Foto| Archivo| LA PATRIA  Yeison Leandro Mejía Vásquez, el día de su captura. Juan Víctor Salinas Jaramillo fue condenado a 13 años y 6 meses.

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Yeison Leandro Mejía Vásquez, el día de su captura. Juan Víctor Salinas Jaramillo fue condenado a 13 años y 6 meses.

El oficial de Policía Yeison Leandro Mejía Vásquez fue noticia por enfrentar un proceso judicial, siendo comandante de la estación de Belalcázar. Como se recordará, tras la muerte violenta de un menor de edad indígena, el asesino lo llamó para confesar su delito, pero el uniformado le sugirió desaparecer el cuerpo para no dañarle la estadística de homicidios.

Su caso tuvo movimientos recientes. La Corte Suprema de Justicia decidió no admitir la demanda de casación presentada por su defensor contra la sentencia proferida el 16 de noviembre del 2023 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales.

Sus delitos son encubrimiento por favorecimiento, en concurso con alteración, ocultamiento o destrucción de elemento material probatorio y abuso de autoridad por omisión de denuncia.

 

El caso

  • 1. El 22 de mayo del 2021, un menor perteneciente al resguardo indígena Totumal ingresó a la finca El Recuerdo, vereda La Graciela, de Belalcázar, al parecer con el propósito de coger limones y plátanos.
  • 2. Al percibir su presencia, Juan Víctor Salinas Jaramillo le disparó con un arma de fuego en la pelvis y esa herida le generó la muerte.
  • 3. Salinas Jaramillo ocultó el cadáver y se comunicó con el teniente de la Policía y comandante de la Estación de  del Municipio, Yeison Leandro Mejía Vásquez, quien le "sugirió desapareciera el cadáver, porque no podía permitir que se registraran homicidios en su jurisdicción".
  • 4. Estos hechos fueron denunciados por el Gobernador de la comunidad indígena el 24 de mayo del 2021.
  • 5. El 15 de octubre de ese año, el uniformado preacordó con la Fiscalía su responsabilidad. El pacto fue remitido por reparto al Juzgado Penal del Circuito de Anserma, que se declaró impedido. El 25 de noviembre del 2021, el Juzgado Penal del Circuito de Riosucio declaró no tener competencia y ordenó la remisión al Juzgado 160 de Instrucción Penal Militar.
  • 6. Este último argumentó su falta de competencia. En el 2022, la Corte Constitucional declaró que le correspondía al Juzgado Penal del Circuito de Riosucio conocer ese proceso.
  • 7. La pena fue de 35 meses y se le dio la suspensión condicional de la pena por no superar los 4 años, con acta de compromiso: observar intachable conducta y pagar caución de $200 mil.
  • 8. Las víctimas apelaron por estar en contra de que se le diera la suspensión condicional de la pena y el Tribunal Superior de Manizales revocó la sentencia y negó el subrogado, ordenó su captura para que purgara la pena.
  • 9. El abogado presentó recurso de casación y no se lo admitieron.

 


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