Fecha Publicación - Hora

La Corte Constitucional, en una decisión que ha generado toda clase de reacciones, negó una acción de tutela presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe, con la que se pretendía enterrar de manera definitiva el proceso en su contra por los supuestos delitos de soborno y fraude procesal.

La Sala Plena en una votación con resultado 4-5 ratificó que la imputación contra el exmandatario, máximo líder del partido Centro Democrático, sigue vigente, y que la investigación realizada por la Corte Suprema de Justicia no puede desecharse como pretendían los abogados de Uribe. La indagatoria en el alto tribunal (Ley 600) equivale a imputación de cargos en el Sistema Acusatorio (Ley 906), señaló la Corte Constitucional.

Debemos recordar que, para evitar que la Corte Suprema continuara con esa investigación, la cual consideró sesgada en su contra, el expresidente y exsenador renunció al Congreso de la República, con lo que hizo que su imputación quedara en manos de la Fiscalía General de la Nación, en donde el fiscal Gabriel Jaimes, designado por el fiscal general Francisco Barbosa, pidió la preclusión de la investigación en meses pasados.

La decisión de la Corte Constitucional no solo mantiene viva la imputación contra Uribe, sino que abre la puerta para que otras instancias de la justicia, distintas a la Fiscalía, sigan adelante con la investigación. La tutela que perdió el expresidente fue presentada luego de que una jueza de Bogotá consideró que las pruebas y actuaciones de la Corte Suprema en el caso de los falsos testigos conservaban validez, sin importar que Uribe haya querido escoger un juez distinto al renunciar al Senado.

Tras este hecho jurídico, es claro que un congresista que renuncie a esa corporación cuando su juez natural, la Corte Suprema, lo esté investigando por un presunto delito no significa que lo actuado allí pierda validez, y que así se quiera evadir al alto tribunal y el caso pase a la justicia ordinaria no se podrá arrancar de ceros, como se pretendía en este caso, sino que las pruebas aportadas por la Corte tienen que ser tomadas en cuenta.

La Fiscalía no puede ignorar esas pruebas, y para pedir condena, absolución o prescripción, como en este caso, también debe incluirlas en sus decisiones. Así las cosas, un despacho de Bogotá decidirá si la investigación al expresidente debe seguir o no, pero en cualquier caso tal fallo podría ser apelado y revisado por el Tribunal Superior de Bogotá, y no puede descartarse que el proceso termine en la Corte Suprema, aunque en una sala distinta a la que indagó a Uribe.

La decisión de la Corte en el caso del exgobernador de Santander y exsenador Mauricio Aguilar, quien, igual que Uribe, renunció a su fuero, es elocuente y coherente: “no puede admitirse una especie de nulidad sobreviniente que partiría no de la vulneración alguna a garantías ni de la ilegalidad de lo actuado, sino de la libre voluntad del señor Aguilar Villa, que ejerció su derecho de escoger el procedimiento de la Ley 906 de 2004 al renunciar a su curul de senador”. Queda claro que la posibilidad de renunciar al fuero no puede ser una jugada, ni un atajo, para tratar de evadir la acción de la justicia.