
No se da el nombre del condenado para evitar revictimizar a la afectada.
Obligar a la pareja a tener relaciones sexuales es un delito. Eso le quedó claro a un hombre, de 20 años, quien terminó condenado esta semana por acceso carnal violento y violencia intrafamiliar, mediante un preacuerdo. Su pena fue de 7 años.
El caso es de Neira, en junio del año pasado, cuando la víctima estaba en su casa, se duchó y se acostó. "La pareja, en estado de embriaguez, arribó a la propiedad se le hizo al lado y empezó a tocarla sin su consentimiento, diciéndole que 'podía hacerlo porque era lo suyo´. Empezó a quitarle la ropa y la accedió, pese a que ella le pidió que no lo hiciera, que se sentía violada", se narró en audiencia.
Posteriormente la agarró del cuello y le expresó que era de él o de nadie. Luego la amenazó con un cuchillo, la empujó, le pegó un puño en la espalda y le expresó que la mataría. Pese al llanto de la mujer, continuó con su actuar violento.
"Le afirmó que no le tenía miedo a la Policía, que la llamara. Le quitó el celular y lo tiró contra la pared".
Ellos estuvieron como pareja año y medio y en el momento de los hechos ajustaban un mes de separados. La decisión de condena se tomó con enfoque de género, pues la violencia venía de tiempo atrás, no la dejaba ni tener amigos.
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