Jesús Ramiro Zapata

Foto | Tomada de El Espectador | LA PATRIA

El Estado deberá instalar en la escuela donde trabajó Zapata una placa en tributo; elaborar y difundir un documental audiovisual sobre su labor como defensor de derechos humanos. 

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este lunes a Colombia por el asesinato del profesor y defensor de derechos humanos, Jesús Ramiro Zapata, a manos de paramilitares en el año 2000 y por la impunidad en la que se encuentra el crimen.

En la sentencia notificada este lunes a las partes, la CorteIDH determinó que el Estado colombiano es responsable por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a la honra y dignidad, al trabajo, a las garantías judiciales, a la protección judicial y al derecho autónomo a defender los derechos humanos, en perjuicio de Jesús Ramiro Zapata.

Además, la Corte declaró la responsabilidad del Estado por las violaciones cometidas en perjuicio de sus familiares, particularmente a su integridad personal y la afectación a su proyecto de vida, como consecuencia de los hechos del caso.

 

¿Quién era Jesús Ramiro Zapata?

Docente, sindicalista y defensor de derechos humanos fue asesinado el 3 de mayo de 2000 en el Municipio de Segovia, Departamento de Antioquia.

Entre 1994 y 1997 la víctima fue objeto de labores de inteligencia ilegales en su contra, en el marco de las cuales fue erróneamente señalado como miembro del Ejército de Liberación Nacional (ELN).

 

Sentencia de la Corte 

La Corte consideró que "los hechos del caso ocurrieron en un contexto de violencia política estructural en Colombia, caracterizado por la estigmatización de la disidencia política como 'enemigo interno', la persecución de defensores de derechos humanos, docentes y sindicalistas, y el accionar de estructuras paramilitares frecuentemente en colaboración, tolerancia o aquiescencia de agentes estatales".

Zapata centró su labor en la denuncia y visibilización de masacres cometidas en Segovia y Remedios y a partir de la década de 1990.

"Fue objeto de un patrón persistente de hostigamiento estatal y paraestatal, que incluyó investigaciones penales sin sustento, señalamientos provenientes de informes de inteligencia militar, allanamientos, interceptaciones telefónicas, detenciones arbitrarias y estigmatización como presunto colaborador de grupos armados ilegales", indicó la CorteIDH.

"Pese al conocimiento que las autoridades tenían de esta situación de riesgo, no se adoptaron medidas eficaces para neutralizarla ni para poner fin a los señalamientos en su contra", detalló la sentencia de la CorteIDH.

 

Reconocimiento del Estado

En relación con la investigación del asesinato y de los actos de hostigamiento, la Corte concluyó que el Estado incumplió su deber de debida diligencia, ya que las investigaciones penales se caracterizaron por "irregularidades, demoras injustificadas y una falta sostenida de impulso procesal, sin que se identificara, juzgara y sancionara a los responsables materiales e intelectuales".

Los jueces ordenaron al Estado colombiano impulsar, dirigir y concluir, las investigaciones dirigidas a esclarecer el homicidio de Zapata; garantizar la eventual rectificación, cancelación o eliminación de los datos sobre Zapata que consten en los archivos de inteligencia; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad.


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