
Foto | Archivo | LA PATRIA
El hombre atacó a la mujer con arma blanca.
Miguel Eduardo Sánchez Peñuela, el 16 de diciembre del 2023, a las 3:25 a.m., llegó a una vivienda ubicada en la carrera 14B con calle 12, del barrio Sara López, del municipio de La Dorada.
El sujeto ingresó a una casa sin autorización. Allí se encontraban las hijas de la víctima, una de ellas menor de edad.
"El involucrado portaba un cuchillo que empleó para intimidarlas y amenazarlas. Por asuntos laborales, la señora no se encontraba en su domicilio, pero al llegar y acercarse a la vivienda, se percató de los gritos de auxilio de sus hijas. Entró de inmediato y comenzó a forcejear con el agresor, siendo lesionada con el cuchillo en tórax y abdomen, heridas que, gracias a la atención médica, y en especial al procedimiento de 'toracotomía cerrada a drenaje derecho', no desembocaron en su muerte", narró la Fiscalía.
Los vecinos intervinieron, golpearon al sujeto y ante la presencia en el sitio de los uniformados de la Policía Nacional, procedieron a capturarlo en situación de flagrancia.
El proceso
- El 17 de diciembre del 2023, ante el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de La Dorada, se llevó a cabo el control de legalidad de la captura, la cual fue avalada.
- A continuación, se desarrolló la formulación de imputación como autor de homicidio agravado tentado, en concurso con intimidación o amenaza con arma de fuego, elementos o dispositivos menos letales, armas de fuego hechizas y armas blancas. No aceptó y finalmente se le impuso medida de aseguramiento intramural.
- El 6 de mayo del 2024 se divulgó un pacto entre las partes. El convenio consistió en que Sánchez Peñuela aceptaría su responsabilidad como autor de los delitos enrostrados, a cambio de que le fuera impuesta y solo para efectos punitivos la pena del cómplice, 164 meses de prisión: 140 por el hecho de sangre, más 24 por el otro delito.
- El juez le preguntó al señalado si aceptaba esa pena, sin hacerse acreedor a ningún subrogado ni sustituto. Convino la totalidad de los cargos.
- El 7 de junio del 2024 se llevó a cabo la audiencia de lectura de sentencia anticipada, pero la defensa apeló. Consideró que a Sánchez Peñuela se le violaron sus derechos al debido proceso, igualdad, y el principio de proporcionalidad de la pena, "en tanto que suscribió un preacuerdo que su defensor y el fiscal convinieron, sin entender los términos del mismo. Aludió que le fueron modificados los delitos imputados a la hora de condenarlo a actos sexuales con menor de catorce años, lesiones, intimidación y violación de habitación ajena, lo que afectaba la condena fijada".
- Además, que al momento de la captura se encontraba en un alto estado de embriaguez, despertando a los 2 días y sin conocer la casa en que se encontraba ni a las presuntas víctimas, así como tampoco la razón de su estancia en ese sitio. Así mismo, que el arma blanca que le fue descubierta no le pertenecía y que se perdieron sus pertenencias. Que al momento de ser capturado resultó golpeado y que perdió su visión a raíz de las contusiones que le propinaron.
- Explicó que por ello decidió no firmar el acta de derechos de capturado, más cuando le quebraron una costilla y fue atendido en salud 4 meses después, razón por la cual consideró que dadas esas irregularidades se debía declarar la nulidad de todo el proceso.
- El Tribunal Superior de Manizales dijo que no se advierte alguna vulneración del derecho fundamental al debido proceso, la retractación pura y simple no es de recibo en casos de activarse un mecanismo anticipado de responsabilidad y tampoco se postuló ni probó ningún vicio del consentimiento en la admisión de los cargos efectuada por el investigado. "La pena impuesta respetó el principio de legalidad".
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