Alfonso Rodríguez Ramírez, alias el Novillo, fue catalogado por las autoridades como de los hombres que impulsó las Autodefensas Unidas de Colombia en el norte del Huila. Fue capturado junto a su hermano.

Alfonso Rodríguez Ramírez, alias el Novillo, fue catalogado por las autoridades como de los hombres que impulsó las Autodefensas Unidas de Colombia en el norte del Huila. Fue capturado junto a su hermano.

Autor

LA PATRIA| MANIZALES

El exparamilitar Alfonso Rodríguez Ramírez está recluido en la cárcel Doña Juana, de La Dorada, pagando una pena de 40 años de prisión por concierto para delinquir, tentativa de extorsión, secuestro extorsivo, homicidio en persona protegida, hurto calificado y agravado, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego agravado, desaparición forzada agravada y desplazamiento forzado

Pidió el beneficio de 72 horas de permiso, pues consideró que ya cumplía con el tiempo para tal fin. Sin embargo, el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de La Dorada se lo negó. Apeló ante el Tribunal Superior de Manizales, que confirmó tal decisión.

Se explicó que el sujeto purga 40 años, por la acumulación jurídica de cinco condenas: tres impuestas por la justicia especializada y las otras dos por la justicia ordinaria. Alfonso lleva en detención física 10 años, 7 meses y 17 días, lo que sumado a la redención de pena (3 años, 3 meses y 14,9 días) arroja un total de 13 años, 11 meses y 1,9 días, "lo que demuestra que el condenado está lejos de cumplir lo requerido. Es decir, 28 años".

Para el permiso

  1. El permiso de 72 horas se da cuando:
  2. Estar en la fase de mediana seguridad.
  3. Haber descontado una tercera parte de la pena impuesta.
  4. No tener requerimientos de ninguna autoridad judicial.
  5. No registrar fuga ni tentativa de ella, durante el desarrollo del proceso ni la ejecución de la sentencia condenatoria.
  6. Haber descontado el 70% de la pena impuesta, tratándose de condenados por los delitos de competencia de los Jueces Penales de Circuito Especializados.
  7. Haber trabajado, estudiado o enseñado durante la reclusión y observado buena conducta, certificada por el Consejo de Disciplina.

Visita autorizada

Steven Aguirre Camargo purga 30 años por homicidio agravado y tentativa de homicidio. Mató a Juan David García García, de 8 años (foto), y dejó herido al papá del menor, Hernán García Ramírez, en la urbanización La Bastilla, de Tulúa. Dijo ese día que estaba poseido por el diablo y esperó a la Policía para ser capturado.

Pidió que se autorizara la visita de su madre y su hermana menor de edad al centro penitenciario, inscritas en la lista de autorizadas por él para su ingreso al penal. Le negaron en primera instancia, porque ambas viven en España, "permitiendo inferir que entre el detenido y la menor no existe un vínculo estrecho de familiaridad, surgido a partir de la existencia de lazos de convivencia, afecto, respeto, solidaridad, protección y asistencia, pues su hermana ha vivido en otro país gran parte de su vida. La conducta desplegada por Aguirre Camargo afectó uno de los bienes jurídicos de más cara valía, la vida y la integridad personal de un menor de edad, por lo que el condenado no cumple".

Sin embargo, el Tribunal Superior de Manizales sí lo autorizó, porque consideró que existen lazos entre el sentenciado y su hermana. Además, el sujeto está en octavo semestre del programa de Filosofía ofertado por la UNAD, evidenciado que pretende una verdadera reinserción social.

 

Temas Destacados (etiquetas)