En el 2007, el escritor y periodista bogotano Andrés Felipe Solano aceptó una propuesta de la revista SoHo: abandonar temporalmente su estabilidad económica, social y laboral para experimentar, en carne propia, lo que significa vivir con un salario mínimo en Colombia. Como un investigador forense, dejó Bogotá y se trasladó a Medellín, donde trabajó por seis meses en Tutto Colore, una fábrica de ropa, cumpliendo jornadas de diez horas diarias con 15 minutos para almorzar.
En el barrio Santa Inés, en la Comuna 3 de Manrique, arrendó un pequeño cuarto. Desde allí se desplazaba en transporte público hasta su lugar de trabajo. Aquella experiencia derivó en la publicación, en el 2015, de una crónica titulada “Salario mínimo: vivir con nada”. En una de sus frases afirmó que vivir con el salario mínimo es “vivir en estado de abulia sin que nada importe”. Hasta entonces, el término abulia me era ajeno.
Los diccionarios de psiquiatría la definen como una patología caracterizada por la falta de motivación, energía y voluntad. Tal definición resulta reveladora para comprender por qué, en el sector público como en amplios segmentos del sector privado, el salario mínimo está proscrito o reservado para funciones marginales o no misionales. No motiva, no proyecta, no dignifica; apenas permite subsistir. En Colombia, el salario mínimo ha vuelto al centro del debate público, tras su incremento (23%) del Gobierno actual.
Sin embargo, una aproximación exclusivamente económica resulta insuficiente. El salario mínimo también exige una lectura social, jurídica e histórica que nos remite a las tensiones persistentes entre una visión liberal e intervencionista, orientada a la protección del trabajador, y otra conservadora, amparada en la iniciativa privada y el libre mercado. El fin de la llamada hegemonía conservadora abrió paso a profundas reformas laborales impulsadas por el liberalismo, en especial durante los gobiernos de Alfonso López Pumarejo. La Ley 10 de 1934 introdujo beneficios sociales y prestacionales, mientras que la Ley 6 de 1945, conocida como el Código Sustantivo del Trabajo, consolidó el salario mínimo dejando en manos del gobierno nacional su fijación mediante decreto.
Detrás de este Código se encuentra la figura poco recordada de Adán Arriaga Andrade, considerado el padre del derecho laboral en Colombia, un joven abogado chocoano quien fungió como ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social. Su trayectoria lo llevaría a ser el primer gobernador del Chocó, congresista, académico y magistrado de la Corte Suprema. No es casual que el Código naciera en el entorno chocoano y refleje un enfoque social y proteccionista que, 80 años después, sigue vigente.
Debatir sobre el salario mínimo exige prudencia y sentido humanitario. Quienes viven de él y quienes lo fijan o pagan habitan mundos distintos, cada uno con sus propios encantos y privilegios. A partir de la experiencia de Solano, cabe preguntarse —al estilo de El príncipe y el mendigo, de Mark Twain— si empresarios exitosos y trabajadores que sobreviven de la abulia del mínimo estarían dispuestos a intercambiar, aunque sea por seis meses, sus condiciones laborales.