Foto I Archivo I LA PATRIA
Los maestros de colegios públicos Caldas se van a paro la semana próxima. El miércoles 15 de abril habrá uno nacional y el jueves 16 de abril uno departamental. Para este último están convocados todos los profesores, menos los de Manizales.
La semana próxima llegará a Caldas con dos paros de docentes de colegios públicos. Por eso, habrá anormalidad académica en las instituciones.
El primero será el miércoles 15 de abril del 2026, convocado por la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode). Educadores Unidos de Caldas (Educal) filial de Fecode, aceptó ese llamado.
Por eso, indicó: “La Junta Directiva acoge la decisión de la Junta Nacional de Fecode de convocar al Paro Nacional del Magisterio el miércoles 15 de abril de 2026, con los objetivos que se plasman en la Circular 22 del 26 de marzo de 2026.
En la lista incluyen defensa, estabilización y consolidación del modelo de salud contenido en el Acuerdo 003 de 2024, emanado del Consejo Directivo del Fomag, el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales en los términos de ley, incluida la prima de mitad de año creada por la Ley 91 de 1989, articulo 15 literal B del numeral 2.
Así mismo, exigen el reconocimiento y pago de las primas territoriales en los entes territoriales donde están legisladas y consolidados con los pronunciamientos judiciales.
La protesta además es por la garantía del derecho constitucional a la libre Asociación, concretado en la concesión de los permisos sindicales para activistas, directivos, dirigentes y ejecutivos.
Otros punto es intensificar el proceso de concreción de los Acuerdos firmados Fecode – Gobierno.
En 26 municipios
El mismo Educal maniestó que desde el Plénum Departamental de Presidentes de Subdirectivas, realizado el pasado 27 de marzo, se definió convocar a Paro Departamental el jueves 16 de abril de 2026 (solo docentes de Caldas).
“Es para defender la planta docente de la entidad territorial Caldas y exigir a los gobiernos departamental y nacional tener en cuenta las realidades educativas de nuestros municipios para la aplicación de relaciones técnicas y la adopción de la planta”, añadió.
Es decir, que ese jueves 16 de abril habrá paro en los 26 municipios, cuya educación está a cargo de la Gobernación de Caldas. Por eso, la protesta no incluye a Manizales, cuyo sistema educativo oficial es independiente del resto de Caldas y lo rige directamente de la Alcaldía.
Responde la Gobernación
Este miércoles 8 de abril del 2026 la Secretaría de Educación Departamental emitió un comunicado, luego de que LA PATRIA le preguntó al secretario, Luis Herney Vargas, sobre las razones del paro de docentes, previsto para el jueves 16 de abril en los 26 municipios que le corresponden a la Administración departamental.
Por ejemplo, expresó que la Secretaría de Educación Departamental
informa a la ciudadanía, medios decomunicación y comunidad educativa que, frente a la convocatoria a paro departamental anunciada para el 16 de abril de 2026, se permite precisar lo siguiente:
“En cumplimiento de la normatividad vigente, la Secretaría adelantó un estudio técnico formal de la planta docente, basado en información oficial del Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT) y en los registros de la plataforma de talento humano, el cual fue socializado con las agremiaciones sindicales, de docentes y directivos docentes”, manifestó.
Agregó que este análisis se desarrolló conforme con los criterios establecidos en el Decreto 3020de 2002, el cual define los parámetros técnicos obligatorios para la organización de las plantas de personal docente.
De acuerdo con esta normativa, la relación promedio de estudiantes por docente debe ser como mínimo de:
- 32 estudiantes por docente en zona urbana
- 22 estudiantes por docente en zona rural
Complementó la Secretaría con que estos valores constituyen un mínimo técnico obligatorio, orientado a garantizar la eficiencia en la prestación del servicio educativo.
Y que como resultado del estudio técnico, el departamento registra una población aproximada de 76.358 estudiantes y una planta superior a 4.200 docentes, lo que arroja una relación promedio cercana a 18 estudiantes por docente, es decir, por debajo de los parámetros mínimos establecidos a nivel nacional, evidenciando una sobreasignación de personal docente.
“No obstante lo anterior, es fundamental reconocer las particularidades del territorio: el departamento de Caldas cuenta con 165 instituciones educativas y más de 980 sedes, de las cuales aproximadamente el 75% se ubican en zonas rurales dispersas”, aseguró
La misma dependencia comentó que en este contexto, la Administración Departamental ha implementado estrategias para garantizar el derecho a la educación, manteniendo incluso más de 120 sedes con menos de 5 estudiantes, como medida para asegurar el acceso en zonas de difícil cobertura.
Expone: “Estas acciones se desarrollan en armonía con la Constitución Política de Colombia y con la Ley 715 de 2001, la cual establece que la prestación del servicio educativo debe realizarse en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, atendiendo las particularidades regionales”.
Cita en el boletín de prensa que es fundamental precisar que la financiación del servicio educativo se rige por el Sistema General de Participaciones (SGP), cuyos recursos tienen destinación específica y siguen reglas estrictas de asignación:
- La distribución de recursos se realiza principalmente con base en la matrícula oficial atendida, diferenciada por zona urbana y rural, conforme a metodologías definidas por el Ministerio de Educación Nacional.
- Se incorporan criterios de equidad, desempeño y mejoramiento educativo, así como variables como el número de sedes, ruralidad y condiciones socioeconómicas del territorio.
- La asignación responde a modelos técnicos donde el componente de equidad tiene un peso predominante, garantizando mayores recursos a territorios con mayores necesidades.
Adicionalmente, la Ley 715 de 2001 establece que los recursos del SGP para educación tienen como destinación prioritaria:
- El pago de la nómina docente y administrativa, incluidas las prestaciones sociales.
- La financiación de la canasta educativa y el funcionamiento del servicio”.
“En este sentido, es importante precisar que:
- La nómina docente se financia con base en los recursos asignados por estudiante atendido, y no por decisiones discrecionales de las entidades territoriales.
- Las entidades territoriales no pueden autorizar plantas de personal que superen los recursos disponibles del Sistema General de Participaciones, ni adquirir compromisos que excedan dicha financiación.
- No es legalmente viable crear cargos, realizar nombramientos o mantener plantas sobredimensionadas sin respaldo técnico y presupuestal, lo cual podría generar responsabilidades fiscales, disciplinarias y administrativas.
“En consecuencia, la organización de la planta docente y el pago de la nómina responden a:
- La matrícula efectivamente atendida.
- Los parámetros técnicos definidos por la Nación.
- La disponibilidad real de recursos del Sistema General de Participaciones”.
“Por lo anterior, la Secretaría de Educación debe garantizar un equilibrio entre:
- La protección del derecho fundamental a la educación, especialmente en zonas rurales dispersas.
- El cumplimiento estricto de los criterios técnicos, legales y financieros que regulan el uso de los recursos públicos.
La Secretaría reitera que sus actuaciones no obedecen a decisiones discrecionales, sino al cumplimiento de obligaciones legales, técnicas y fiscales orientadas a garantizar la sostenibilidad del sistema educativo.
Finalmente, se reconoce el derecho a la protesta social; no obstante, se hace un llamado a que el análisis del sector educativo se sustente en información objetiva, verificable y ajustada al marco normativo vigente”.
Estudiantes en Caldas
|
MUNICIPIO |
NUMERO DE ESTUDIANTE AULA REGULAR Y ADULTOS |
NUMERO DE DOCENTES |
RELACIÓN TÉCNICA POR MUNICIPIO |
|
AGUADAS |
3.121 |
208 |
15,00 |
|
ANSERMA |
4.564 |
257 |
17,76 |
|
ARANZAZU |
1.781 |
105 |
16,96 |
|
BELALCÁZAR |
1.590 |
102 |
15,59 |
|
CHINCHINÁ |
6.243 |
304 |
20,54 |
|
FILADELFIA |
1.092 |
89 |
12,27 |
|
LA DORADA |
9.749 |
412 |
23,66 |
|
LA MERCED |
841 |
58 |
14,50 |
|
MANZANARES |
2.463 |
146 |
16,87 |
|
MARMATO |
1.947 |
101 |
19,28 |
|
MARQUETALIA |
2.342 |
163 |
14,37 |
|
MARULANDA |
282 |
25 |
11,28 |
|
NEIRA |
2.924 |
180 |
16,24 |
|
NORCASIA |
1.152 |
60 |
19,20 |
|
PÁCORA |
1.836 |
133 |
13,80 |
|
PALESTINA |
2.329 |
118 |
19,74 |
|
PENSILVANIA |
2.699 |
224 |
12,05 |
|
RIOSUCIO |
7.657 |
400 |
19,14 |
|
RISARALDA |
1.534 |
84 |
18,26 |
|
SALAMINA |
2.055 |
155 |
13,26 |
|
SAMANÁ |
3.114 |
233 |
13,36 |
|
SAN JOSÉ |
792 |
46 |
17,22 |
|
SUPÍA |
4.564 |
222 |
20,56 |
|
VICTORIA |
1.343 |
93 |
14,44 |
|
VILLAMARÍA |
6.497 |
282 |
23,04 |
|
VITERBO |
1.845 |
96 |
19,22 |
|
TOTAL |
76.358 |
4.296 |
17,77 |
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