Foto|Ilustración| LA PATRIA
Se agregó que las averiguaciones realizadas con Incocrédito y diferentes entidades bancarias permitieron establecer que aquellas tarjetas no les pertenecían a las dos personas que las tenían en su poder y que varias de ellas contaban con bloqueos por hurto o reclamaciones por transacciones realizadas desde la tarjeta.
Luis Alexánder Yepes Bravo y Hojman Leandro Mendoza Hernández deben pagar por violación de datos personales, luego de que el Tribunal Superior de Manizales confirmó recientemente la decisión de primera instancia.
Lo que hicieron
- -El 18 de mayo del 2022, a eso de las 5:40 de la tarde aproximadamente, mientras se realizaba área de prevención vial y solicitud de antecedentes en la vía Club Campestre – La Trinidad, que corresponde a Manizales, policías detuvieron una camioneta.
- -Allí iban los hoy condenados y al realizarle un registro al carro hallaron escondidas en los cabezales de las sillas delanteras tarjetas de crédito, débito y prepago.
- -5 tarjetas del Banco Caja Social.
- 15 de Davivienda.
- -17 del Banco de Bogotá.
- -7 de AV Villas.
- -6 del Banco Popular.
- -5 de BBVA.
- -4 de Bancolombia.
- -3 de Colpatria.
- -1 de GNB Sudameris.
- -1 del Banco Agrario.
- -1 del Banco de Occidente.
- - 1 de ITAU.
- -1 tarjeta sin identificar la entidad financiera.
- -Se agregó que las averiguaciones realizadas con Incocrédito y diferentes entidades bancarias permitieron establecer que aquellas tarjetas no les pertenecían a las dos personas que las tenían en su poder y que varias de ellas contaban con bloqueos por hurto o reclamaciones por transacciones realizadas desde la tarjeta.
- -Igualmente, que eran auténticas, con lo cual aparecía claro que los sujetos obtuvieron y compilaron códigos y datos personales que son de uso personal e intransferible, de acuerdo con las políticas de las entidades bancarias, porque aquellos permiten realizar transacciones financieras.
Condena


- Tras todo el proceso, terminaron condenados a 42 meses y multa de 387 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por aceptación de cargos.
- La defensa pidió la suspensión condicional de la ejecución de la pena o la prisión domiciliaria. Se las negaron, además porque poseían antecedentes.
- Yepes Bravo tenía condena del 3 de septiembre del 2019, y Hojman Alejandro, del 12 de julio del 2021.
- Este último también cuenta con sanciones anteriores por delitos de hurto por medios informáticos. Y el primero evidencia múltiples sentencias condenatorias proferidas por Juzgados de todo el país (Cúcuta, Ibagué, Armenia) y por idéntico delito.
"Los acusados han dedicado su vida a estos delitos, a recorrer el país para ejecutar sus fechorías y su resocialización ha sido infructuosa, requiriendo en consecuencia la ejecución de la pena", se decidió. El Tribunal confirmó la negativa de beneficios.
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