Martha Lucía Gómez
Profesional en Desarrollo Familiar. 25 años como periodista de La Patria. Actual editora de Opinión del periódico La Patria. Temas de interés: política, economía, salud, educación, cultura, deporte, seguridad y todo el acontecer local, regional, nacional e internacional.
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La pérdida de investidura de tres concejales del municipio de Risaralda por decisión del Consejo de Estado calca las debilidades de los concejos en cuanto al desconocimiento de las leyes y las normas que los rigen en el país; la falta de formación y preparación de los concejales, y de acción para buscar asesoría que les evite caer en graves errores que se pagan con la propia curul, como les sucedió a estos concejales que integraban la bancada del Partido de la U.
El fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo de Caldas, del 19 de noviembre del 2025, fue el comienzo de lo que popularmente se llama muerte política, ratificada para los ya exconcejales Daniel Bedoya Ospina, Yeni Paola Ramírez Orozco y Liliana Osorio Martínez al haber incurrido en conflicto de intereses por no declararse impedidos para votar a favor de Edier de Jesús Sánchez Uribe, elegido secretario general del Concejo de Risaralda durante la sesión del 2 de enero del 2024, día en el que se posesionaron.
El impedimento tiene que ver con que el secretario integró en el 2023 la lista de candidatos de la U para el Concejo de Risaralda (2024-2027), perdió, y se presentó luego a esta convocatoria en la que fue escogido por votación de los concejales, aún teniendo interés directo y particular en el asunto; además, los tres concejales participaron en una votación posterior que mantuvo a Sánchez en el cargo hasta el 2025 y sin convocatoria pública como obliga la ley.
La defensa dice que por la limitada formación académica los concejales desconocían que existiera causal de impedimento, y eso restringió la capacidad de interpretar el régimen jurídico, además que el Concejo de Risaralda carece de asesor jurídico permanente para identificar estos riesgos. Este caso no es el único en Caldas, dos concejales del Partido Liberal de La Dorada fueron demandados por la misma causa y el Tribunal Administrativo falló en primera instancia declarando también pérdida de investidura. Habrá que esperar si el Consejo de Estado lo ratifica, como sucedió con los de Risaralda, y muy seguramente habrá más concejales en iguales aprietos en todo el país.
Esto debería motivar que el Congreso modificara la Ley 136 de 1994 en lo que se exige para ser concejal: “Ser ciudadano en ejercicio y haber nacido o ser residente del respectivo municipio o de la correspondiente área metropolitana durante los seis meses anteriores a la fecha de la inscripción o durante un período mínimo de tres años consecutivos en cualquier época”.
Esos siguen siendo requisitos obsoletos, básicos, y lo que requieren los concejos municipales son personas que conozcan cómo funciona lo público para cumplir el deber de aprobar proyectos, hacer un efectivo control político y preservar el adecuado funcionamiento de las corporaciones. Esto también deja al descubierto los errores de los partidos y organizaciones políticas, que antes de conceder un aval para ser candidato deberían verificar que quienes aspiren sean personas cualificadas y que causen los menores riesgos posibles al ejercicio de representación, pero no lo hacen.
Como ciudadanos, causa mucha desazón asistir a sesiones con concejales que no hablan ni debaten los proyectos ni estudian ni conocen los municipios, que no argumentan, que no se asesoran ni investigan. La excusa no puede ser que los concejos no tienen asesoría jurídica, para ello están la academia, los consultorios jurídicos, la Función Pública, la ESAP, entre otros que de manera gratuita brindan orientación y evitan que los concejos sigan cayendo en estas graves faltas.