De Summo Pontifice eligendo
Señor director:

Para escoger al sucesor del papa Francisco se reunirán en conclave ciento treinta y cinco electores, los “padres cardenales”. La palabra “cardenal” se deriva del latín cardo, cardinis, cuya traducción es “gozne, bisagra”, pues los cardenales son como los puntos de apoyo de la Santa Iglesia Romana.
Esos ciento treinta y cinco cardenales tienen derecho de votar en el conclave por no pasar de los ochenta años de edad. Los mayores de ochenta ni siquiera entran a la Capilla Sixtina, pero sí pueden participar en las “congregaciones” del Colegio Cardenalicio previas al conclave y manifestar sus puntos de vista.
¿Quién puede ser elegido papa? ¿Sólo uno de los ciento treinta y cinco? No, cualquier católico puede ser elegido obispo de Roma, Romano Pontífice, papa universal. Pueden escoger a un cardenal mayor de ochenta años, a un obispo, a un presbítero, a un laico o seglar. Si el elegido no es obispo, es “ordenado” o consagrado inmediatamente como tal para que pueda ocupar la Sede Apostólica.
Son tres los requisitos para ser elegido, según creo: que el sujeto sea varón, no mujer; que sea mayor de edad (para asegurar la suficiente madurez humana); y que no esté impedido por algún defecto mental. Inclusive puede ser seleccionado un hombre no bautizado, caso en el cual se le bautiza, se le confirma, se le da la Primera Comunión y se le confiere el episcopado, supuesta, claro está, su aceptación. Pero en la práctica el elegido es un cardenal, y eso está muy bien así.
¿Cuál es el papel del Espíritu Santo en la elección papal? El Espíritu de Dios ilumina a los cardenales, sin quitarles su libertad. Pueden los electores escoger como papa un candidato indigno o inepto, o ambas cosas, y eso ya sucedió en la historia de la Iglesia, porque humanos somos… De ahí la necesidad de pedir que el Divino Espíritu supla las deficiencias de entendimiento y de voluntad de los padres cardenales, hombres íntegros, sabios y santos, cristianos de acendrada virtud los actuales.
Oremos para que ellos elijan un papa sabio, santo y prudente, el que la Iglesia y el mundo necesitan.
Observador Católico


El presidente y sus marchas
Señor director:

El presidente, según la “Carta Magna”, está para administrar las cuestiones del Estado y ejecutar. El querer del poder primario, o sea los votantes, ya se cumplió y solo están esperando del mandatario que cumpla sus deberes que, entre otros asuntos, son dirigir el país, garantizar los derechos y libertades de los colombianos, y velar por el orden público.
Sí, la Constitución Política de 1991 reconoce el derecho a la protesta social pacífica en su artículo 37. Este derecho está amparado por la libertad de expresión, reunión, asociación y participación en asuntos públicos; en el citado orden jurídico constitucional no se indica que el propio presidente promueva y mucho menos participe en marchas o movilizaciones de protesta. El actual presidente, Gustavo Petro, lo que sí debe procurar es que sus planes, programas o propuestas de cambio sean ejecutadas en consenso con los principales sectores de la sociedad; además, debe respetar las decisiones del poder legislativo, Senado y Cámara, igual que los fallos de la justicia.
Jorge Giraldo Acevedo
 

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