Colprensa | LA PATRIA | Bogotá
Aunque mucho se ha hablado sobre los efectos que tendrá la Ley de Crecimiento Económico, aprobada esta semana por el Congreso de la República, la verdad es que solo cuando lleve varios meses de entrado en vigencia, se podrá evaluar su eficacia.
Por el momento, expertos aseguran que la norma sí será un alivio en materia tributaria para las empresas colombianas (para algunos necesario, para otros no), pero en cambio, sus beneficios para los más pobres no son tan claros.
En la madrugada de ayer, con 98 votos a favor y 45 en contra, la Cámara de Representantes aprobó el texto de la reforma tributaria como les llegó del Senado evitando el trámite de conciliación.
2020 será la prueba de fuego para esta norma que logró sacar adelante el Gobierno faltando 11 días para que se venciera el plazo que le fijó la Corte Constitucional, para remplazar la fallida ley de financiamiento aprobada el año pasado.
1. Las exenciones
El artículo más importante en esta materia es el 86, de los más controvertidos tanto en Cámara como en Senado. Esta disposición establece una reducción del impuesto de renta para las empresas de todo tipo, del 30% al 33%, que se aplicará de manera progresiva, un punto por año, hasta llegar al 2022.
“Lo que se pretende es que la tasa efectiva de tributación de las compañías sea competitiva a nivel regional. Colombia tenía la tasa efectiva más alta de la región, lo que tiene inconvenientes en inversiones extranjeras”, explicó el analista Diego Cubillos.
Mientras que Jorge Restrepo, director del Cerac, esta política coincide con lo que están haciendo otros países en Latinoamérica y para otros como el investigador de la Universidad Externado Isidro Hernández, lo que han es un regalo a los empresarios.
Pese a estas reducciones significativas en el pago de impuestos de las empresas, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, insiste en que el recaudo para el próximo año, aumentará en vez de reducirse.
La entidad a su cargo espera que en el 2020 el recaudo neto sea de $13,5 billones (un billón más que este año), que se explica por varios factores: un mayor impuesto de renta a personas de mayores ingresos, la sobretasa al sistema financiero, el IVA plurifásico en cervezas y gaseosas, la normalización tributaria, un mayor crecimiento económico y menor evasión gracias a la implementación de la factura electrónica.
Dudas
Además de la controversia por las exenciones generales, hay dos específicas que también resultaron polémicas, la reducción de la tarifa del impuesto de renta para los hoteles nuevos o que sean remodelados en municipios de menos de 200 mil habitantes, y la exención, denunciada por el senador David Barguil, que se otorga a las farmacéuticas colombianas en el IVA que pagan por sus insumos.
Mientras que los ponentes de la iniciativa en el Congreso defendieron esta última porque busca romper el desequilibrio que hoy afecta a las farmacéuticas colombianas frente a las multinacionales y favorecer a los usuarios que pagan altos precios por las medicinas, algunos expertos dudan que este beneficio se traslade a los consumidores.
"Esto parece ser una piñata de devolución de impuestos, donde los mayores beneficiados serán las empresas, en este caso las farmacéuticas. Eso debería beneficiar en precios a los consumidores, pero en un mercado oligopólico como este se fijan precios que no favorecen a los pacientes", agregó Hernández.
2. Los beneficios sociales
Con toda la agitación producto del paro nacional, que comenzó a finales de noviembre, el Gobierno agregó cuatro puntos al proyecto de ley que finalmente fue aprobado por el Congreso: la devolución del IVA a los ciudadanos de más bajos recursos, la implementación de tres días sin IVA repartidos a lo largo del año, la reducción de los aportes de salud para pensionados que reciban uno y dos salarios mínimos y un estímulo a las empresas que contraten empleados jóvenes.
* En cuanto al artículo 19, que establece la devolución del IVA al 20% de la población más vulnerable, se planea hacerlo efectivo a través de programas como Familias en Acción, por medio de los cuales se le reembolsaría a las familias entre 65 mil pesos y 70 mil pesos.
Según Restrepo, esta devolución se sumaría a los esquemas de subsidio que ya existen, con lo cual podría no representar mayor inconveniente cumplir con esta disposición.
“El Ministerio de Hacienda hizo un cálculo con base en las encuestas de hogares para establecer cuánto es lo que un hogar promedio paga por IVA dependiendo del nivel de ingreso del hogar, y eso es lo que se devolvería”, dijo.
Sin embargo, para Hernández, no es tan fácil la identificación de los beneficiarios ni que el efecto sea significativo.
* Mayor escepticismo existe sobre la implementación de los tres días sin IVA al consumo.
Aunque con esta medida, el gobierno procura estimular el comercio, según los analistas, no ha sido recibida como una medida que favorezca a los más pobres, sino a quien tienen mayor poder adquisitivo. A este beneficio solo se podrá acceder a través de pagos con tarjetas débito o crédito, lo cual de por sí ya excluye a un amplio sector de la población.
“Se abre un boquete a la cultura de pagar impuestos, es una especie de amnistía de tres días para que la gente evada el pago del IVA”, explica el economista y abogado José Roberto Acosta.
* Frente al artículo 133 de la reforma, que establece una reducción en el aporte de salud para los pensionados que ganen hasta dos salarios mínimos, la reconocen como buena, pero insuficiente.
De acuerdo con la norma, a quienes reciban dos salarios mínimos se les reducirá al aporte de 12% a 10% en el 2020; mientras que quienes reciban un salario mínimo pasarán de 12% a 8% en el 2020 y a 4% en el 2022.
"Esa medida hay que apoyarla porque, son personas que tienen un ingreso mínimo a las cuales se les aumentaría el bienestar", señala Hernández.
La norma, sin embargo, es mucho menos generosa que un proyecto aprobado por el Congreso en el 2016 que reducía los aportes de salud para todos los pensionados del 12% al 4%. Ese proyecto nunca se convirtió en ley porque fue objetado por el gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos, que consideró que dicha norma afectaba las finanzas de la nación.
La norma, que buscaba reemplazar la Ley de Financiamiento, declarada inexequible por la Corte Constitucional, contiene en su esencia, dos tipos de normas: las exenciones a las empresas nacionales para fomentar la generación de empleo y la competitividad, y los beneficios sociales para personas naturales, que buscan aliviar la situación de los sectores más pobres.
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