La democracia Colombiana y su régimen electoral de nuevo nos convocan a las llamadas elecciones locales y seccionales para renovar alcaldes, concejales, ediles, gobernadores y diputados, por el periodo institucional de 4 años, comprendido entre el 2024 al 2027; elecciones a realizarse el próximo 29 de octubre y donde tendremos los electores la oportunidad de pronunciarnos a través del voto sobre el destino que deseamos para nuestras comunidades y territorios de los cuales hacemos parte.
La oferta electoral de octubre sugiere una proliferación de candidatos por la cantidad de personerías jurídicas entregadas a 34 partidos políticos por el Consejo Nacional Electoral y por contabilizarse, estarían los candidatos que han escogido postularse por recolección de firmas.
En la democracia no importa tanto la cantidad de aspirantes, como si, la calidad de quienes pretenden hacerse elegir, porque a veces los programas y las propuestas que expresan no están acordes con las funciones asignadas por la Constitución y la ley a los cargos o las corporaciones donde intentan llegar, por no hablar de otros aspectos relacionados con la ética, la capacidad de su comprensión lectora, el sentido de pertenencia con las comunidades y el compromiso con el bien común o el interés general en la toma de decisiones propias del servicio público, una vez elegidos.
Para los ciudadanos elegir y los candidatos hacerse elegir a los cargos o curules de los cuales venimos hablando, es importante que conozcan las funciones político-administrativas que le corresponden, tanto a la Alcaldía y la Gobernación, asi como las de las corporaciones públicas de elección popular, en este caso, el concejo, la asamblea, las comunas y los corregimientos; también comprender las atribuciones del alcalde y del gobernador, como la competencia que le corresponde a los diputados, los concejales y los ediles, ( porque una cosa es la entidad administrativa como tal y otra el desempeño del cargo). Todo para identificar o caracterizar el papel a jugar por parte de los aspirantes en estos espacios del poder público y para que el elector al momento de pensar su voto seleccione la opción al menos con un mínimo de información.
Tanto las decisiones y pronunciamientos que realicen como candidatos o en el ejercicio de sus atribuciones en sus cargos o curules, deben llevar la impronta del interés general para el logro del bien común y la calidad de vida de la población, la promoción del desarrollo económico y social, y la gestión integral del territorio. En este contexto, lo que suceda o se proyecte en nuestras comarcas en materias como la inversión pública, la prestación de servicios públicos, el diseño y ejecución de obras públicas, el ordenamiento del territorio, la gestión del riesgo, la atención sobre el medio ambiente, la promoción de la participación ciudadana y comunitaria, el manejo de la movilidad y otras más que se encuentran explicitadas en nuestro ordenamiento jurídico, deberán pasar por la deliberación y la decisión de quienes pretenden asumir como futuros servidores públicos.
Asi pues, los ciudadanos debemos indagar sobre los saberes que ofrecen y los intereses que representan los candidatos, por aquello de que no se puede seguir eligiendo personajes carentes de la probidad, de la idoneidad y de la vocación por el servicio público, requisitos éticos para el buen desempeño de los asuntos de todos. Quienes en las corporaciones públicas representan determinado interés, ya sea ideológico, partidista, social, religioso, económico, deben al momento de ejercer el servicio público, tener la actitud ética y el conocimiento jurídico para deslindar el interés particular o gremial, del interés general; En materia de saberes, identificarlos y entender los que están basados en la experiencia, en la experticia, en el autoaprendizaje o los adquiridos producto de la formación académica y que todos estos se tornen imprescindibles como aporte para el buen suceso de los diferentes aspectos que pretenden administrar o gobernar.