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Hay que reconocer que la Procuraduría General de la Nación se desgastó en las funciones que cumplía y esto ha sucedido a lo largo del tiempo por varios motivos: porque cumple funciones que otros organismos pueden asumir o ya hacen en otra medida, porque se volvió un nido de burocracia para pagar favores a los amigos políticos del Gobierno de turno, porque en muchos casos los procuradores judiciales con sus elevados salarios apenas si cumplen mediocremente su función. A esto hay que sumarle que desde hace rato se incumple un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que le indicó a Colombia que no puede un ente administrativo sancionar con destitución a una persona que fue elegida por voto popular, que esto es función de los jueces.
 Se ha armado un debate en el país por la propuesta hecha desde el Gobierno entrante de Gustavo Petro, porque hay quienes lo consideran una revancha. Hay que recordar que al entonces alcalde de Bogotá la Procuraduría lo sancionó con suspensión del cargo y destitución, pero ahí fue donde actuó la Corte IDH para llamar al orden al país y hacerle caer en la cuenta del galimatías jurídico que se había creado con este organismo, que para los jueces interamericanos resulta tener una potestad excesiva. Descabellado es pensar que esta propuesta debe llevarse a plebiscito, porque justo eso es lo que abre la puerta para golpear las instituciones y colgar de ahí cantidad de cambios que se pueden hacer por los procedimientos previstos por la propia Constitución.
 Desde este mismo espacio, en varias oportunidades hemos planteado la necesidad de que la Procuraduría desaparezca. Su labor de defensa de los derechos humanos la cumple ya la Defensoría del Pueblo, que puede fortalecerse; las personerías y los órganos de control interno disciplinario, también tienen función disciplinaria y pueden mejorar en ello; y la función de Ministerio Público, ya la cumplen los defensores y los propios jueces, sobre todo en el derecho penal, en el que la Fiscalía se torna acusadora. Tampoco le han hecho bien, personas que han estado allí como titulares para imponer su visión de lo público con sesgo y no para cumplir el mandato para el que fueron investidos.
 Así que la idea no es descabellada como muchos la hacen ver. La Constitución de 1991, en su afán de modernizar las instituciones del país, creó prácticamente una cuarta rama del Poder Público, que se sumó a las tradicionales ejecutiva, legislativa y judicial, lo hizo con los organismos de control (Ministerio Público con función disciplinaria y Control Fiscal), al tratar de elevar su independencia. Este ensayo de buenas intenciones terminó con personajes con mucho poder y con una nómina que podía saciar el apetito de los políticos y así se desgastaron, pensando que había allí posibilidades para crecerse políticamente.

Así que vale la pena dar el debate sobre cómo se puede remplazar la Procuraduría sin que se afecten los derechos de los procesados, manteniendo un control disciplinario a o en los entes públicos y entregando las pocas funciones que le quedan ya como garante de Derechos Humanos a la Defensoría del Pueblo. La empresa privada tiene procesos internos disciplinarios, de esta puede aprender mucho lo público, igual que en el control fiscal, del que ya hay larga tradición en el país con los revisores. Así que es importante pensar en esta posibilidad como una realidad plausible.