Resultaría imperdonable no reseñar en este espacio la reciente decisión de la Corte Constitucional que le dio muerte al absurdo y odioso “monopolio del aguardiente”, según el cual los departamentos (léase ‘Gobernadores’) podían restringir la venta de otros aguardientes en su territorio.
En buena hora, y con el mejor de los criterios, los honorables magistrados de la Corte, en una decisión bastante apretada, lograron ponerse de acuerdo en que ese “monopolio” afectaba la libre competencia y la libertad de elección de los consumidores.
Y como “a todo señor todo honor”, lo primero que debe destacarse es la audaz decisión que en su momento tomó el gerente de la ILC, Andrés Elías Borrero, de demandar la ley que regulaba este ‘monopolio’ departamental, para lo cual conformó un equipo jurídico liderado por Pablo Felipe Robledo y acompañado por Julio Andrés Ossa y Jorge Enrique Sánchez, quienes con sobrados conocimientos y vasta experiencia en estos temas lograron construir los sólidos argumentos para convencer, nada más ni nada menos, que a la Corte Constitucional.
La argumentación de estos juristas fue impecable, puesto que no estaba en juego solamente la
posibilidad de tomarnos el aguardiente que “nos dé la gana” en cualquier lugar del país, sino que en el fondo lo que primaba era establecer los límites del Congreso colombiano a la hora de ponerle restricciones a la libertad de las personas, en un país en donde, supuestamente, la Constitución garantiza las libertades públicas en todo el territorio nacional.
Pero, además, y lo digo con todo respeto, también contaron con un poco de suerte, y con los “astros alineados”, toda vez que después de un empate en la votación de los magistrados, un conjuez dirimió la controversia en su favor, poniéndole así fin a un viejo debate que tanto ha dado de qué hablar desde hace 200 años.
Y ahora, ¿qué sigue? Realmente son muchas las posibilidades y oportunidades que se abren para la primera empresa de Caldas.
Seguramente el equipo directivo ya está dado a la tarea de diseñar un plan estratégico que le permita expandir el mercado del Aguardiente Amarillo de Manzanares y afrontar el reto de entrar con el producto a 15 departamentos donde se le prohibía la venta, con Cundinamarca y Antioquia a la cabeza. Los ingresos de la ILC crecerán sustancialmente y, consigo, las rentas que deriva el departamento de Caldas de ellos.
Este es un momento emocionante para la ILC, que deberá aprovecharse al máximo para continuar con la senda de crecimiento y prosperidad en el mercado nacional y más allá de las fronteras, en el exterior, donde nuestros connacionales disfrutan con total cariño este aguardiente. ¡Buena esa!
El reciente fallo de la Corte marca un hito trascendental para la industria del aguardiente en Colombia y especialmente para la Industria Licorera de Caldas.
El Aguardiente Amarillo de Manzanares es un producto que cumple con tres condiciones muy difíciles de combinar: gusta en todos los estratos, lo beben todas las edades y se disfruta en todas las ocasiones. Definitivamente, ¡una oportunidad de oro… amarillo!
