
Foto | Archivo | LA PATRIA
El Derecho Internacional Humanitario tiene prohibido el uso de las minas. Serán 11 víctimas reconocidas por hechos en Urabá.
La JEP anunció la acreditación como víctimas de 11 antiguos integrantes del Ejército que resultaron heridos por minas antipersonales entre 1997 y el 2014 en Dabeiba, Turbo y Apartadó, en el occidente antioqueño.
La decisión de la Sala de Reconocimiento de Verdad se presentó luego de que los afectados presentaron el relato de los hechos, así como pruebas sumarias y documentación complementaria.
"Tras analizar esta información, la magistratura determinó que, como consecuencia del uso de minas antipersonales, todos ellos sufrieron lesiones físicas, amputaciones y traumas severos de carácter permanente, que afectaron su integridad y truncaron sus proyectos de vida", indica la JEP en un comunicado.
Sumado a esto, entre ellos hubo quienes solicitaron el reconocimiento de sus seres queridos como víctimas indirectas, a causa de las secuelas físicas y emocionales en sus núcleos familiares y otras 23 personas resultaron acreditadas.
Minas, prohibidas y usadas
Para la JEP, la decisión obedece a que el uso de las minas está prohibido por el Derecho Internacional Humanitario, así como por la legislación colombiana. También, con esto busca reconocer la dignidad y el valor de quienes padecieron por el conflicto en Urabá.
"El auto que resuelve esta acreditación también enfatiza en la gravedad de las violaciones a los derechos humanos y al DIH que implican los artefactos explosivos improvisados. Estas armas, que no distinguen entre combatientes y civiles, han dejado huellas imborrables de dolor en las víctimas y comunidades de la región de Urabá", especifica la JEP.
Por medio de esta decisión se solicita a la Fiscalía General de la Nación que informe sobre las investigaciones en curso relacionadas con estos hechos, y se orden al Grupo de Análisis de la Información (Grai) georreferenciar los lugares donde ocurrieron los incidentes.
También, la Secretaría Ejecutiva, a la Oficina Estructuradora de Proyectos, la Oficina de Enfoques Diferenciales y a la Oficina de Justicia Restaurativa tendrán la tarea de integrar esto a un proceso de atención integral y restaurativa para las víctimas acreditadas.
El Caso 04, que abarca esta decisión, abarca crímenes cometidos entre 1986 y 2016 en los municipios de Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá, Dabeiba y San Pedro de Urabá (Antioquia); El Carmen del Darién, Riosucio, Unguía y Acandí (Chocó); Tierralta y Valencia (Córdoba).
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