Quienes van a graduarse como médicos tienen la obligación legal, Ley 23 de 1981, de prometer ante la sociedad el cumplimiento del Juramento Médico, ante la autoridad académica otorgante del título.

Se refieren a esta especie de votos como Juramento Hipocrático, entendido que se desprende de las enseñanzas del griego Hipócrates de Cos, 470-360 a.C, considerado el padre de la medicina occidental, y en unión del otro pilar conocido como Galeno, griego nacido bajo la potestad del Imperio romano, Claudio Galeno Nicon de Pérgamo, 129-216 d.C, dieron las pautas, a quienes aprendían de ellos, sobre la manera como se debería ejercer una ciencia para sanar(!).

La legislación colombiana es mandataria en cuanto a los compromisos adquiridos libremente y que obligan ante la ley.

Pueden ser revalidados como una ratificación a su expreso deseo de ubicarse en la sociedad como una persona dedicada al servicio de los demás congéneres.

El tiempo ha pasado y ha dado oportunidad en Colombia a considerar el ejercicio médico bajo otras perspectivas y, por lo tanto, hay necesidad de ampliar o restringir lo ordenado en la ley cuando se produzca la necesaria modificación de ella, debido al cambio de la manera de ejercer la Medicina en el país, y por consiguiente deben enmendar aquellas normas que no se ajustan a las actuales condiciones que imperan en el territorio colombiano y las cuales son difíciles de regresar a los conceptos previos existentes a finales del siglo XX.

El juramento legal implicaría, porque la ley es válida en la actualidad, que todos los médicos deberían cumplir con la promesa.

Sin embargo, no se cumple por razones que cada médico debe asumir frente a la ley y, por lo tanto, frente a la sociedad.

El compromiso fundamental reza: Consagrar mi vida al servicio de la humanidad. Es un principio intemporal y universal. Lo que implica que será válido hasta que tenga uso de razón con funcionalidad.

Otro mandato expresa: Ejercer mi profesión dignamente y a conciencia. No solamente es su compromiso; debe contar en la actualidad con un entorno que le permita el ejercicio digno, y para ello el Estado, ahora en dificultades, debe ser garante.

La conciencia la deberá formar y mantener sin ambages. Uno más: Velar solícitamente y ante todo, por la salud de mi paciente.

Lo que emerge es la pregunta: ¿Cuánta dificultad existe? La respuesta perentoria es: mucha.

Un precepto que deja muchas inquietudes, tanto empíricas como reales: Considerar como hermanos a mis colegas.

Aquí la interpretación de la noción hermanos debe ser analizada profundamente. Ello no es lo mismo que solidaridad de gremio ni académica. ¿Hoy es fácil cumplir este principio? No, por muchas razones.

Finalmente: Velar con sumo interés y respeto por la vida humana desde el momento de la concepción… Este mandato tiene varias consideraciones modernas y legales. Cada médico debe adoptar su propio código incluido la valedera objeción de conciencia.

El juramento debe ser revisado, pero no derogado.