A Luis Herney Vargas Barrera, secretario de Educación de Caldas, se le revocó la orden de sanción.

Foto | Gobernación de Caldas | LA PATRIA

A Luis Herney Vargas Barrera, secretario de Educación de Caldas, se le revocó la orden de sanción.

La Secretaría de Educación de Caldas sí cumplió. A Luis Herney Vargas Barrera, secretario del despacho, y a Jorge Luis Moreno Vallejo, abogado de la Unidad Jurídica de la misma cartera, les revocaron la orden de sanción impuesta el pasado 20 de este mes.

 

En la orden se resolvían cinco días de arresto y una multa de cerca de $6 millones por el aparente incumplimiento al fallo de tutela proferido por el Juzgado Cuarto Promiscuo Municipal de La Dorada.

 

En la tutela Diego Mauricio Rubio, quien estuvo vinculado al magisterio como docente de educación física, solicitó en abril de este año información sobre por qué se le adeudaba hasta la fecha los sueldos de septiembre, octubre y noviembre del 2023, más la liquidación.

 

La Secretaría informó a través de un correo que no se encontraban "en desacato, ni en mora de dar respuesta, por cuanto los descuentos de nómina y los pagos realizados corresponden a los reportes de incapacidad y otras novedades (…)".

 

Sin embargo, el abogado de Rubio, Francisco Javier Bejarano, alegó que la respuesta emitida por la entidad no era de fondo, por lo que no fue emitido el respectivo paz y salvo solicitado. El 22 de mayo Diego Mauricio Rubio solicitó iniciar el trámite de incidente de desacato contra la Secretaría de Educación de Caldas.

 

Así las cosas el Juzgado Cuarto solicitó unos requerimientos que, de acuerdo con la orden de sanción, fueron ignorados por el despacho. Y se Anotó:

 

"La obligación de la Secretaría incidentada es de de dar una respuesta de fondo, clara y congruente de acuerdo con lo solicitado en el derecho de petición presentado por el incidentante, de ahí que, no se limita a una simple inscripción de un mandato en un fallo de tutela, sino que supone un despliegue inmediato de gestiones por quienes tienen la potestad de dar cumplimiento a la providencia y propiciar la salvaguarda del derecho amparado (…) ".

 

Error en el correo

Por lo tanto el juez concluyó que incurrieron en desacato. Argumentaron: "Si bien ya enviaron una respuesta al correo electrónico aportado por el incidentante, no es una respuesta de fondo".

Como respuesta, la Secretaría se pronunció el 21 de junio a través de correo electrónico en el que adjuntó oficios e informó que por error remitió la respuesta al correo electrónico almacenjn@hotmail.com y no a las direcciones electrónicas dispuestas por el actor dimaru88@hotmail.com y javierbejarano1220@gmail.com, en las cuales remite información reclamada por Rubio.

 

Además ayer, finalmente, se envió el paz y salvo y hoy la cartera allegó al correo institucional del Despacho el informe de cumplimiento de la sentencia, en el cual se pronunció sobre los salarios y se informó al señor Rubio sobre las fechas en que recibirá los emolumentos.

 

Con base en lo anterior, el Juzgado Segundo concluyó que a la fecha se superó el motivo que dio lugar a promover el incidente de desacato frente a la sentencia de tutela y que no hay lugar a confirmar la sanción.

 

 


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