LA PATRIA| MANIZALES
Un caso de hace siete años, ocurrido en Bonafont (Riosucio), terminó con condena para Yonathan Alexis Cataño García. El Juzgado Penal del Circuito de ese municipio le dio 16 años y 8 meses de prisión, por homicidio agravado tentado.
Todo se remonta al 17 de mayo del 2015, sobre las 2:00 de la mañana, cuando Javier Andrés Cárdenas Pinzón arrimó a la discoteca Capri, ubicada en el casco urbano de Bonafont, con el objetivo de buscar a su primo Dídier Trejos.
Sin embargo, en la entrada estaba Cataño García, quien le puso zancadilla a Javier Andrés. Este último le reclamó y siguió su marcha. Pese a eso, el agresor lo alcanzó y lo apuñaló en ocho veces en espalda, brazos, tórax y abdomen (con exposición de vísceras).
El herido corrió hacia la Estación de Policía, en busca de auxilio, desde donde lo trasladaron hasta el hospital San Juan de Dios de Riosucio. Allí lograron salvarle la vida. Antes de la intervención les alcanzó a contar a los uniformados quién lo atacó. Su incapacidad fue de 50 días.
Al señalado, de 28 años, lo llevaron a ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Riosucio en Función de Control de Garantías, en julio pasado. No aceptó cargos. Esta semana le dictaron sentencia. Estaba libre y ordenaron detenerlo.
La víctima narró en el juicio que cuando sintió las puñaladas solo atinó a gritar: Me dañaron, me dañaron. "De antes distinguía a Yónathan porque era mototaxista, como yo, además de vivir en la misma vereda. Nunca nos relacionamos, ni tuvimos problemas personales antes de esos hechos. Él estaba como empericado”.
Los dos policías que auxiliaron al herido explicaron que este siempre señaló como atacante al hoy condenado. "Nótese, a partir de esta valiosa información proveniente de dos servidores públicos, neutrales y imparciales, cómo la víctima desde un comienzo, segundos después de recibir la agresión, lanzó un señalamiento directo contra Yonathan Alexis", narró el Juzgado.
La defensa apeló ante el Tribunal Superior de Manizales. Indicó que el autor del atentado fue otro. El despacho compulsó copias para investigar a un testigo que, "pese a jurar que diría la verdad, faltó a ella, pues quiso favorecer los intereses del acusado Cataño García señalando a otra persona, alias Pato, como responsable del ataque, sin serlo".
El 25 de marzo, cuando se iba a proferir sentencia de primera instancia, el gobernador del Resguardo Indígena Escopetera y Pirza allegó un memorial a través del cual solicitaba audiencia de cambio de jurisdicción. El juez negó la petición por extemporaneidad.
Sin embargo, se le comunicó al Inpec la acreditada condición indígena ostentada por Yonathan Alexis, para que disponga lo administrativamente necesario para ubicarlo en un pabellón adecuado para detenidos con dicho fuero.
Víctima y victimario son mototaxistas.
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