LA PATRIA | MANIZALES
Un Juzgado Civil del Circuito de Anserma ordenó tres días de arresto contra el alcalde, Alejandro Londoño Medina y su secretaria de Planeación, Daniela Muñoz Arias, por desacato a una acción de tutela.
El asunto se relaciona con una protección a la integridad personal que solicitó, por vía judicial, Sandra Paola Arenas López, cuya propiedad se vio afectada luego del desprendimiento de un talud en la Avenida El Libertador. En ese hecho, ocurrido en abril, murió una persona, al colapsar otra estructura.
La tutela se tramitó y en septiembre 8 se profirió fallo a favor de la accionante. Se ordenó a la Alcaldía y a Corpocaldas, de acuerdo con las competencias de cada entidad, iniciar en un término de 15 días las obras de estabilización del talud.
La obligación fijada tenía que ver con un convenio el cual debía modificarse para que se adelantara la ejecución del mismo. Aunque la tutela fue apelada, el Tribunal Superior de Manizales la confirmó
Incumplimiento
El 6 de diciembre la accionante se presentó de nuevo ante el Juzgado y contó que las obras ordenadas no se ejecutaban, lo que dio origen a la apertura del incidente de desacato y se pidieron las respectivas explicaciones.
En la providencia del juez de tutela, se indicó que Corpocaldas había cumplido con lo ordenado en la sentencia, porque entregó los estudios y diseños que era su parte, pero se evidenciaba que la Alcaldía y la Secretaría de Planeación lo incumplieron, porque no habían contratado la obra.
Por lo anterior, se desvinculó a la autoridad ambiental, pero en relación con el alcalde Londoño Medina y la secretaria Muñoz Arias se concluyó que seguían vulnerando el derecho de Sandra Paola Arenas.
El juzgado llamó la atención en que si bien el alcalde y su secretaria solicitaron un certificado de disponibilidad presupuestal el 11 de este mes, ello no acredita el cumplimiento de la acción de tutela que ordenó “la ejecución de las obras de estabilización conforme con los estudios y diseños realizados por la autoridad ambiental y que fueron entregados a la entidad territorial el 25 de agosto de 2021”.
En conclusión, se cumplieron cuatro meses desde que se ordenó por vía judicial proteger el derecho de la accionante a la integridad personal, sin que se cumpliera la orden del juez y por ello deben cumplir los tres días de arresto.
Proceso disciplinario
La secretaria de Planeación enfrenta por este mismo caso un proceso disciplinario, luego de que el alcalde le compulsara copias para que se le investigue.
En domicilio
El Juzgado de tutela precisó que en consideración a las medidas adoptadas por la emergencia sanitaria los tres días de arresto se debe cumplir en el domicilio de cada uno.
Foto | LA PATRIA
El talud que está sin intervenir.
Daniela Muñoz Arias, secretaria de Planeación, .
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