La Corte Constitucional suspendió el Decreto 1390 del 2025 mediante el cual el gobierno declaró el estado de emergencia económica. Es la primera vez en la historia que el alto tribunal deja transitoriamente sin efectos una noma de esta naturaleza. Consideró que las medidas tomadas por el ejecutivo podrían causar “daños irreparables” en materia de recaudo de tributos, que por vía ordinaria hubieran requerido aprobación del Congreso.
El Gobierno presentó como tenía que ser, en la segunda mitad del año pasado, el proyecto de presupuesto para el 2026. Sabía que era un presupuesto desfinanciado, y en vez de ajustarlo, lo defendió sobre el supuesto de que el Congreso le aprobaría luego una ley de financiamiento o reforma tributaria para adicionarle algo más $16 billones.
El Gobierno estaba advertido por gremios económicos, centros de pensamiento, académicos, exministros de Hacienda y el mismo Banco de la República que llamaron la atención sobre la necesidad de que ajustara los gastos o incrementara los ingresos. El ministro Guevara, de Hacienda, fue despedido del cargo a los pocos días de posesionado porque le habló al presidente de la urgencia de hacer esos ajustes.
Las Comisiones económicas de Senado y Cámara decidieron no aprobar esa iniciativa y el presupuesto quedó deficitario. Sin ningún rubor el presidente declaró el estado de emergencia económica y bajo su amparo implementar su reforma tributaria. Esta decisión fue un zarpazo a las atribuciones asignadas constitucionalmente al Congreso. La Constituyente del 91 se convocó entre otras cosas con la consigna de acabar con el Estado de Sitio consagrado en el artículo 121, que le otorgaba al presidente de la república poderes casi dictatoriales. Bajo su vigencia se cometieron muchas arbitrariedades y se violentaron muchos derechos. Se debilitó el Estado Democrático de Derecho; por largos períodos desapareció el sistema de pesos y contrapesos. En las democracias reales el poder controla al poder; lo dijo hace varios siglos Montesquieu.
La Corte tendrá que decidir luego si declara o no ajustada a la Constitución la declaratoria de la Emergencia. Las razones para hacerlo están definidas por la Carta Política: “…cuando sobrevengan hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país o que constituyan grave calamidad pública podrá, el presidente… declarar el Estado de Emergencia Económica…”. A juicio de muchos analistas el presidente al declarar la emergencia económica “incurrió en vicios sustanciales en la valoración de los hechos que la fundamentaron… y por lo tanto desconoció la existencia de mecanismos jurídicos ordinarios que podían utilizarse para enfrentar las dificultades”.
Los problemas que señala el Decreto como sobrevinientes y extraordinarios hacen parte de una crisis estructural que en alguna medida se ha agravado gracias a acciones u omisiones de este Gobierno. Muy seguramente la Corte declarará infundadas las razones alegadas por el Gobierno para esta declaratoria. Queda sí la sensación de que el presidente Petro con el paso de los días acentúa su estilo autoritario.
Steven Levitzki y Daniel Ziblatt autores del libro Cómo Mueren las Democracias esbozan dos actitudes del líder autoritario: una, el débil compromiso con las reglas democráticas de juego; otra, negar la legitimidad de los adversarios.
El presidente ha pretendido arrebatarles competencias constitucionales al Congreso y de paso insulta a los magistrados y a los congresistas con la intención de restarles legitimidad. Afortunadamente para Colombia y para la vigencia de nuestro imperfecto Estado Democrático de Derecho, al despertar, Petro se dio cuenta que las instituciones estaban ahí…