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Años esperando llevan los habitantes de Milán para tener el reconocimiento y protección de derechos a un ambiente sano y a la seguridad por el exceso de ruido y actividades nocturnas de establecimientos entre el Batallón y coca-cola. Surge ahora una esperanza, el fallo de una acción popular, expedido el 30 de octubre por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito, que declaró responsable al Municipio de Manizales de vulnerar estos derechos colectivos y le ordenó ejecutar varias actividades para garantizar su cumplimiento.

El fallo es en primera instancia, que ya fue impugnado por la Alcaldía esta semana sustentando que está de acuerdo en realizar todas las actividades ordenadas por el Juzgado. Hay que dar un voto de confianza en ello, pero piden en el recurso de apelación ampliar los términos para ejecutarlas y eso puede resultar riesgoso porque se le abre espacio a los retrasos. El fallo otorga un mes para medir la intensidad auditiva en los establecimientos de comercio y establecer si cumplen los estándares máximos permitidos, lo que deberá hacerse en días y horarios de mayor afluencia de público (jueves, viernes y sábado de 9:30 p.m. a 1:00 a.m.).

Es sensato que pidan tiempo porque en un mes es imposible hacer una medición técnica a un poco más de 100 establecimientos, teniendo en cuenta que en cada uno se llevan una hora y alcanzarían a hacer solo tres por noche. Al mes siguiente deben inventariar los locales que no tienen insonorización y no cumplen la norma de ruido, e iniciarles procesos administrativos sancionatorios. La Administración sostiene que son labores que viene realizando con los comerciantes, y que incluso tiene abiertos varios de estos procesos. Se ajusta al deber ser del Municipio en su función pública, pero no puede caer en medidas dilatorias, como ha pasado con otros fallos de acciones populares que han quedado en el papel, manteniendo la vulneración de derechos y los problemas.

El trasfondo en Milán es que el Concejo le aprobó a la Alcaldía en la última revisión del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en el 2017 áreas de actividad mixtas, como quedó establecido para este corredor y otros en la ciudad, en las que convergen los usos residencial y comercial, y como uso complementario un grupo que reúne discotecas, bares, gastrobares, coctelerías, tabernas que generan impactos altos y por eso deben desarrollarse bajo determinadas condiciones normativas, que es lo que no se está cumpliendo y afecta a los habitantes. Se espera que en la revisión del POT que se avecina, se tengan en cuenta estas amargas experiencias de ciudad para establecer cambios en el Plan y reducir los impactos.

Respetando los tiempos y los criterios de la justicia, lo fundamental es que se resuelva lo más rápido el recurso de apelación de la Alcaldía a esta acción popular de Milán y se concedan los plazos pertinentes para empezar cuanto antes las actividades ordenadas, sin incurrir en excesos. No todos los comerciantes de Milán son infractores y eso también hay que decirlo. Pero si hay quienes han insonorizado los locales, respetan los horarios y las medidas de seguridad, ¿por qué razón algunos no lo hacen y pretenden seguir funcionando como si no fuera con ellos?