La ex ministra del Deporte, Astrid Rodríguez, comienza su carta de renuncia de la siguiente increíble manera: “Teniendo en cuenta nuestra conversación de semanas anteriores, reitero mi deseo de dirimir del cargo de Ministra del Deporte a partir del 15 de febrero de 2024”. De acuerdo con esto, no renunció, porque, de las dos acepciones que tiene el verbo ‘dirimir’, ninguna es ‘dimitir’, el verbo que debió emplear. En efecto, ‘dirimir’ (del latín ‘dirimere’ -‘separar, dividir’), verbo transitivo, es  “deshacer, disolver, desunir, ordinariamente algo inmaterial: dirimir el matrimonio”. También “ajustar, concluir, componer una controversia”. ‘Resolver, ajustar, anular’ son otros de sus sinónimos. En cambio, ‘dimitir’ (del latín ‘dimittere’ -‘enviar a varios puntos, licenciar, renunciar’), verbo intransitivo* (rige la preposición ‘de’), quiere decir “comunicar alguien a la autoridad correspondiente o a la persona a quien corresponda el nombramiento, su decisión de abandonar cierto cargo que desempeña” (M. Moliner). *Nota: cuando se menciona el cargo, ‘dimitir’ es transitivo (no pide preposición), por ejemplo, ‘dimitió la presidencia’. 

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Aunque los verbos ‘asignar’ y ‘designar’ vienen del mismo verbo latino ‘signare’ (‘marcar con una señal, señalar, marcar, notar, caracterizar’), el respectivo prefijo los hace diferentes. En un titular de LA PATRIA aparece empleado el primero por el segundo, así: “Excandidato a la Alcaldía de Manizales Carlos Arias, asignado como procurador municipal” (15/2/2024). Castizamente, “...fue designado como procurador municipal”, porque ‘designar’ (del latín ‘designare’ -‘señalar para un cargo’) significa, entre otras cosas, “señalar o destinar a alguien o algo para determinado fin”. O “Al excandidato a la Alcaldía de Manizales (...) le fue asignada la procuraduría municipal”, porque ‘asignar’ (del latín ‘assignare’ -‘asignar en una distribución, repartir’) quiere decir, entre otras cosas, “señalar lo que corresponde a alguien o algo”. Para expresar correctamente una idea es indispensable utilizar los términos adecuados. 

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Una de las primeras frases del artículo del columnista Luis Guillermo Giraldo sobre Gutenberg es ésta: “Y de bibliotecas también, cuyas son el amparo y el refugio, más humanidad y más sabiduría”  (LA PATRIA, 17/2/2024). ‘Cuyas son’ es una construcción literaria corriente en la época de los grandes oradores al estilo de Silvio Villegas, pero hoy en día, prácticamente, en desuso. A pesar de que no me sonó bien el femenino ‘cuyas’, en un principio me pareció castizo. Pero, luego, y hecho un breve  análisis, lo hallé incorrecto. La explicación, muy sencilla, es ésta: todos los adjetivos y pronombres posesivos concuerdan en género y número con la cosa poseída, no con el poseedor, y siempre con sentido genitivo (de posesión). ¿Entonces? Así: “Y de bibliotecas, cuyos son el amparo y el refugio”, es decir, ‘de las cuales, o de las que, son...’.  Como ‘...el Dios todopoderoso, cuyas son la justicia y la misericordia’ (‘de Quien son...’). En la misma columna le leí: “Por eso, no obstante haber sido tan mayor revolucionario desarmado, y universal, y permanente...”. “Tan mayor” es redundante (y suena mal, además), pues ambos términos son comparativos: es como decir ‘tan más grande’. Esa construcción pleonástica pudo ser reemplazada por ‘tan importante’, ‘tan influyente’, etc. 

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En una entrevista que la periodista Adriana Villegas concedió a LA PATRIA Radio, dijo: “Las mujeres siempre hemos escrito, sí hay ancestras que podemos leer” (19/2/2024). Si hubieses puesto ‘sí hay antepasadas’, le habría quedado la frase que ni escrita por la columnista dominical. La primera vez que oí este cacofónico vocablo fue de labios de Francia Márquez (de mis ancestros y mis ancestras’), la jefe del ministerio de la Inutilidad y el Despilfarro. Y es que, además de malsonante, no es castizo. Ello es que ‘ancestro’ (del francés ‘ancêtres’ -‘aquellos de los que uno desciende’) es un sustantivo masculino que significa, no sólo ‘antepasado’ –hombre o mujer–, sino también ‘herencia’, que podría calificarse de ‘genética’, pues alude al “rasgo o rasgos que continúan advirtiéndose en sus descendientes”). Nota: el sustantivo ‘ancestro’ aparece por primera vez en la vigésima primera edición de El Diccionario (1992); y el adjetivo ‘ancestral’ (‘perteneciente o relativo a los antepasados’, ‘tradicional, atávico’), desde su décima novena edición (1970).