El motociclista multado asegura que tiene su licencia vencida desde el 2023, tiempo desde el que no volvió a usar motocicleta.

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El motociclista multado asegura que tiene su licencia vencida desde el 2023, tiempo desde el que no volvió a usar motocicleta.

Un ciudadano denunció que cuando pretendía renovar la licencia de conducción para motocicleta, le negaron la solicitud. Todo, porque en su contra tiene una multa sin pagar que le impusieron el pasado 2 de febrero en Riosucio.

Esto no solo lo está afectando laboralmente, sino que no encuentra solución y las autoridades de tránsito le aseguran que debe pagar. Para colmo, sostiene que vive en Manizales y nunca ha ido al municipio caldense.

El denunciante sostiene que en marzo pretendía hacer la renovación y se percató de que tenía una infracción tipo C13, por restricciones por limitaciones físicas, impuesta en el sector de Pueblo Viejo. Sin embargo, en su documento no le aparece ninguna limitante.

 

Le cambiaron la infracción con agente diferente

El valor a pagar debería ser de $1 millón 200 mil, y por eso envió una petición a la Secretaría de Movilidad en la que pedía que se le aclarara o se le enviaran soportes del papel firmado por un agente de tránsito del municipio.

La respuesta fue que hubo un error, pero no para cancelar la multa. Le respondieron que obedecía a una infracción tipo C31, por no acatar señales o requerimientos de las autoridades, es decir, fugarse al momento del requerimiento, lo que implica un pago de $930 mil.

Sin embargo, este nuevo documento estaba firmado por otro funcionario. El afectado reiteró que no solo, no conoce Riosucio, sino que desde el 2023 no conduce motocicleta. Nuevamente envió una solicitud a la Alcaldía, y está a la espera de la comunicación.

El denunciante sostuvo que esta infracción fue invento del agente. Dado que su licencia está vencida, de haberlo sorprendido en el sitio, le hubieran inmovilizado el vehículo.

También cuestionó sobre cómo se obtuvieron sus datos personales y de dónde se sacó que tenía limitaciones físicas. También denunció esta situación ante la Fiscalía por falsedad ideológica en documento público.

 

Posibilidad de impugnar

La ley 1843 del 2017 establece que las personas tienen derecho a impugnar comparendos impuestos por medios tecnológicos para que ninguna multa se ponga sin la oportunidad a la defensa o sin pruebas contundentes. El denunciante dice que le negaron este derecho, además de que reconocen que hay un error.

 

¿Qué dice la autoridad?

LA PATRIA intentó dialogar con la secretaria de Movilidad, Mariana Restrepo Ortiz, pero no obtuvo respuesta.

En respuesta a la petición enviada por el ciudadano, la funcionaria le respondió que se había cumplido con los requisitos legales y por eso no podía anularse el comparendo.

Reconoció que hubo un error en el cargue de información al Simit, y por eso se presentó el cambio del C13 al C31, notificación hecha a la Federación de Municipios para que subsanara la anotación. Sin embargo, no explica a qué se debió que las multas tuvieran firmas de agentes diferentes.

 


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