza, en febrero del mismo año. 

Por tal motivo, la Procuraduría General de la Nación consideró necesario iniciar una actuación disciplinaria. Lo que buscaba el ente de control era determinar posibles omisiones en la garantía de la ruta de atención integral para la convivencia escolar del San Pío X. 

La Procuraduría resolvió: “Ordenar la terminación de la actuación y el archivo definitivo de la indagación previa radicada bajo el IUS 2022-157640 / IUC 2022-2309017, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de este proveído”. 

En el encuentro estuvieron la rectora, Delma Ospina; el secretario de Educación de Manizales, Andrés Felipe Betancurt; el concejal de la comuna Tesorito, José Humberto Duque, y el personero municipal, Juan Pablo Osorio. 

Explicación


El personero dijo que llegó a la actividad con el propósito de acompañar a la Institución Educativa para verificar las actuaciones que se realizaron con ocasión del fallecimiento del menor que dio origen a unas actuaciones, de tipo preventivo y de tipo disciplinario, por la Personería Municipal y la Procuraduría Provincial de Manizales.

Explicó las decisiones tomadas por ambos organismos de control: “Luego de las investigaciones, se determinó que la conducta no había ocurrido por causa o como consecuencia del actuar omisivo o de la acción de las autoridades”.

Añadió que, por el contrario, se verificó la existencia de un protocolo en convivencia escolar y la adecuada atención del asunto por el colegio San Pío X. 

“Vinimos y comentamos el resultado de estas investigaciones. Así mismo, invitando a toda la comunidad a rodear a la Institución Educativa y a continuar apoyando los procesos que se desarrollan en el interior de esta”.

La rectora Delma expresó que los entes de control dan cuenta de que los procesos institucionales del establecimiento educativo son eficientes y eficaces en cumplimiento de la ruta de atención escolar de la Ley 1620. 

Llamó la atención que la decisión apenas sea socializada ahora, pues el fallo de la Procuraduría es de octubre del 2022. La rectora dijo que por no ser una denuncia de un ciudadano, nunca notificaron sobre la determinación. 

Eso lo corrobora la Procuraduría en el punto dos del Resuelve: “SEGUNDO: No será necesario notificar personalmente a los sujetos procesales la presente decisión, en consideración a que la misma se inició contra servidores POR ESTABLECER”.


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