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No se trata de minimizar el alcance jurídico contenido en las facultades de un organismo como la Procuraduría General de la Nación, tampoco de bajarle peso o aceptar actuaciones irregulares de servidores o de funcionarios públicos que infringen leyes y normas.
Si el Congreso de la República quiere evitar nuevos dolores de cabeza en materia de investigaciones disciplinarias sobre sus corporados a través de decisiones de la Procuraduría General de la Nación, tiene que modificar las normas que permiten al Ministerio Público investigar y sancionar a los funcionarios elegidos por voto popular. Algunos congresistas, el Gobierno nacional o la misma Procuraduría debería formular y radicar un proyecto de ley que modifique que los elegidos sean sujetos disciplinables por esa entidad. Deberá entregarse la competencia a un ente judicial. Mientras tanto, seguirá existiendo un limbo jurídico en el país porque el procedimiento establecido riñe con mandatos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Este galimatías se convirtió en un rifirrafe político-administrativo. La bancada de Gobierno en el Congreso y el presidente, Gustavo Petro, se fueron lanza en ristre contra la procuradora, Margarita Cabello. El ente que ella dirige determinó suspender por ocho meses al senador Alex Flórez, del Pacto Histórico, por los vergonzosos actos que protagonizó en septiembre del año pasado en Cartagena, en estado de alicoramiento y en los que agredió a miembros de la Fuerza Pública. El presidente respondió con sus acostumbrados trinos y escribió que las decisiones de la Procuraduría sobre congresistas electos popularmente son ilegales e inconstitucionales.
Petro aludió a la sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que lo cobijó cuando fue destituido como alcalde de Bogotá e inhabilitado por el exprocurador Alejandro Ordoñez, que aduce la incapacidad de las autoridades administrativas de quitar derechos políticos a personas elegidas por voto popular. La bancada del Pacto se quejó por una sistemática persecución de la procuradora a sus congresistas, motivada presuntamente por asuntos políticos, que pone en riesgo la gobernabilidad y el derecho a legislar a quienes fueron elegidos democráticamente, y acudió al secretario general de la OEA, Luis Almagro, para que se pronuncie y se tomen medidas cautelares.
Como Ministerio Público, lo que dice la procuradora es que actúan basados en pronunciamientos de la Corte Constitucional en cuanto al carácter jurisdiccional que les corresponde a los órganos de control desde lo disciplinario y administrativo, decisiones judiciales que se deben respetar y acatar, y controvertir dentro de las vías que permiten estas actuaciones procesales. Le recordó al presidente Petro que los órganos de Gobierno como los de control están cobijados por la Constitución para operar de forma autónoma e independiente. Sin embargo, la duda ronda en si estos asuntos deberían estar en manos de las oficinas de control interno y disciplinario del Congreso o de qué entes.

No se trata de minimizar el alcance jurídico contenido en las facultades de un organismo como la Procuraduría General de la Nación, tampoco de bajarle peso y aceptar actuaciones irregulares de servidores o de funcionarios públicos que infringen leyes y normas. Lo que debe primar es la juridicidad, y si ya la CIDH emitió sentencia y en aras de hacer valer derechos políticos aclaró que son instancias distintas a las administrativas las que deben resolver sobre si se suspende a personas elegidas popularmente. En vez de convertir este episodio en un enfrentamiento político, por qué no tratar de resolver la ausencia de reglamentación legislativa y llevar a especificar a quién exactamente le corresponderían estas funciones sancionatorias.