Equivocaciones presidenciales
Señor director:

La Constitución Política de Colombia establece claramente que las funciones del presidente son, entre otras, administrar y ejecutar las cuestiones del Estado, dirigir el país, garantizar los derechos y libertades de los colombianos y velar por el orden público; en ningún aparte expresa que el mandatario puede promover protestas, manifestaciones, movilizaciones, marchas y mucho menos una huelga general, tal y como lo indicó Gustavo Petro, minutos después de que el Senado no aprobara la consulta popular con l2 preguntas.
El mandatario colombiano debe acatar, respetar y hacer cumplir las disposiciones de los órganos legislativos y judiciales; hemos conocido situaciones de presidentes que, ante un fallo contrario a sus intereses, declaran que no están de acuerdo, pero lo acatan...
Ante la negativa del Senado a la consulta popular y las declaraciones del mandatario Gustavo Petro no existe ninguna duda de que el interés de las 12 preguntas era, ante todo, con fines políticos; además el procedimiento de la consulta le costaba al país algo más de 700 mil millones de pesos que mejor podrían ser destinados al pago de la millonarias deudas a las EPS o en la seguridad y orden público del país.
Somos muchas las personas que estamos de acuerdo, apoyamos, respetamos y felicitamos al Senado con la negativa a la consulta popular, por la millonaria inversión, el poco tiempo del que dispone la Administración del presidente, Gustavo Petro, menos de 15 meses, y la proximidad del debate electoral del próximo año. Como lo decidió el Senado, la realización de una consulta popular no es conveniente para Colombia y es inapropiada por el momento que vive el país.
Jorge Giraldo Acevedo

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